UNA NUEVA ARTIMAÑA DE LA CUPULA CORRUPTA PARA ENTORPECER EL AVANZAR DE LA JUSTICIA.

INTRODUCCION PARA NUESTROS LECTORES.

Como gran parte de nuestros lectores saben, el caso de la estafa de las licencias falsas llevada adelante por miembros de la Iglesia Evangélica Pentecostal en contra de gran parte de su hermandad provocó en su momento que las autoridades metropolitanas del Ministerio de Educación oficiaran al Ministerio Público para que este iniciara una investigación criminal para determinar a los responsables de este gran fraude, dicha causa la esta instruyendo la Fiscalía Local de Colina como todos ya sabemos.

LA ARTIMAÑA DE ENTORPECIMIENTO.

Ahora bien, en dicha investigación, una de las numerosas víctimas del proceso fraudulento, doña Damaris Villalobos Salgado, amparada en su derecho consagrado en el artículo 109 letra b del código Procesal Penal (a presentar querella criminal si lo estima necesario) interpuso la respectiva querella en contra de los que resulten responsables del delito (obviamente miembros de la IEP). Esta querellante se interpuso patrocinada por los abogados Ulises Moya N. y Mariano A. Casera.
No obstante lo referido, la semana recién pasada, la querellante le revocó y dejó sin efecto el poder a estos dignos abogados, sin indicar ninguna causa alguna para proceder de dicha manera, sin embargo, lo que más llama la atención de esta decisión (légitima por lo demás en circunstancias normales) es que la misma querellante procedió en el acto a designar como su nuevo abogado patrocinante en la causa por las licencias falsas a don Daniel Pradenas Palma, quien a su vez, es abogado en esta misma causa del Representante Legal de la Iglesia Evangélica Pentecostal Eduardo Valencia Martínez y del imputado Luis Vergara Torres.
Para fines prácticos esto traerá consigo que el abogado de la cúpula de la IEP tendría derecho a tomar conocimiento de la investigación reservada del Fiscal, e incluso podrá en cualquier momento desistirse o simplemente abandonar de la querella (sin comentarios).

Ante los hechos descritos, los antiguos abogados de la querellante solicitaron al Juzgado de Garantía competente conforme al artículo 6 del código Procesal Penal una audiencia para velar por la protección de la víctima, debido a que el abogado Pradenas, revestía a su vez la calidad de abogado de las personas ya referidas. Es por esta razón que la Magistrado Alejandra
Aguilar Muñoz, Juez de Garantía de Colina, en la causa RIT: N° 87 del año 2008, al tomar conocimiento de estos graves hechos, resolvió inmediatamente denunciarlos al Ministerior Público, para que este por medio de un Fiscal investigue la comisión de un posible ilícito, a saber, el establecido en el artículo 232 del Código Penal, llamado el delito de “prevaricación de los abogados” que establece:

“El abogado que, teniendo la defensa actual de un pleito, patrocinare a la vez a la parte contraria en el mismo negocio, sufrirá las penas de inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la profesión y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales”.

Esto se indica expresamente en la resolución referida dictada por el Juzgado de Garantía con fecha 27 de agosto del año 2008. Con lo anterior, se ha iniciado una investigación para formalizar a quienes corresponda.

CONCLUSIONES RESPECTO DE LA CUPULA.

Es el Fiscal quien deberá investigar la irregular situación referida, y determinar las responsabilidades no solo por la posible prevaricación cometida, sino porque se hace cada vez más patente que existe UNA ORQUESTADA campaña de obstrucción a la justicia, que nos demuestran que la segunda circular del Superintendente ha sido un fiasco más, una mentira más y que lo único que se busca es que la investigación del Ministerio Público NO DETERMINE LAS CULPABILIDADES de los responsables de un hecho que ya se ha determinado como típico y antijurídico por donde se le mire.

Para reflexionar nos quedaran las siguientes situaciones;
1º Cuales fueron las verdaderas motivaciones que llevaron a la querellante a otorgarle patrocinio y poder al abogado de la otra parte, al abogado de la cúpula corrupta.

2º Que pretende hacer el abogado de la cúpula, y que pretende hacer la misma cúpula ahora que su abogado tiene las riendas propias y la de los que los acusaban previamente.

3º El Superintendente ampara esta situación, no hace nada frente al gran fraude que afecto a su propia hermandad, dicta circulares mentirosas, y ampara estos artilugios MAFIOSOS, en vez de DEVOLVER LOS DINEROS, PEDIR DISCULPAS PUBLICAS A LOS AFECTADOS, Y DE UNA VEZ POR TODA RENUNCIAR A SU CARGO.
4º Los pastores hasta cuando siguen tolerando esta situación, los pastores que recibieron licencias falsas deberían querellarse contra los que resulten responsables, y el Presbiterio debería respaldarlos, pues si respalda a los que cometieron el fraude, no tendría autoridad moral para sancionar a los que quieren que todo se aclare y se haga justicia.

Etimológicamente la prevaricación deriva del verbo latino prevaricare que quiere decir desviarse del camino recto, CON ESTOS ACTOS SOLO SE ESTA PROVOCANDOQUE TODA UNA IGLESIA POR CULPA DE UNOS POCOS, SE DESVIE DEL CAMINO RECTO, SE TRANFORME EN UNA IGLESIA PREVARICADORA.

EDITORES IEPCORRUPTA.

NUEVA CIRCULAR DEL SUPERINTENDENTE SE RETRACTA DE LA CAMPAÑA DE OBSTRUCCION A LA JUSTICIA (la retractación es una mentira mas de la cúpula).



(para una mejor comprensión del contenido de esta circular por favor leer la circular del Superintendente al pastorado de fecha 6 de junio de 2008, publicado en esta página en el artículo inmediatamente anterior a este).
NUEVAS NOTICIAS DE LOS RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN CRIMINAL LLEVADA ADELANTE POR LA FISCALIA DE COLINA POR EL BULLADO CASO DE LAS LICENCIAS FALSAS.
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Es de público conocimiento que a través de todo el país, y por orden del Fiscal instructor de la investigación del fraude de las licencias falsas cometidos por miembros de la Iglesia Evangélica Pentecostal, se esta citando a numerosos pastores de nuestra iglesia a concurrir a los cuarteles de la Policía deInvestigaciones de Chile a declarar de todo lo referido a este escandaloso fraude.
Numerosos son los pastores que no comprenden como nuestras propias autoridades pudieron cometer este fraude solo por amor al dinero y como pueden seguir en sus puestos sometiendo a este escarnio a toda la iglesia, y otros que tratan de justificar lo que ante toda la evidencia reunida es injustificable. Pero lo importante hoy, es que concurran y HABLEN VERDAD.
La desición de nuestros altos dirigentes (El Superintendente y el Cuerpo de Presbíteros) reunidos en sesión extraordinaria el día 3 de enero del año 2008 en la Iglesia de la Cisterna, fue, "DEJEMOS TODO EN MANOS DE LA JUSTICIA".
Entonces, como hombres de Dios y de palabra que son todos los pastores y cristianos, por favor NO ENCUBRAN NADA, NI MIENTAN, NO PRETENDAN OBSTRUIR NADA, piensen en Dios y su Santa Palabra, piensen en los hermanos estafados, piensen en lo que sus propias altas autoridades acordaron. Sean obedientes a todo esto y COOPEREN CON LA INVESTIGACION DEL FISCAL.
Seguiremos informando.
EDITORES IEPCORRUPTA.
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RESEÑA Y CONCLUSIONES DE LOS ESTUDIOS BÍBLICOS CELEBRADOS EN LA IGLESIA DE VICTORIA.
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El Estudio Bíblico recién pasado, celebrado en la Iglesia de Victoria nos deja una serie de cuestiones que son dignas de analizar, veamos en particular cada una de estas cuestiones a tener presente;
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1º El doble discurso del Superintendente respecto de lo manifestado en la segunda circular:
Sobre este punto, nos llamó la atención el hecho de que nosotros pensamos que la segunda circular del 27 de junio del presente año 2008, era un giro destacable de nuestra "autoridad máxima" hacia abrir a la iglesia a la investigación que esta siendo instruida por el Ministerio Público en razón del fraude de las licencias medias ya conocidos por todos.
Pero nos hemos enterado por boca de numerosos pastores diáconos, que dicha carta no les llegó nunca, y que más aún la única forma de enterarse del contenido de la misma fue a través de la lectura de esta página de Internet. A muchos pastores diáconos y hermanos oficiales también les llamó la atención de que estas circulares no fuesen difundidas por el que se supone es el órgano oficial de la Iglesia, como es la Revista "Fuego de Pentecostés".
Ahora bien, la RESTRICTIVA DIFUSIÓN de esta circular se suma al hecho, de que en los mismos Estudios Bíblicos, EN NINGÚN MOMENTO se hizo un llamado a cooperar con la justicia en el caso de las licencias falsas, y en los avisos públicos brilló por su ausencia cualquier iniciativa de una decisión que se suponía emanada de LA MÁXIMA AUTORIDAD DE LA IGLESIA!!!.
Todo lo anterior, nos hace concluir, que en el fondo la segunda circular, solo fue emitida como una cortina de humo para tranquilizar al Fiscal en cuanto a la clara campaña de obstrucción a la justicia promovida por medio de la primera circular.
El actuar con dobleces, con ladina astucia, es una prueba más de que el actual sistema corrupto se sustenta por las personas que actualmente ejercen el poder máximo de la iglesia, especial, esto es, el Pastor Valencia, o los que manden realmente detrás de él.
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2º La permanente actitud pasiva del Cuerpo de Presbíteros:
El otro punto en cuestión, es la cada vez mas evidente pasividad del Cuerpo de Presbíteros frente a una situación de crisis profunda de la iglesia. Esta "noble" asamblea, que esta llamada según nuestros estatutos a ejercer "la máxima autoridad" junto al Superintendente, no es capaz de despertar de su sopor. Las razones de este letargo obedece a muchos factores, sean mezquinos deseos de no colocar en peligro su carrera eclesiástica, o una mal entendida doctrina de la autoridad debida. La historia y Dios juzgará al Cuerpo de Presbíteros por este actitud omisiva, por no hacer nada por la hermandad, que fue abusada por unas pocas personas, bien determinadas, pero que tanto mal a traído a la totalidad de la iglesia.
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DIOS NOS BENDIGA.
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EDITORES IEPCORRUPTA.
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EL SUPERINTENDENTE SE RETRACTA DE SU CAMPAÑA DE ENTORPECIMIENTO Y OBSTRUCCIÓN A LA JUSTICIA, Y ORDENA DECLARAR Y APORTAR TODOS LOS ANTECEDENTES NECESARIOS AL ESCLARECIMIENTO DEL FRAUDE DE LICENCIAS FALSAS, A TODOS LOS PASTORES DE LA IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL.



Como pudimos apreciar, hace algunos días, en el marco de la investigación de los delitos cometidos en razón de la entrega de licencias de enseña media falsas, promovida por pastores miembros de la Iglesia Evangélica Pentecostal, la Fiscalía Local de Colina a cargo la referida investigación, y en uso de sus facultades, procedió a citar a una gran cantidad de pastores a declarar ante la Policía de Investigaciones, en calidad de testigos de los hechos, con el único fin de aportar antecedentes para el esclarecimiento de los ilícitos que afectó a gran parte de nuestra hermandad.
Sin embargo, lamentablemente, frente a esta diligencia decretada por el Fiscal, el Superintendente de nuestra Iglesia (no sabemos si de muto propio o por consejo de otro pastor o de otra persona profesional o no) por Circular de fecha 6 de junio de 2008, ordenó a los pastores que al recibir la referida citación, inmediatamente debían comunicarse con el Jefe de la Comisión de Disciplina don Daniel Sepúlveda G., y posteriormente el citado debía ser acompañado por un abogado (no sabemos si el de la iglesia o el personal del Pastor Valencia) a declarar, todo esto, -según lo señalado en dicha circular- con el objeto en el fondo de preparar a los testigos en cuanto a la "verdad" que debían relatar.

Sin embargo, esta actitud tan criticada no solo por nosotros, sino por gran parte de la hermandad de la iglesia y del mismo pastorado ha sido rectificada por el Superintendente Valencia, con fecha 27 de junio de 2008, puesto que el Pastor Valencia ha procedido a envió una nueva circular a todo el pastorado del país en la cual -como siempre debió haber sido- ORDENA A TODO PASTOR DE LA IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL QUE SEA CITADO POR LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA, EL MINISTERIO PUBLICO O LA POLICÍA, A COMPARECER ANTE DICHAS AUTORIDADES Y A APORTAR TODOS LOS ANTECEDENTES QUE SEAN NECESARIOS PARA EL ÉXITO DE LA INVESTIGACIÓN DE LOS DELITOS COMETIDOS EN RAZÓN DEL FRAUDE DE LAS LICENCIAS DE ENSEÑANZA MEDIA.

En la página del poder judicial (www.poderjudicial.cl RIT 87-2008) consta la comparecencia de don Eduardo Valencia Martìnez durante esa semana al Juzgado de Garantía de Colina y probablemente tuvo que comparecer a la Fiscalía de Colina.

Como se puede apreciar, la segunda Circular, no tiene el carácter de aclaratoria de la primera Circular (ya que la primera estaba bastante clara en cuanto a sus fines obstructivos de la investigación), sino que más bien es RECTIFICATORIA Y DEJA SIN EFECTO LA CIRCULAR ANTERIOR, toda vez, que la nueva circular lo que en los hechos hace es, dar una nueva orden al pastorado de la iglesia, que consiste en que los pastores de la IEP, deben mantener una actitud de cooperación y de puertas abiertas de la iglesia, ante el Fiscal y todo órgano de la justicia que este trabando en la investigación de los ilícitos cometidos en razón del fraude de las licencias falsas, y aportar todos los antecedentes necesarios para el esclarecimiento de dichos hechos.

Esto último, es la clara voluntad manifestada por el superintendente Valencia en la circular que hoy publicamos, y creemos que es la decisión correcta que se debería haber tomado desde que se supo que existía un fraude cometido por algunos miembros de la iglesia en contra de parte de la hermandad. Adherimos completamente a lo manifestado por el Superintendente Valencia en la nueva carta circular, y apoyamos completamente este gesto en pro de la justicia. No nos interesa si el Superintendente actuó de esta manera porque así lo deseo en su fuero interno ante tanta injusticia, o si lo hizo porque las autoridades a cargo de la investigación así se lo ordenaron, solo nos interesa que este sea el primer paso hacia una actitud en favor de la justicia que desde hace bastante tiempo se les debe por parte de nuestras superiores de nuestra iglesia a tanta gente estafada y defraudada por ciertas personas inescrupulosas que provocaron todo este mal.
Desde ahora, esperamos que la justicia siga actuando, que se determinen a los responsables, que los pastores citados a declarar ante los órganos de justicia concurran a declarar con toda libertad y verdad, y aporten todos los antecedentes que estén en su conocimiento, por cuanto como ciudadanos están sujetos a los tribunales de justicia, conforme a Romanos Capítulo 13 del versículo 1 al 5.
Además junto a lo anterior esperamos dos grandes gestos que aún se deben hacer;
1º Petición pública de perdón de parte de las autoridades superiores de la iglesia a todo hermano pastor o tercero, que haya sido afectado por el fraudulento proceso de entrega de licencias falsas. El cual se debe hacer por el Fuego y por medio de difusión pública si fuese posible.
2º Devolución de los dineros percibidos en razón del fraude, a toda víctima del engaño, HASTA EL ULTIMO PESO. (sabemos que se ha devuelto en algunos lugares, pero sabemos que no se ha devuelto todo, mientras quede un solo peso en las arcas de la iglesia, obtenidos del fraude, no existirá real justicia ante Dios, ni ante los hombres).
En los Estudios Bíblicos, el tema DEBE SER ABORDADO en forma RESPONSABLE, y evitar una nueva campaña de silencio y olvido, tal cual fue promovida en a últimas Conferencias.
La Iglesia aún puede limpiar su nombre, con la ayuda de Dios, si comenzamos a actuar con justicia, tal cual se puede apreciar, en la actitud demostrada en la última circular, ojala que de tras de esta actitud, se pueda alinear TODO EL PASTORADO DE LA IGLESIA.
Un PASTORADO QUE AMA LA JUSTICIA Y LA VERDAD, es lo que todos esperamos estas Conferencias. Porque recordemos que sin verdad, ni confesión de pecado, es imposible que exista misericordia y perdón.
DIOS NOS BENDIGA.
EDITORES IEPCORRUPTA.

¡NOTICIA URGENTE!: DESESPERADA CAMAPAÑA PROMOVIDA POR LA CUPULA DE LA IGLESIA QUE TIENE POR FIN OCULTAR PRUEBAS ,ENTORPECER Y OBSTRUIR A LA JUSTICIA.




LA ILEGAL CARTA ENVIADA A TODO EL PASTORADO POR EL SUPERINTENDENTE.

Como es de conocimiento público -aunque algunos quieran obviarlo-, existe desde hace bastantes meses, un investigación llevada adelante por la Fiscalía Local de Colina, en razón del gran fraude que significó el proceso de entrega de licencias medias que tuvo por vícitimas a gran parte de miembros de nuestra hermandad, a pastores e inclusive a gente exterior a nuestra iglesia.
Dentro del marco de esta investigación, el fiscal de la causa, haciendo uso de sus facultades legales, y en virtud de la función del Ministerior Público, de investigar los hechos constitutivos de delitos, ha ordenado la citación a declarar, como testigos de los hechos, a una gran cantidad de pastores de la Iglesia Evangélica Pentecostal, con el único fin de que estos aporten antecedentes que sirvan para el esclarecimiento de la verdad de los hechos rlacionados con el proceso de entrega de licencias falsas.
Ahora bien, el Pastor Presbítero Superintendente, Eduardo Valencia Martínez, emitió la circular que encabeza el presente artículo, no obstante que el día 3 de enero del presente año 2008, en reunión solemen en la Iglesia de la Cisterna, él, junto al Cuerpo de Presbíteros, prefirieron guardar silencio y no hacer nada, frente a la denuncia que se le presentaron sobre las patentes irregularidades cometidas en el proceso de entrega de licencias medias patrocinado por la cúpula de nuestra iglesia, dejando la resolución de dichas denuncias, y de los hechos referidos al las autoridades competentes, entiéndase, el Ministerio de Educación y el Ministerio Público a través de la Fiscalía Local de Colina, y los Tribunales de Justicia en lo penal (ver Revista Fuego Enero 2008 en la cual se hace un comunicado a la hermandad sobre dicha desición).

Ahora bien, cuando durante estos últimos días, comenzaron a llegar citaciones a prestar testimonio ante el Ministero Público, a varios pastores de nuestra iglesia, por parte de la Fiscalía de Colina, el Superintendente Eduardo Valencia Martínez, (en un acto consideramos, que tiene el único fin de entorpecer, y obstruir a la justicia y al órgano investigador referido -al cual el mismo encargo junto a sus cercanos la aclaración de los hechos denunciados-) procedió a enviar al pastorado en general, la "Circular" (que publicamos mas arriba).

La referida circular -de pésima redacción hay que decirlo-, manifiesta una forma de proceder reprochable, y no propia de una institución que se dice a sí misma ser una iglesia cristiana evangélica, y que tiene un claro fin obstructor de la justicia.

Analicemos algunas de las partes de la referida Circular;

Parte diciendo, "que ante problemas judiciales que han afectado a nuestra iglesia"

COMENTARIO: Los problemas referidos, no han afectado a la iglesia, sino que a miles de víctimas que fueron estafadas por medio de un proceso fraudulento que tuvo claros fines lucrativos ilegales. Y los responsables de dicho fraude (o "problemas" en el lenguage eufemísmico del redactor de la circular) no ha sido la "Iglesia", sino que determinadas personas naturales, que fueron en definitiva quienes idearon dicho fraude y lo ejecutaron a través de todo Chile.

Luego agrega, "que para establecer la falsedad de los hechos imputados, nos hemos visto en la obligación de contratar con los servicios de un Estudio Jurídico".

COMENTARIO: Esta afirmación es de suma gravedad, y debería llamar al escándalo a todos los miembros de nuestra iglesia;

Primero: porque la autoridad máxima de la I.E.P., en forma unilateral, establece la falsedad de los hechos, sobre los cuales, el mismo Cuerpo de Presbíteros -en la sesión de La Cisterna antes aludida- encargó su esclarecimiento a los órganos correspondientes de la justicia (entiéndase al Ministerio Público). Lo que configura una falta total de respeto a la palabra empeñada, y a las desiciones del Cuerpo de Presbíteros, autoridad máxima de la Iglesia conforme al ya tan mentado artículo 20 de los estatutos.

Segundo: Porque el Superintendente no le preocupa el esclarecimiento de un fraude que afectó a miles de hermanos perteneciente a la congregación "de su iglesia", sino que todo lo contrario, contrata un estudio jurídico, CON DINEROS DE LA IGLESIA, para evitar que la hermandad víctima de un delito provocado por personas determinadas (ojo, no por la institución como tal) quede impune.
En ningún momento, le interesa su hermandad estafada, solo le interesa la impunidad de unos pocos que provocaron tamaño fraude.
La iglesia no se puede prestar a financiar una defensa que no le corresponde hacer, la iglesia solo debe aportar antecedentes "fidedignos" para el mejor esclarecimiento de los hechos, y por ende, las personas que se sientan imputadas o responsables de los delitos cometidos a través del proceso fraudulento de entrega de licencias medias se defiendan por sus propios medios, y en su légitimo derecho de defensa, contrate los servicios de un abogado particular o de la defensoría penal pública o licitada, pero que no salgan de las ARCAS de la iglesia los dineros para pagar los honorarios de su defensa, pues estos sería una burla a HERMANOS que aportan con sus diezmos y ofrendas con el UNICO fin de hacer avanzar la obra de envangelización (sin contar que los mismos hermanos estafados diezman a la iglesia lo que torna mas grave la situación), y que por ende NO DEBEN ser utilizados en un fin que a todas luces, no corresponde. Debe recordarse que a lo mas son de 3 a 4 personas los responsables del gan fraude, y que en su momento serán formalizados, no más.

La circular continúa diciendo; "al recibir una citación para presentarse ante la Fiscalía, deben comunicarse inmediatamente con la Superintendencia y con el Jefe de Disciplina don Daniel Sepúlveda G.", quien los pondría en contacto con el asesor jurídico contratado por ellos... (seguir hasta el final del párrafo)".

COMENTARIO: He aquí una de las partes de los mas oscuros propósitos de la circular comentada, pues revela la intención de alinear en un solo FALSO TESTIMONIO a todo el pastorado y la hermandad. Porque la circular en forma implícita amenaza por medio de la remisión al Jefe de la comisión de Disciplina (que debería investigar las denuncias de las irregularidadas que afectó a hermanos de la iglesia), con el claro fin de sancionar a aquellos pastores y membresía, que conforme a su conciencia, vayan y se presenten ante la Fiscalía a declarar.

El parrafo penúltimo de la circular, manifiesta que los citados, se deben comunicar con las personas antes citadas "para evitar contradicicones, incoherencias o desconcocimientos de la materia, que pueda causar un perjuicio a amados pastores..."

COMENTARIO: Esta parte de la carta devela el málevolo fin obstructor de la justicia. Pues lo que busca en el fondo es preparar un libreto sobre la base del cual declare la gente que decida asistir a la fiscalía.
Se debe hacer presente, que el Ministerio Público, es el único órgano encargado exclusivamente de la investigación de los hechos constitutivos de delito (ver Código Procesal Penal art. 3), por lo que es, este órgano, quien a la larga DEBE DECIDIR sobre la pertinencia, y coherencia de los testimonios rendidos.

Por lo demás la fiscalía cita a los pastores de las iglesias, no para dar su testimonio como peritos expertos en materias de educación o para que digan si jurídicamente consideran si hubo o no fraude, sino que aporten hechos tan precisos y claros, somo si se cobró dinero por las licencias, si se rendieron las pruebas ante profesores autorizados para tomarlas, o si se entregó licencias sin tomar prueba alguna, o si se tomaron, quienes las tomó, y cuestiones siplemente de hecho, nunca de Derecho.


La cúpula busca entorpecer la investigación, no busca aclarar los hechos, no busca la justicia, sino la vergonzosa impunidad, en desmedro de su propia hermandad víctima del fraude.

Por último, el párrafo final, y como guinda de la torta, las erróneas razones jurídicas en las cuales se pretende fundamentar la circualar (y que demuestran una total falta de conocimiento del Derecho vigente), que cita expresamente "el artículo cuarto y 98 del Código Procesal Penal"



COMENTARIO: El 98 citado, NO TIENE NADA QUE VER, con la citación hecha a los pastores a declarar a la Fiscalía. Pues la citada norma, se refiere a la declaración del imputado como medio de defensa (es decir una persona formalizada por sus posibles responsabilidades en un delito).

Los pastores citados, NO ESTAN SIENDO CICTADOS COMO IMPUTADOS, sino en su calidad de testigo de los hechos, a los responsables de los hechos se les citará previa formalizaciónen en su momento, dentro de la etapa judicializada de la presente investigación, y conforme a las normas establecidas en el artículo referido y a las establecidas en el artículo 326 del Código Procesal Penal.

Por tanto, esténse tranquilos los citados, ustedes no estan imputados ni acusados de nada, solo se les cita para declarar "CON LA VERDAD" los hechos que ustedes y todos conocemos.


CONCLUSIONES.

Esta campaña por entorpecer a la investigación y obstruir a la justicia ES VERGONZOSA, e inaceptable. Frente a estos graves hechos, por conciencia cristiana, apelando a su discernimiento espiritual, por los altos valores de la Sana Doctrina establecidos en la Palabra de Dios, acorazados con la verdad, sobre la base de nuestros deberes como ciudadanos, se debe aportar a la investigación de un hecho fraudulento, volvemos a repetir, CON LA VERDAD (sin quitar ni agregar nada).

La citación hecha por la fiscalía a varios pastores de la iglesia es personal, y cada pastor que fue citado, por imperativo cristiano y como hombres que pretenden obrar con justicia, debe concurrir a declarar CON LA VERDAD. La Iglesia no tiene atribuciones y no está autorizada para interferir en estas diligencias decretadas por el órgano público encargado de investigar los hechos constitutivos de delitos.

Repetimos y hacemos enfáis, en caso que Ud. sea notificado para concurrir ante cualquier institución perteneciente al ámbito de la Justicia, es un deber presentarse, y prestar su declaración sin torcer la verdad de los hechos.

Recuerde que su declaración, Y TODOS SUS ACTOS quedarán sellados para siempre en los libros del Tribunales de justicia DIVINO, allí quedará revelado si ud. es un verdadero cristiano y si tuerce la verdad, quedará el testimonio de un falso cristiano tanto en el cielo como aquí en la tierra.

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Para terminar, hacemos la recomendación que hicimos hace algún tiempo en un estudio jurídico que hicimos sobre el tema, respecto de los Ilícitos que es recomendable que no induzcan a cometer los pastores de la Cúpula dirigiente a otras personas.

Dijimos en dicha oportunidad algo, que hoy vemos no se tomo en cuenta, pues manifestamos:

"Es recomendable que la Cúpula de la Iglesia no proceda a dar ordenes a los pastores (sobre todos subalternos) y a la hermandad en el sentido de que se oculten pruebas, no se coopere como testigo, o cualquier medida que tenga por fin entorpecer la investigación del Ministerio Público a través de la Fiscalía Local de Colina, puesto que de obrar así se estaría induciendo a cometer los siguientes delitos:


1º "Encubrimiento (o favorecimiento real del delito)", del artículo 17 del Código Penal nº 1 y 2 que rezan;
Art. 17 Son encubridores los que con conocimiento de la perpetración de un crimen o de un simple delito o de los actos ejecutados para llevarlo a cabo, sin haber tenido participación en él como autores ni como cómplices, intervienen, con posterioridad a su ejecución, de alguno de los modos siguientes:1° Aprovechándose por sí mismos o facilitando a los delincuentes medios para que se aprovechen de los efectos del crimen o simple delito.
2° Ocultando o inutilizando el cuerpo, los efectos o instrumentos del crimen o simple delito para impedir su descubrimiento.

Y SOBRE TODO LA COMISION DEL DELITO DE;

2º "Obstrucción a la justicia", del artículo 269 bis del Código Penal que reza en lo pertinente;
Artículo 269 bis: El que, a sabiendas, obstaculice gravemente el esclarecimiento de un hecho punible o la determinación de sus responsables, mediante la aportación de antecedentes falsos que condujeren al Ministerio Público a realizar u omitir actuaciones de la investigación, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de dos a doce unidades tributarias mensuales.La pena prevista en el inciso precedente se aumentará en un grado si los antecedentes falsos aportados condujeren al Ministerio Público a solicitar medidas cautelares o a deducir una acusación infundada.El abogado que incurriere en las conductas descritas en los incisos anteriores será castigado, además, con la pena de suspensión de profesión titular durante el tiempo de la condena.

3º "Perjurio o falso testimonio", de los artículos 206 y 212 del Código Penal que rezan;
Artículo 206.- El testigo, perito o intérprete que ante un tribunal faltare a la verdad en su declaración, informe o traducción, será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales, si se tratare de proceso civil o por falta, y con presidio menor en su grado medio a máximo y multa de veinte a treinta unidades tributarias mensuales, si se tratare de proceso penal por crimen o simple delito (hasta 5 años de cárcel).Artículo 212.- El que fuera de los casos previstos en los artículos precedentes faltare a la verdad en declaración prestada bajo juramento o promesa exigida por ley, será castigado con la pena de prisión en cualquiera de sus grados o multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales.

Parece que esto ultimo ya se olvido, así como también se olvido los tiernos consejos del FUEGO de hace algunos meses dados, por la misma persona que firma la presente circular, y que hace una demostración pública de ser una persona que nos es de una sola línea, sino que actua con dobleces, pues como se explica que en Fuego diga...

..."Si nosostros cometemos injusticia, la Iglesia perdera su confianza en nosotros". "Muchas veces la congregación está desalentada, y esto es porque no somos ejemplo"."Debemos examinarnos a nosostros mismos, donde esta nuestra falencia". "Dios nos haga ser sabios, para actuar delante de la congregación"."Honremos el ministerio, porque un día tendremos que dar cuenta -de él-, delante de Dios"...

Y ahora salga con esta circular.
DIOS NOS BENDIGA.

EDITORES IEPCORRUPTA.

LA ILEGAL FORMA ESTABLECIDA POR NUESTROS ESTATUTOS PARA ELEGIR AL SUPERINTENDENTE DE LA IGLESIA.

EL TESTAMENTO NO ES UNA FORMA VALIDA PARA DESIGNAR AL PRÓXIMO SUPERINTENDENTE.
(El presente artículo fue confeccionado originalmente por un hermano Abogado colaborador nuestro, y ampliado por miembros de nuestro Grupo Editorial).
El art. 21 de los Estatutos actuales de nuestra iglesia establecen la forma de nombrar a un nuevo Superintendente en el caso de que el anterior muera en el cargo, bajo la siguiente formula:

ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO. El cargo de Superintendente será vitalicio y, en caso de vacancia, será ungido como tal el pastor presbítero a quien el Superintendente en funciones designe como sucesor, por testamento cerrado. En dicho instrumento podrá nombrar uno o más reemplazantes, para el caso de que el presbítero designado no pueda o no quiera asumir el cargo.
El pastor presbítero designado para ejercer el cargo de Superintendente no podrá estar sujeto a medida disciplinaria alguna, de conformidad a los artículos décimo tercero y décimo cuarto.
Sí el Superintendente no designa "en vida" su sucesor, éste será nominado en sesión extraordinaria del Cuerpo de Presbíteros, dentro de los diez días siguientes de producida la vacancia del cargo.
En esta reunión cada asistente votará, en secreto, por un solo pastor presbítero, proclamándose elegido Superintendente al que en una misma y única votación resulte con una mayor número de votos. La sesión extraordinaria del cuerpo de presbíteros deberá celebrarse con la presencia de un Notario, quien certificará el cumplimiento de todos los requisitos y formalidades necesarios para proceder a la elección y levantará acta de todo lo obrado.

Es necesario, antes de hacer una crítica jurídica a dicho artículo, que la norma citada, establece el testamento como forma de nombramiento SOLO ante el hecho de la muerte del Superintendente en ejercicio, puesto que el testamento es un acto jurídico "mortis causa", esto es, que solo surte sus efectos una vez fallecido la persona que lo otorga, lo que nos trae como lógica conclusión, que el testamento cerrado, NO PUEDE ser utilizado por el actual Superintendente para nombrar a un sucesor EN VIDA, puesto que si en vida quiere dejar su cargo, necesariamente debe hacer dejación de su cargo, en el órgano que es la máxima autoridad de la Iglesia conforme al artículo 20 de los estatutos, esto es, el Cuerpo de Presbíteros de la Iglesia.

Despejado lo anterior, analicemos la legalidad del citado artículo 21, desde dos puntos de vista;
1º La idoneidad del Testamento para nombrar a la máxima autoridad de la Iglesia (en cuanto al fondo, y en cuanto a la forma).

2º La naturaleza jurídica del cargo ejercido por el Superintendente, y la posibilidad de nombrar sucesor mas allá de sus días (consideraciones éticas y jurídicas).


Veamos el primero de dichos puntos:

1º La idoneidad del Testamento para nombrar a la máxima autoridad de la Iglesia (en cuanto al fondo, y en cuanto a la forma).
En cuanto al fondo, el testamento por expresa disposición legal esta definido en el artículo 999 del código Civil como;
“El testamento en un acto mas o menos solemne, en que una persona dispone del todo o de una parte de sus bienes para que tenga pleno efecto después de sus días, conservando la facultad de revocar las disposiciones contenidas en el mientras viva”.

De una lectura simple del artículo en comento se puede concluir, que el testamento, por expresa disposición del la ley, es un instrumento establecido por el Derecho, para disponer de los bienes, del patrimonio del cual uno es titular, pero en ningún momento es un medio válido para hacer nombramientos de sucesión en un cargo de una personalidad jurídica de Derecho Público, como lo es nuestra iglesia, a menos que pretendiéramos afirmar la insustentable afirmación, de que el Superintendente sería el “dueño” (en sentido patrimonial) de la iglesia.

Algunos detractores de lo expuestos, podrían afirmar que el testamento, es un medio idóneo para hacer declaraciones, junto a las disposición de bienes que se haga en el mismo, a lo cual, se le puede responder, que si bien es cierto nuestra ley permite lo anterior, solo lo permite en casos expresamente señalados, y que se refieren en la mayoría de los casos a cuestiones propias del Derecho de Familia, como el reconocimiento de un hijo (art. 187 Código Civil), designación de un tutor a un hijo o un curador a menor sin padres (art. 353 Código Civil), y otros nombramientos accesorios a las disposiciones patrimoniales que se hace de los propios bienes como; el nombramiento de un partidor, o un albacea testamentario (art. 1324 1227 -respectivamente- del Código Civil).
Concluimos entonces, que el testamento cerrado, no es un medio idóneo jurídicamente hablando, para proceder a nombrar a un futuro Superintendente de la iglesia, o lo que es lo mismo, a una alta autoridad de una Corporación de Derecho Público, toda vez que dicho instrumento, no ha sido establecido por la ley para ser utilizado de dicha manera, por lo que creemos, que malamente, podría solicitarse su ejecución judicial dicho nombramiento, debiéndose urgentemente reformar el artículo 21 de nuestros estatutos por ser el mismo ineficiente conforme a Derecho.

Dejando claro el fondo de la cuestión, y haciendo un analísis en cuanto a la forma, la pretensión de ejecutar un testamento cerrado, que pretenda nombrar a un futuro Superintendente de la forma establecida en el artículo 21 de nuestros estatutos, creemos nosotros que puede ser impugnado ante los Tribunales de justicia por cualquier persona, y con mayor razón, por cualquier miembro de la iglesia, pues adolecería de nulidad absoluta, o por los herederos forzosos del Superintendente, que reclamen que el cargo de Superintendente esta dentro de su legítima.(esto último es una broma claro está, pero que se hace realidad dentro de la “ilógica” regulación de nuestros actuales estatutos).


2º La naturaleza jurídica del cargo ejercido por el Superintendente, y la imposibilidad de nombrar sucesor mas allá de sus días (consideraciones jurídicas y éticas).

Otra consideración de suma importancia a tener en cuenta, es la que el autor principal de este artículo, nos hace en cuanto a la naturaleza jurídica del cargo de Superintendente, conforme al artículo 41 de los estatutos que establecen:

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO PRIMERO. Corresponde especialmente al Superintendente: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; b) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de las Asambleas Generales o del Directorio; c) Firmar !a documentación propia de su cargo y aquella en que deba representar a la Iglesia; d) Delegar sus facultades a uno o más miembros; y e) Ejercer las demás atribuciones que determinen los estatutos.
Además, el Superintendente podrá, por sí solo, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos mencionados en el artículo cuadragésimo; con la sola excepción que para enajenar y gravar bienes raíces deberá requerir el acuerdo del resto del Directorio.
En el ámbito judicial, el Superintendente tendrá todas las facultades contenidas en los dos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, las cuales se dan por reproducidas integramente (ojo el mandato judicial términa por también por la muerte del mandatario, no así por la del mandante).

De la norma descrita no se puede dudar que este ejerce una representación legal de la iglesia, pero además se deduce que este implícitamente este ejerce un MANDATO de parte de los miembros de la Iglesia reunidos en la Conferencia Internacional, y en última instancia del Cuerpo de Presbítero como autoridad máxima de la Iglesia.
Es en este sentido, es que el artículo 41 antes citado de los estatutos que facultan al Superintendente en ejercicio para designar a su sucesor por testamento cerrado, también no sería idóneo desde un punto de vista jurídico, por esta otra rázón jurídica, que se suma a la descrita en el numeral anterior, en razón de que el MANDATO TERMINA CON LA MUERTE DEL MANDATARIO, cuestión que es expresamente establecido por el Código Civil en el artículo 2163 N° 5, que regulando las causales de termino de los mandatos dispone lo siguiente: “El mandato termina: N°5. Por la muerte del mandante o del mandatario”.
Por lo antes razonado, cuando el Superintendente fallezca, automáticamente su mandato como Superintendente de la Iglesia termina, se extingue por la expresa disposición del artículo citado del Código Civil, una razón más para afirmar que jurídicamente la facultad del artículo 41 de los estatutos NO UNA FACULTAD CONFORME A DERECHO. Creemos que sien el futuro, se pretende hacer valer un testamento cerrado otorgado por el Superintendente, en el cual se designe a su sucesor, este es perfectamente desconocible, y el nuevo Superintendente designado en dicho testamento carecerá de validez jurídica en cuanto a su nombramiento, pudiendo cualquier miembro de la Iglesia interponer acciones judiciales ante los Tribunales de Justicia, para declarar nulo el nombramiento.
Creemos que en caso de fallecimiento o renuncia del actual Superintendente, el Cuerpo de Presbíteros es la autoridad competente que debe elegir al próximo Superintendente, de entre cualquiera de sus miembros, teniendo que ser TODOS LOS PRESBÍTEROS CANDIDATOS PARA QUE EL ACTO ELECCIONARIO SEA ETICAMENTE VALIDO, mediante votación secreta, en presencia de un Notario, tal como lo señala el artículo 21 de los Estatutos para este acto.

Sin perjuicio de lo anterior, y entrando en consideraciones de carácter ético, es una cuestión de público conocimiento que la pretensa posibilidad de nombrar un sucesor para después de sus días por parte del Superintendente es una de las principales causas de la corrupción que aqueja a nuestra iglesia, y de la parálisis crónica de muchos de nuestros presbíteros para actuar contra la misma.
Esta pretensa facultad, propia de las monarquías absolutas, que arrogaban a sus monarcas facultades semi-divinas, facultad que ni siquiera la Iglesia Católica confiere a sus Papas (que son elegidos democráticamente por el Cuerpo de Cardenales), es la que actualmente provoca que la iglesia se haya transformada en cuanto a su dirección superior en una verdadera mafia. Nos explicamos. Los pastores Presbíteros (y muchos diáconos también), con el ánimo de ser considerados para un futuro nombramiento como autoridad máxima de la Iglesia, en muchas ocasiones para no desagradar a la persona de la cual depende su futuro nombramiento, son capaces de numerosos actos contrarios a las Sagradas Escrituras y de nuestros principios morales, para solo no desagradar a su autoridad máxima, desconociendo con esto que la verdadera cabeza de la iglesia es Cristo. Esto genera que el Superintendente se rodee de aduladores, rastreros y personas con intereses mezquinos, que solo buscan un futuro nombramiento, y que personas que de verdad aman el bien de la iglesia y la grandeza del evangelio sean desplazados o trabajando por la iglesia sean confundidos con estos últimos.

CONCLUSIONES: Es urgente un reforma al artículo 41 de los pésimos estatutos que hoy poseemos, pues, una parte importante de la iglesia no estará de acuerdo en aceptar el nombramiento que haga el actual Superintendente, viéndose en la obligación de impugnar ante los Tribunales de justicia el nombramiento ilegal que se haga en utilización del artículo en comento.
Según nuestra opinión, es necesario, que el actual Superintendente haga dejación de su cargo en el Cuerpo de Presbíteros y que este elija al nuevo Superintendente, y por qué no, someter este nombramiento a la ratificación de la Conferencia Internacional de Pastores, para que el futuro pastor Superintendente sea efectivamente nombrado por Dios a través de sus ungidos, que se supone (como ellos afirman) son dirigidos por el Espíritu Santo.

DIOS NOS BENDIGA.
ADELANTE LA REFORMA DE LA IGLESIA.

EDITORES IEPCORRUPTA.



EDITORIAL: SOBRE LOS CONSEJOS DEL PASTOR VALENCIA EN EL FUEGO DE MAYO 2008.

Los lectores de la revista de "Fuego de Pentecostés", habran podido constatar que en su página 5 aparece una lista de "consejos" vertidos por el Pastor Eduardo Valencia, en una reunión "a todo el Pastorado".

Colocamos consejos entre comillas, pues más que consejos -entendiendo por tales, los pareceres o dictamenes de sabiduría que discurren sobre las razones, probabilidades o conjeturas referentes a la verdad o certeza de algo, y que se dan o toman para hacer o no hacer algo-, nos encontramos ante mera fraseología críptica y sin contenido, que realmente nos dice poco o nada, que de consejo solo tiene el título de encabezado de la página en que están contenidos.

De todas maneras, no hemos de ser tan estrictos en el juicio que nos formemos de la iniciativa tomada por el Superintendente, pues a nuestro entender, parece ser una buena intención (no sabemos si de muto propio o a iniciativa de algún otro pastor) -aunque tardía- que a todas luces reconoce expresamente que la Iglesia esta sumida en una crisis, y que dicha crisis tiene por principal responsables, a gran parte de quienes deberían ser sus guías, es decir, la clase pastoral con altas responsabilidades al interior de la misma.

Nuestro Grupo Editorial, pretendiendo no solo llevar adelante una labor de crítica demoledora, nos sumamos a la destacable iniciativa de hacer un mea culpa a través de estos consejos, pero a través de este artículo trataremos humildemente, de darle un mayor contenido lógico-racional a las frases que repetimos parecen bastante críptica, pero no dudamos recogen un sentir que no puede ser pasado por alto por ningún bando de nuestra iglesia.

Ahora bien, quienes son los destinatarios, de los "consejos" en comento. La dedicatoria de los mismos no nos llaman a dudas, "Mis amados Pastores" dice el mismo, por lo que es claro que son los pastores de la Iglesia Evangélica Pentecostal, los que deben meditar en ellos, pero hemos de distinguir que dentro de las afirmaciones hechas en los 19 númerales que componen el artículo se pueden distinguir 3 ideas principales, a saber;

1º La relación que debe tener el pastor con la hermandad que pastorea.

Consejo 1: "Los hermanos en la Iglesia nos pesan".
Consejo 2: "Tenemos que entregar a los hermanos buena base, buena formación".
Consejo 10: "Nosotros tenemos que ser pastores de todos los hermanos".
Consejo 11: "Si nosotros le mostramos la puerta a un hermano, no estamos cumpliendo la Palabra de Dios".
Consejo 12: "Si un hermano no nos quiere; No debemos consitutirlo en nuestro enemigo".
Consejo 18: "Hay tres tipos de personas en la Iglesia: nuevos, convertidos y enfermos; debemos ser pastores de todos."
Consejo 16: "El predicador (y entendemos sobre todo al pastor cuando predica) tiene usar el mayor tino cuando esta en el altar,

Conclusión final, el Consejo 14: "Una Iglesia que camina junto a su Pastor tiene paz, y donde hay paz, hay prosperidad".

COMENTARIO: El conjunto de estos consejos, dicen relación con una mala práctica de numerosos pastores, muy extendida al interior de nuestra iglesia, y que es, la de enseñorearse de la hermandad. Esta mala práctica, sumada al nepotismo, constituyen a los pastores que así actuan, en verdaderos prevaricadores, que tuercen la justicia contra la hermandad para privilegiar a sus familiares en forma ilegítima. Muchas veces el enseñoreamiento va de la mano con el favoritismo hacia ciertos hermanos, lo que provoca el sentimiento de acepción de personas en los hermanos que no cuentan con el favor pastoral, cuando ese favoritismo tiene su raíz en la capacidad económica o material del favorecido, el pastor se transforma en un verdadero cohechador de su dignidad, lo que es grave frente a los ojos de Dios.
La buena formación propia, el estudio diligente de las Sagradas Escrituras, el tino que solo la gracia de Dios da, el amor a Dios y al prójimo (y a sus almas), son el camino para llegar a la verdadera unidad de la iglesia conforme a la conclusión que cierra este tópico.


2º El Pastor y sus deberes en cuanto a su dignidad ministerial.

Consejo 3: "Si nosostros cometemos injusticia, la Iglesia perdera su confianza en nosotros".
Consejo 4: "Muchas veces la congregación está desalentada, y esto es porque no somos ejemplo".
Consejo 5: "Debemos examinarnos a nosostros mismos, donde esta nuestra falencia".
Consejo 9: "Dios nos haga ser sabios, para actuar delante de la congregación".
Consejo 13: "Dios quiere una iglesia unida" (falto la frase final "no la desunamos con actos provenientes de nosotros o de nuestras familias").

Conlusión final, el Consejo 15: "Honremos el ministerio, porque un día tendremos que dar cuenta -de él-, delante de Dios".

COMENTARIO: La verdadera autoridad de un Pastor, como guía espiritual, nace no de su pretensa investidura, unción o cargo, sino del ejemplo que día a día nos da en el ejercicio de su cargo. Esto corrobora el viejo dicho aplicado a los viejos reyes castellanos "REX ERIS SI RECTE FACIES, SI NON FACIAS, NON ERIS" SERÁS REY SI OBRAS RECTAMENTE; SINO, NO LO SERÁS.
No basta parecer pastor, hablar como pastor, vestir como pastor, SI NO SE HONRA EL MINISTERIO, y ¿cómo se honra el ministerio?, cumpliendo con el mandato del Señor, "apacienta mis ovejas", que se traduce, en no violentar a la grey de Dios, en no ser causa de enfermedad o muerte espiritual de nadie.
Sabemos que los pastores son seres humanos proclives a las falencias, como todo ser humano, pero sabemos que Dios da la sabiduría para ejercer el importante cargo de apacentar a la grey de Dios.
El pastor no es rey, ni soberano de su iglesia, es su primer servidor, así como el mismo Señor nos dio ejemplo expreso.


3º El pastor y su relación con Dios, para el buen éxito de los fines y objetivos establecidos por Dios para la Iglesia.

Consejo 17: "No se debe subir con amargura al altar, ya ques se entregará amargura.
Consejo 8: "Nosotros tenemos que llevar frutos agradabless, que traigan bendición a la iglesia".
Consejo 7: "Si en nosotros hay temor a Dios, llevaremos una vida íntegra delante del Señor (cuanto más delante de los hombres)".

Conclusión final, el Consejo 6: Si tomamos por obra la Palabra de Dios, tendremos unaIglesia viva, y esto provocará que la Iglesia no pierda la confianza en el Pastor".

COMENTARIO: El pastor ante todo tiene que procurar cumplir con los fines propios encomendados a la iglesia, no perder su tiempo en querellas de poder, o en actos que exceden a sus conocimientos y fines (como ser contador, administrador, sostenedor de colegios, promotor de entrega de licencias de enseñanza media). El resto de las cosas ants enumeradas, pueden ser necesarias para la iglesia, pero deben ser entregadas a hermanos de vbuen testimonio, que cuenten con los conocimientos necesarios, amor a la obra, y buenas intenciones.
Teniendo presente la debida misión que el pastorado y la hermandad deben cumplir en la iglesia, lograremos que el aporte de ambos sectores lleven adelante la misión del cristiano en general, extender el reino de Dios en la tierra.

De verdad, en esta ocasión, hemos querido aportar en el temor de Dios, al debate de la reforma de nuestra iglesia conforme al modelo de las Sagradas Escrituras, creemos que los "consejos", aunque en forma tardía y deficiente, hacen lo suyo en cuanto a reconocer una situación que antes de la excistencia de esta página ERA NEGADA POR TODOS, esto es, la de una prfunda crisis al interior de la iglesia.

Sin embargo, la el deseo unánime de este Grupo Editorial, es que, esto no quede en meras palabras, sino que vaya acompañado de actos y gestos como por ejemplo; pedir las debidas disculpas a la hermandad estafada por las licencias falsas, y devolverle el dinero a TODO hermanos que haya sido defraudado económicamente con este proceso, pedir disculpas a los pastores de Bolivia y hacerles un llamado a la unidad garantizándole la debida autonomía interna, pedir disculpar a todos los pastores que han sido perseguidos, por buscar la reforma de la iglesia denunciando los males que la aquejan, pedir perdon a Dios públicamente, llamando a una verdadera reconciliación de todas las opiniones divergentes que encierra nuestra iglesia.

Dios quiera, que este buen gesto, sea el inicio de lo anterior, puesto que de no ser así, nadie podrá dudar que la Iglesia Evangélica Pentecostal, vivió sus peores años espirituales y de corrupción bajo el gobierno del actual Superintendente, tal vez, aunque remotamente, esto aún puede cambiar. La esperanza es lo último que perece.

La reforma espera, estamos abiertos a ella...

La justicia algún día llegará, todos la esperamos...

La misericordia de Dios, nos cubra a todos, simpatizantes y detractores de esta página.


EDITORES IEPCORRUPTA.

BREVES CONSIDERACIONES DEL CAMINO TOMADO POR LA IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL UNA VEZ FINALIZADAS LAS CONFERENCIAS DE LA CALERA.

Las Conferencias de La Calera que prometian un cambio histórico en nuestra iglesia han terminado.

Y han terminado dejando tras de sí como resultado inmediato, las siguientes situaciones que hoy queremos analizar:

1º El golpe arbitrario dado en la mesa por el actual Superintendente con el fin de acallar toda crítica a su gestión, y en específico al fraude promovido por el y sus cercanos que afectó a más de 2 mil hermanos y sus familias, y que involucró la recolección fraudulenta de mas de 60 millones de pesos de parte de la hermandad.

2º Las circunstancias positivas de las repercusiones dejadas por la Conferencia de La Calera, en la cual pro primera vez en la historia de la época del Señor Valencia, se le hizo ver que la iglesia no puede prestarse para amparar y encubrir el fraude y el engaño, solo para proteger intereses personales.

Analicemos a continuación ambos puntos.

1º La realización de un golpe en la mesa por parte del Pastor Valencia, alejado de todo principio cristiano, y más cercano al líder de una secta religiosa autoritaria que se cree el amo y señor de una iglesia que como órgano espiritual pertenece relamente al Señor, y que como institución humana pertenece a todos los hermanos que con nuestro trabajo y apoyo material la mantenemos.

Este golpe en la mesa, realizada por el Señor Valencia y sus cercanos ha consistido específicamente en proceder UNILATERLAMENTE a la remoción de sus cargos en la dirigencia de la iglesia de todos los amados y valientes Pastores que quisieron velar por que la hermandad -y sus familias- víctimas del fraude y engaño de las licencias medias se le hiciera justicia.
En específico, el Pastor Jorge Rojas Dinamarca, Délfin Moya, y Horacio Contreras, han sido por decisión unilateral del Superintendente removidos de sus Jefaturas de Zona, Pertenencia al Directorio de la Iglesia, Jefatura de la Comisión de Disciplina y Relacionador Público de la IGlesia, y pertenecia a todo otro cargo en comisión respectivamente, por el solo hecho de encarar una situación irregular y fraudulenta que se hábia realizado al interior de nuestra iglesia.

Esta desición, que es contraria a estatutos, pues esta desiciones las debe tomar el Superintedente con el acuerdo del Cuerpo de Presbíteros (cuestión que no ocurrió en los hechos) es además un pésimo ejemplo para la hermandad en general, pues habla muy mal del verdadero espíritu que guía a nuestros dirigientes (que a todas luces no es el Espíritu Santo de Dios) sino soalemente el amor al poder por sobre el amor a la hermandad.

Mención aparte merece, la situación que durante toda la Conferencia el Señor Valencia hizo creer a la gente que estaba afectado gravemente en su salud, pero que precisamente recupero toda su energía y vigor el último día para provocar esta felonía que quedará en los anales más oscuros de la historia de nuestra iglesia.

El día domingo 10 de febrero de 2008, se recordará como la fecha en que el Superintendente Valencia, decidió que la Iglesia Evangélica Pentecostal debía entrar y transitar el camino ancho que solo lleva a la perdición, y en el que importa SOLO EL AMOR AL PODER POR EL SIMPLE PODER, este día quedará grabado en nuestra historia, como el día simbólico en que la iglesia que tanto amamos abandonó su gran oportunidad para reformarse a sí misma, y para desterrar la corrupción material y espiritual que hoy carcome los huesos de la otrora robusta obra dejada por nuestros antiguos Superintendentes.

No nos quedará mas que esperar en la justicia humana exterior a la iglesia, para que determine las responsabilidades penales de los responsable de un fraude de proporciones, que solo ha enlodado el buen nombre de nuestra iglesia y ha dañado la confianza de muchos en ella. Pero por sobre todo seguir esperando en Dios quien tenemos la confianza no abandonará a las víctima pobres que de la nada juntaron sus 30 mil pesos para no recibir lo que se les prometió por nuestra Iglesia.


2º En segundo lugar, no queremos tratr una serie de aspectos positivos que nos deja la situación de La Calera. Algunos de nuestros detractores podrían sacar cuentas alegres de lo sucedido en las última Conferencias, pero desde el otro lado de la vereda, y sabiendo que los pastores de la Cúpula Corrupta estan entre nuestros mas fieles lectores, le hacemos la invitación en meditar en los siguientes puntos;

1-. Recuerden que con esta actitud han perdido TODA CREDIBILIDAD DE PARTE DE LAS VICTIMAS DEL FRAUDE, Y SUS FAMILIAS, Y DE GRAN PARTE DE LA IGLESIA. Credibilidad que si mantendran los pastores que actuaron contra el engaño, y que pretendieron en todo momento que los interese de la hermandad estuvieran por sobre intereses particulares y mezquinos.
Su actuar que solo OBEDECE A UN INSANO DESEO DE VENGANZA, y que no tiene ni´nguna relación con algún principio bíblico que nos informe quedará como el recuerdo de la felonía con la cual se puede llegar a actuar cuando tan solo se ama el poder y el dinero.

2-. Todavía existe un proceso pendiente en los órganos con competencia en materia penal, y si la justicia de Dios no fluyó por los canales internos de la iglesia, porque Uds. los bloquearon todos, tengan presente que no podrán bloquear los canales de la justicia que ya han intentado bloquear con el Fiscal a cargo de la presente investigación.
Pero a pesar de lo anterior, la justicia de Dios de todas maneras fluirá en los Tribunales de Justicia, eso tenganlo por seguro.

3-. Con su actual actuar, el Señor Valencia y sus cercanos han negado sistemáticamente el Derecho al pobre, han despreciado a la hermandad que Dios les confió, tarde o temprano la cuenta se rendirá. Dios tenga misericordia de todos nosotros, pero sabemos que es bíblico el principio que "al que más recibió, mas le será demandado...".

Sobre la base de lo anterior, las cuentas que sacamos no son tristes porque;

1-. La hermandad ha comprobado que existen pastores que no han doblado sus rodillas ante Baal (que es el dinero y el poder en nustra iglesia). Y eso se valora, pero se ha comprobado que muchos aman mas sus puestos mas que la justicia y el recto obrar.

2-. La denuncia esta hecha, no pueden decir que obran en ignorancia o sin saber las cosas. El encubrimiento como delito ya esta configurado. Además tarde o temprano el juicio moral e histórico vendrá sobre ustedes.

Para finalizar, no podemos de dejar de meditar en el ejemplo que ya la historia nos ha dado en otra opotunidad, puesto que La Conferencia de La Calera, nos hace recordadar con vivos colores lo que en la edad media fue el Concilio de Constanza. Un Concilio que fue convocado, entre otras cosas, con el fin de reformar la iglesia ante las denuncias de corrupción hechas por Juan Huss, y que solo termino por quemar al justo Huss, y no reformar nada, sino que perpetuar la corrupción de la iglesia.

Cuenta la historia que cuando Huss era quemado dijo; "hoy pueden quemar a este pobre ganso (Huss = ganso), pero despues de mí vendra un Cisne al cual no podrán aplacar". Ese Cisne fue casi un siglo despues, Martin Lutero, quien no solo fue el padre de la reforma protestante sino un modelo a seguir por todo aquel cristiano que tiene la convición de que su iglesia como institución ha abandonado la verdad evangélica, como un día lo hizo Mr. Hoover con la Iglesia Metodista Episcopal, como un día lo harán otros hombres de Dios, al interior de nuestra Iglesia.

EDITORES IEPCORRUPTA.

ESTAREMOS INFORMANDO TODOS LOS PORMENORES DE LAS CONFERENCIA EN QUE SE DECIDIRA EL FUTURO DE NUESTRA AMADA I.E.P. DIA A DIA. (URGENTE NOTICIA VIERNES)

(imagen de panfletos que actualmente se estan repartiendo en La Calera).
.RESUMEN FINAL DE LA CONFERENCIA: (Se publicará en artículo aparte durante los próximos días).
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RESUMEN DE DIA VIERNES: NOTICIA URGENTE!!! El día de ayer ha sido histórico. En el Cuerpo de Presbíteros se abrió un fuerte y encendido debate por el tema de corrupción que ha engendrado la situación del proceso de licencias falsas promovido por nuestras la dirigencia de la iglesia y que ha afectado a más de 2mil hermanos y sus familias a través de todo Chile.
Durante esta fuerte discusión, el presbiterio fue claro en que esta situación desborda todo límite y que no se puede seguir pretendiendo encubrir todo y no hacer efectiva las responsabildades eclesiásticas o ministeriales de los que han promovido un proceso que ha mermado la confianza de muchos en la autoridad de la iglesia y que ha traído el descrédito que nuestra institución supo ganarse durante décadas de buen accionar.
La culminación de esta discusión estuvo dada por el momento en que el Pastor más anciano y con mas años de Presbítero -fue nombrado por el Superintendente E. Mourges el año 1957-, el valiente siervo de Dios, amante de la verdad y la justicia, Pastor Presbítero Jorge Rojas Dinamarca, le solicitó en dos oportunidades en forma solemne, energíca -pero no por eso menos respetuosa- LA RENUNCIA INDECLINABLE A SU CARGO DE SUPERINTENDENTE AL PASTOR EDUARDO VALENCIA MARTINEZ, en rázon del estado de crisis espiritual y material en que tiene sumida a la iglesia.
Ante lo anterior, se puede comprobar que el pastor Decano de nuestros pastores, solo obedece al mandato dejado por nuestro antiguo Superintendente Silva que dijo con voz entrecortada por el cansancio de la dura enfermedad, y que con sus ojos llenos de lágrimas aconsejó impertativamente al Cuerpo de Presbíteros que cuidará de la Iglesia, que en ella no hubiera Siervos del Señor COMERCIANTES, "...A ustedes Presbíteros les hago responsables de la limpieza de la Iglesia de Cristo que él compró con su sangre" (lo anterior fue tomado de la página 8 de la revista Fuego de Pentecostés, nº 727 del mes de marzo del año 1990, que da cuenta de la sesión extraordinaria del Cuerpo de Presbiteros en que fue nombrado Superintendente el Pator Valencia, escrita por el propio Presbítero Rojas Dinamarca).
Dios nos bendiga a todos, y permita que la vision de nuestros antiguos Superintendentes y de nuestros pastores ancianos prime por sobre intereses personales, puramente economicos y solamente mezquinos, eso es lo que realmente corresponde conforme a nuestros mas caros principios.
ADELANTE LA REFORMA DE LA IGLESIA!!!
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RESUMEN DEL DIA JUEVES: Nuevamente el día de hoy se ha comenzado a discutir el tema del lamentable fraude de las licencias medias, el cual había sido sacado de la agenda de discusión durante los dos días anteriores por parte de la cúpula corrupta con claros fines dilatorios.
Todos esperamos que sea la autoridad máxima de la iglesia -a saber el Cuerpo de Presbíteros- quien determine las responsabildades eclesiásticas o ministeriales de los responsables de dicho fraude (sin perjuicio de que la responsabilidad penal que el fraude traiga consigo).
Ojalá no se espere en las autoridades estatales toda la solución del problema, pues sería lamentable que nuestra iglesia no pueda solucionar sus conflictos internos de índole espiritual sin tener en cuenta las valoraciones propias de nuestra iglesia.
Sin perjuicio de lo anterior, estamos tranquilos, pues es claro que si nuestros Presbíteros no le hacen justicia a los mas de 2 mil hermanos estafados tanto en su confianza en la iglesia, como en sus sueños de tener cuarto medio, y eligen como principes del pueblo de Dios el camino ancho, en el cual el amor a intereses personales vale mas que sus deberes espirituales, no le quepa duda a nadie que Dios tomará otros medios por los cuales hará fluir su justicia en pro de las víctimas de este engaño.
La iglesia necesita urgentemente una reforma, sino el fin se acerca antes de cumplir los cien años.
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RESUMEN DEL DIA MIERCOLES: La estrategia de la cúpula encabezada por el Pastor Valencia parece ser clara. Enfriar el asunto, dilatar la discusiónb de las medidas a tomar contra el fraude, desviando la atención a la discusión de cuestiones triviales y que no dicen relación con la crisis que hoy atraviesa la iglesia.
Con esto se desiluciona a toda la hermandad estafada y sus familias, que todavía piden explicaciones por el engaño, y demuestra que le interesa mas la proteción de intereses personales, antes que el bien de la iglesia, un muy mal augurio para el futuro de la IEP.
Al parecer el Cuerpo de Presbíteros -y junto a el la iglesia- esta siendo conducido irremediablemente hacia el camino ancho, por parte del Superintendete Valencia y su cercano asesor el Pastor de Sargento Aldea.
Tenemos fe que en que este panoramapueda cambiar en los próximos días. Esperamos en Dios, que mas que el amor al puesto o la dignidad, prime el amor a las almas engañadas por unos pocos.
Ojala que el Superintendente no siga evadiendo el tema de este gran fraude y no se ampare en sospechosas descompensasiones de salud de último minuto.
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RESUMEN DEL DIA MARTES: El día de hoy el Cuerpo de Presbíteros se ha dado una tregua respecto del tema de las licencias falsas. Se han discutido cuestiones de caracter administritativo y cotidiano de la iglesia.
Ha marcado eso sí el día, el lamentable hecho de que se ha comenzado a amenazar a los pastores presbíteros que valientamente estan actuando contra la corrupción de la iglesia por medio de cartas intimidatorias. Esto es lamentable y solo demuestra la forma mafiosa en que algunos miembros de la cúpula actual se estan acostumbrando a actuar.
Eseramos que durante el día miercoles se retome el tema de las licencias medias.
Por lo menos hemos notado que entre la hermandad y el pastorado en general la opinión es que la mejor salida para este conflicto pasa por la renuncia del Superintendente. (ver encuesta de nuestro foro en la cual más el 56% de los encuestados creen lo anterior). Seguiremos informando.
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RESUMEN DEL DIA LUNES: El ambiente esta algo enrarecido en La Calera. La ciudad ha amanecido pintada con distintos grafittis que piden la renuncia del Superintendente.

Además se ha instalado una camioneta que con amplificadores ha emitido el reportaje de Megavisión respecto de las licencias falsas.

Se han repartidos panfletos que piden los que gran parte del pastorado y de la hermandad consideran mejor para la sanidad y unidad de la iglesia, esto es, la renuncia del Superintendente.

Esperemos que el día de mañana traigan más novedades que den cuenta del gran proceso de cambio que podremos vivir en estas Conferencias.

Seguiremos informando día tras día la novedades que sean de importancia para nuestros lectores.
(Las actualizaciones de las noticias se realizarán en el presente artículo día a día en la medida de nuestras facultades).

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RESUMEN DE APERTURA CONFERENCIAS: EN LA CALERA LA SITUACION ES BASTANTE COMPLEJA; gran parte de la hermandad y el Pastorado (tanto pastores presbíteros como diáconos) consideran que la única salida a la actual crisis espiritual y material que sufre la iglesia pasa por la dejación de su cargo del actual Superintendente en favor del Cuerpo de Presbíteros, para que la iglesia sea sometida a una reforma profunda que destierre todo foco de corrupción al interior de nuestra amada iglesia.

En La Calera, puede comenzar un proceso histórico para la IEP, en la cual se refunde la iglesia, sobre la base de los antiguos principios que hoy la actual dirigencia ha dejado de lado.

Estaremos informando a toda la hermandad por este medio, de todos los pormenores que afectan el futuro de nuestra iglesia.
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ESTUDIO JURIDICO RESPECTO DE CÓMO ENFRENTAR LAS IRREGULARIDADES QUE AFECTAN A NUESTRA IGLESIA A LALUZ DE NUESTROS ESTATUTOS.

I-. LA RESPONSABILIDAD DEL SUPERINTENDENTE CONFORME A ESTATUTOS.

Algunos hermanos y algunos pastores, han pretendido pensar que el Pastor Superintendente sería irresponsable por sus actos. Esto es, que sería un miembro de la iglesia que estaría por sobre nuestros estatutos, y por ende, que no procedería contra Él, el procedimiento disciplinario establecido en nuestra normativa interna.

Nada más alejado de la realidad. En efecto de una relación armónica y sistemática de los artículos 9, 11 letra b, 41 letra b y 14 nos demuestra lo contrario.

Veamos, el artículo 9 establece;
ARTÍCULO NOVENO. Son miembros de la Iglesia Evangélica Pentecostal, en Chile y el extranjero, letra b) El Superintendente;
En conclusión, el Superintendente ES MIEMBRO DE LA IGLESIA EVANGÉLICA PENTECOSTAL, eso es algo que no admite discusión a la luz del artículo citado.

Luego, el artículo 11 establece;

ARTÍCULO DECIMOPRIMERO. Son obligaciones de los miembros: letra c) Cumplir estricta y fielmente las disposiciones estatutarias y reglamentarias de la iglesia y acatar los acuerdos adoptados por las Conferencias Generales; y las resoluciones adoptadas por el Superintendente y el Cuerpo de Presbíteros.

Por lo mismo es deber del Superintendente COMO MIEMBRO de la IEP, cumplir estricta y fielmente los estatutos (disposiciones estatutarias) y acatar los acuerdos adoptados por las Conferencias y resoluciones adoptadas por el Superintendente y el Cuerpo de Presbíteros.


A lo cual debemos sumar la norma del artículo 41 letra b que establece
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO PRIMERO. Corresponde especialmente al Superintendente: letra b; velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de las Asambleas Generales o del Directorio.
Lo que en el caso del Superintendente viene el reafirmar la obligación genérica de todo miembro establecida en la norma del artículo 11 ya citado de no contravenir con sus actos u omisiones los estatutos, y por ende, los principios de sana doctrina en él contenidos.

Todo lo anterior lo debemos colocar en contacto con el artículo 14 que establece el procedimiento disciplinario al interior de nuestra iglesia, que claramente conforme a su redacción es aplicable a TODO MIEMBRO (por ende al mismo Superintendente conforme al art. 9 ya citado).

ARTÍCULO DECIMOCUARTO, La calidad de miembro se pierde:
letra c) Por expulsión basada en las siguientes causales:
1) Por actos o conductas inmorales o reñidos con los principios de fe o la sana doctrina de la Iglesia;
2) por actos o conductas que importen una desviación de su vocación ministerial, conforme con la sana doctrina de la Iglesia…
3) "Por haber sufrido dos o tres suspensiones en sus derechos en conformidad a lo dispuesto en el artículo decimotercero.
…Resolverá el Cuerpo de Presbíteros, decretando la expulsión, suspensión o absolución del miembro inculpado.
…Si el miembro acusado fuere pastor presbítero se abstendrá de participar y votar en las sesiones del Cuerpo de Presbíteros.

Como se puede ver, es perfectamente posible que el Superintendente pueda ser sometido a proceso disciplinario, por parte de las autoridades correspondientes (Comisión de Disciplina, Cuerpo de Presbíteros) máxime aún cuando es clara que conforme a los últimos acontecimientos ocurridos en nuestra iglesia, es evidente que la iglesia se encuentra en un estado deplorable por su exclusiva responsabilidad.

II-. SOBRE LA POSTURA DE LA CUPULA DE QUE NO SE DEBE TOMAR NINGUNA RESOLUCION RESPECTO DE LOS QUE PROMOVIERON EL FRAUDE DE LAS LICENCIAS MEDIAS.

Por otro lado, algunos pastores pertenecientes a los pastores cercanos al Pastor Valencia, han mantenido que no se debe hacer nada respecto de los pastores que han promovido el fraude de las licencias de enseñanza media, argumentando que mientras en el juicio penal no arroje algún resultado, ellos no pueden hacer nada.

Lo anterior, nos merece el siguiente reparo, como pudimos ver, nuestra iglesia consagra expresamente en nuestros estatutos, la responsabilidad ministerial (o eclesiástica) de los pastores en razón de que estos realicen actos o conductas que importen UNA DESVIACION DE SU VOCACION MINISTERIAL.
Esta responsabilidad ministerial, es absolutamente independiente de la responsabilidad penal que pueda traer consigo aparejada la comisión de un delito. Esta responsabilidad ministerial, involucra que las autoridades de la iglesia están en la faculta y el DEBER, de aplicar sanciones disciplinarias quienes con sus conductas atenten contra los deberes esenciales de todo pastor, a saber apacentar la grey de Dios, y por ende no ser la causa de que la misma sea abusada, maltratada, escandalizada, provocando con esto la destrucción y ruina espiritual de la hermandad afectada y la de sus cercanos, con el consiguiente mal testimonio para la nube de testigos que observan el devenir de la iglesia.

En conclusión, el fraude de las licencias medias, y las demás irregularidades institucionales que han afectado a nuestra iglesia en este último tiempo, ha engendrado por lo menos dos responsabilidades, completamente distintas.

1º La responsabilidad penal por la comisión de posibles delitos, los cuales es solamente resorte de la fiscalía competente investigarlos, y de los tribunales penales respectivos juzgarlos.
En este aspecto, la iglesia NO puede pretender sustraerse de la acción de estas autoridades, cuando se trate de determinar los responsables de los ilícitos y sus respectivas penas, y es más, el rol que debe jugar nuestra amada I.E.P. es de una absoluta cooperación en el esclarecimiento de los hechos porque así la ley y el Derecho lo ordenan.

2º La responsabilidad ministerial por la comisión de actos que importen una desviación a la vocación ministerial conforme a nuestros principios de sana doctrina. Esta responsabilidad ministerial, NO PUEDE SER DETERMINADA POR LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA, por la sencilla razón de que estos NO TIENEN LA APTITUD PARA JUZGAR CUESTIONES QUE DEBEN SER DECIDIDAS SOBRE LA BASE DE CRITERIOS ESPIRITUALES Y BIBLÍCOS, Y QUE POR ENDE ESTO DEBE SER CLARAMENTE RESUELTO POR LOS HOMBRES QUE DIOS HA PUESTO AL FRENTE DE LA IGLESIA, ESTO ES, LOS ANCIANOS DE LA IGLESIA.
Además se debe agregar que el artículo 24 de los estatutos en forma expresa establece lo antes dicho, al decir; “Las diferencias que se susciten entre los miembros se dirimirán conforme a los principios expuestos en los versículos uno al once del Capítulo Sexto de la Primera Epístola de San Pablo a los Corintios”.

III-. POSIBILIDAD DE LOS PASTORES DIACONOS DE ACTUAR EN LA CONFERENCIA CONTRA EL FRAUDE QUE SE ENSEÑOREA DE NUESTRA IGLESIA.

No es discutible, que conforme al artículo 9 de los estatutos, nuestros pastores Diáconos son miembros de la iglesia, pero algunas personas ignoran, que ellos al igual que los pastores presbíteros, pueden jugar un rol importantísimo en la solución de la actual crisis que sufre nuestra amada iglesia, veamos como es esto:

El artículo 10 de los estatutos establece;
ARTÍCULO DÉCIMO. Los miembros tienen las siguientes atribuciones: a) Asistir y participar con voz y voto en las Conferencias Generales; y b) Presentar cualquier proyecto o proposición al estudio del Superintendente y el Cuerpo de Presbíteros, los que decidirán su rechazo o inclusión en la tabla de la Conferencia General. Por ende, conforme a la letra b antes citada, TODO DIACONO en su calidad de miembro puede presentar proposiciones a las autoridades máximas de la iglesia, para su discusión en la Conferencia. Lo que claramente permite que un Pastor Diácono solicite que se aclare la situación del proceso de licencias falsas, estando en su completo derecho al obrar así.
Por su parte tengamos a la vista el importantísimo artículo 38, que establece como deber del Directorio RENDIR CUENTAS POR ESCRITO ANTE LA CONFERENCIA, dicho artículo establece;


ARTÍCULO TRIGÉSIMO OCTAVO. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes:
Primero) Administrar los bienes de la Iglesia;
segundo) Cumplir los acuerdos de las Conferencias Generales;
tercero) Rendir cuenta por escrito ante la Conferencia General Ordinaria correspondiente de la inversión de los fondos y de la marcha de la Iglesia durante el periodo en que ejerza sus funciones.

Como se puede ve, al momento en que sesiona la Conferencia, todo miembro, dentro de estos los pastores Diáconos (como obviamente también los presbíteros) tienen la facultad de recibir la cuenta dada por el Directorio Y NO ACEPTARLO EN EL CASO DE CONSIDEREAR ESTE INSUFICIENTE.

Por lo mismo, los pastores diáconos, que estén por la verdad y contra la corrupción en nuestra iglesia DEBEN AMPARARSE EN ESTE ARTÍCULO Y PEDIR CUENTA POR ESCRITO DE LOS MAS DE 60 MILLONES RECAUDADOS POR LA IGLESIA CON EL PROCESO DE ENTREGA DE LICENCIAS FALSAS, Y SOLICITAR QUE SE LE DE CUENTA CLARA Y TRANSPARENTE DEL DESTINO DE DICHOS DINEROS.

En el caso de que no se de cuenta de lo anterior, se debe solicitar que se hagan efectiva las responsabilidades disciplinarias del jefe máximo del Directorio, esto es del Superintendente, y del Secretario Ejecutivo del mismo.

IV-. CONCLUSIONES GENERALES DE CARA A ESTA CONFERENCIA.

Reafirmamos como Grupo Editorial de IEPcorrupta, que la única salida a la crisis que actualmente sufre nuestra iglesia esta en la adopción de las presentes medidas:

1º Dejación del cargo en forma indeclinable del Superintendente a favor del Cuerpo de Presbíteros, para que este tome la autoridad máxima de la iglesia conforme al artículo 20 de nuestros estatutos, e inicie la reforma de la iglesia (claramente eso sí la reforma no puede ser liderada por las personas involucradas en el actual fraude de licencias medias).

2º Funcionamiento de las autoridades Disciplinarias de la Iglesias, para que sobre la base de los antecedentes fehacientes que existan en este momento en las autoridades públicas competentes, se determine los responsables del mayor fraude institucional del cual ha sido testigo nuestra institución, y por la desviación a la vocación ministerial en que se haya incurrido, se apliquen las sanciones que correspondan.



EDITORES IEPCORRUPTA.

EDITORIAL: ANTE LA INMINENCIA DE UNA CONFERENCIA EN LA QUE SE DECIDIRÁ EL CAMINO A SEGUIR POR NUESTRA AMADA IGLESIA, "LA UNION HACE LA FUERZA".


Estimados hermanos lectores de nuestra página.

El Grupo Editorial de IEPcorrupta, teniendo absoluta certeza, de que ha llegado la hora de que todos los hermanos que amamos a nuestra Iglesia Evangélica Pentecostal, hagamos un frente común intelectual y espiritual, en contra de la corrupción al interior de nuestra institución, y sobre todo, que pasemos a una etapa en la cual como hermandad hagamos sentir nuestra humilde -pero válida opinión- respecto del hecho que queremos que esta crisis sea superada por nuestras autoridades superiores, y que la iglesia no salga perjudicada en ella, se ha decidido, unir nuestra trabajo a nuestros hermanos sostenedores del Grupo Editorial de IEPenacción, y sus páginas dependientes ComunidadIEP, e IEPreforma.

Confiamos en Dios, que la iniciativa de caracter espiritual y constructiva que dichos hermanos han liderado en un plano eminentemente espiritual rendirá sus frutos.

Nuestra página por su parte, seguirá trabajando para por medio de las armas intelectuales seguir proponiendo una ferréa lucha contra la corrupción al interior de la iglesia.

Por su parte, los puntos de propuesta de reforma a corto plazo que la hermanadad presenterá en las Conferencia de La Calera serán presentados en la página IEPreforma. Sin perjuicio de lo anterior, para los que quieran seguir proponiendo planes para la reforma integral de la iglesia a largo plazo, seguirá habilitado nuestro blog ReformaIEP.

Esperamos en Dios, y conforme a su voluntad:

1-. Que el Cuerpo de Presbíteros, en su calidad de autoridad máxima de la iglesia conforme al artículo 20 de nuestros estatutos, -y con la guía del Dios altísimo- nos haga salir de la actual y patente crisis institucional y espiritual que sufre nuestra iglesia.

2-. Que de las Conferencias surga un acuerdo pleno de que la situación actual en la cual numerosos hermanos han sido estafados, no puede continuar. Que por lo mismo, se les debe ofrcer públicas disculapas a todos los afectados, y de se debe devolver en forma sistemática y en un proceso transparente, hasta el último peso a los hermanos afectados. ESTO NO RESISTE MAYORES ESPERAS.
Junto a lo anterior que se determinen las responsabilidades disciplinarias eclesiásticas, de las personas que han incurrido en notable desviación de su vocación ministerial y que han provocado este triste y lamentable proceso.
Y aunque parezca redundante decirlo, que estos acuerdos SEAN RESPETADOS POR TODO EL PASTORADO.


Que Dios nos bendiga a todos y Él diriga la reforma para una iglesia conforme a su voluntad.

(Como toda editorial, el presente artículo no admite posteos, por lo que rogamos anuestros lectores seguir enviando sus opiniones al foro del artículo inmediatamente que se encuentra abajo de la presente editorial).

EDITORES IEPCORRUPTA.


EL DESEO DE ESTE GRUPO EDITORIAL:

QUE LA IGLESIA SEA REFORMADA CONFORME AL MOLDE DE LAS SAGRADAS ESCRITURAS, Y SIN ESPACIO ALGUNO PARA LA CORRUPCIÓN ESPIRITUAL NI MATERIAL.

Revista Observatorio IEP

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Fe y razón