¿¿¿NO HAY FRAUDE DE SUBVENCIONES, TODO ESTA EN REGLA??? ESTE ES EL INFORME SOCIAL PRESENTADO POR LA IEP CON EL CUAL OBTUVO UNA SUBVENCIÓN FRAUDULENTA



























CONCLUSION:

Esta es la historia de este caso:

ALGÚN DIRIGENTE DE LA IEP DIJO: "Existe un programa para regularizar estudios, que tiene un costo mínimo, podríamos cobrar treinta mil y quedarnos con el resto".

OTRO DIRIGENTE RESPONDIÓ: Podríamos cobrar 30 mil por certificado de enseñanza media, y presentar un informe social FALSO para que nadie pague el costo mínimo, PERO de todas maneras nos quedamos con los 30 mil".

OTRO DIRIGENTE DE LA IEP DIJO: "Gran idea, así si enganchan 2mil personas multipliquemos eso por 30mil, negocio redondo".

---000---

Y de ahí paso lo que todos sabemos. Confiemos en que la justicia identifique a quienes fueron coautores de este plan de defraudación, a los ejecutores inducidos del mismo (mandos medios y bajos de la IEP), a los cómplices (personas del sistema educativo), y a los encubridores, y obstructores a la investigación del Ministerio Público.

Cerremos con esta referencia:

El Código Penal establece en su artículo

Art. 470. Las penas del artículo 467 se aplicarán también (Con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de once a quince unidades tributarias mensuales, si la defraudación excediera de cuarenta unidades tributarias mensuales. Con presidio menor en su grado medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales, si excediere de cuatro unidades tributarias mensuales y no pasare de cuarenta unidades tributarias mensuales.):

8° A los que fraudulentamente obtuvieren del Fisco, de las municipalidades, de las Cajas de Previsión y de las instituciones centralizadas o descentralizadas del Estado, prestaciones improcedentes, tales como remuneraciones, bonificaciones, subsidios, pensiones, jubilaciones, asignaciones, devoluciones o imputaciones indebidas.

RECUERDE LA OPINIÓN PUBLICA EL FALSO INFORME DEL PASTOR CORDOVA, QUE DIJO NO HAY NADA IRREGULAR, Y A LOS MESES SENDOS SUMARIOS ADMINISTRATIVOS DECLARAN ILEGAL EL PROCESO Y SANCIONAN A LOS FUNCIONARIOS QUE PRESTARON COOPERACION AL MISMO, Y LUEGO FORMALIZAN A LOS DIRECTORES DE LAS ESCUELAS DE COLINA.

HOY EL SUPERINTENDENTE LEE UNA CARTA EN LOS ESTUDIOS BILBDE EN QUE SOLO SIEMBRA LA MENTIRA Y LA CONFUSION ENTRE EL PASTORADO.

EN QUE QUEDA EL NO MENTIRAS.


EDITORES IEPCORRUPTA

PARA LOS CIEGOS QUE SIGUEN SOSTENIENDO QUE NO HAY FRAUDE CON LAS LICENCIAS. EL MINEDUC SANCIONA POR ESTE CASO.





(pinchar en cada hoja para verla grande)

EL MINSITERIO DE EDUCACION SANCIONO A DOS FUNCIONARIOS PUBLICOS POR COLABORAR CON JULIO HERRERA EN LA OBTENCION DE LICENCIAS PROHIBIDAS DESDE LA SECRETARIA MINISTERIAL DE EDUCACION.-



ACLARACIÓN PREVIA:

Para entender bien el asunto debemos distinguir: las licencias falsas entregadas en la Conferencia de Guariligue en febrero del año 2006 suscritas por el Director del Colegio Rigoberto Fontt Izquierdo de Colina, quien actualmente se encuentra formalizado por el delito de falsificación de instrumento público.

Y en segundo lugar, las licencias otorgadas por la Secretaría Ministerial de Educación, cuya emisión estaba prohibida por las autoridades de ese organismo público, entregadas en el Estudio Bíblico de Chillán en octubre de 2007 para reemplazar las primeras.-


En relación a estas segundas licencias, el Ministerio de Educación, con fecha 27 de agosto de 2009, confirmó la sanción a dos funcionarios públicos que en septiembre del año 2007 colaboraron con Julio Herrera Fuenzalida en la obtención de estas licencias de enseñanza media, desde las dependencias de la Secretaría Ministerial de Educación de la R.M., por haberse extralimitado en sus funciones, mediante actuaciones irregulares y reñidas con las normas administrativas, según se describe detalladamente en la referida resolución ministerial.-
Eliseo Caro y Julio Herrera presentaron estas licencias al Cuerpo de Presbíteros en los Estudios Bíblicos de Chillán, en octubre del año 2007, indicando que las primeras licencias entregadas en la Conferencia de Guariligue en febrero de 2006 eran provisorias y que estas últimas otorgadas por la Secretaría Ministerial de Educación de la R. M. eran las licencia de enseñanza definitivas (UNA GRAN MENTIRA PROVENIENTE DE PASTORES), pese a las reiteradas advertencias que se les hizo de no entregar estas licencias por estar prohibidas. Al día siguiente, en la Asamblea de Pastores, Julio Herrera, con autorización del Superintendente Eduardo valencia, entregó estas licencias a los pastores y esposas de pastores que en la Conferencia de Guariligue de febrero de 2006 habían recibido las licencias falsas, sin comentar la forma como obtuvieron las licencias de enseñanza emitidas por la Secretaría Ministerial de Educación de la R. M., estos es, con la colaboración de dos funcionarios públicos que actuaron contra las normas y que hoy día han sido sancionados por la autoridad.

CONCLUSION:

Lo que siempre afirmamos.

"LA COMISION CORDOVA MINTIO DESCARADAMENTE A LA CONFERENCIA DE TODA LA IEP EN VALPARAISO".



EDITORES IEPCORRUPTA

ACTA DE FORMALIZACION POR LA CAUSA DE LAS LICENCIAS FALSAS EN EL JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA

ADVERTENCIA: Al leer este artículo se dbe tener presente las siguientes normas legales del Código Procesal Penal:

Artículo 229.- Concepto de la formalización de la investigación. La formalización de la investigación es la comunicación que el fiscal efectúa al imputado, en presencia del juez de garantía, de que desarrolla actualmente una investigación en su contra respecto de uno o más delitos determinados.

Artículo 232.- Audiencia de formalización de la investigación. En la audiencia, el juez ofrecerá la
palabra al fiscal para que exponga verbalmente los cargos que presentare en contra del imputado y las solicitudes que efectuare al tribunal. Enseguida, el imputado podrá manifestar lo que estimare conveniente.

Artículo 289.- Publicidad de la audiencia del juicio oral. La audiencia del juicio oral será pública...




Individualización de Audiencia de conocimiento de investigación.

Fecha Colina., treinta y uno de agosto de dos mil nueve

Magistrado JUAN CARLOS VALDES PEÑAILILLO

Fiscal MAURICIO VERGARA TORO

Querellantes ULISES MOYA NAVARRETE/MARIANO CASERA UBILLA

Defensor privado LUIS MUÑOZ MARTINEZ

Hora inicio 11:34AM

Hora termino 12:45PM

Sala SALA 3

Tribunal Juzgado de Garantía de Colina

Acta Roberto Maturana

RUC 0700624799-1

RIT 87 - 2008


NOMBRE IMPUTADO

RUT

DIRECCION

COMUNA

MARCO ANTONIO MUÑOZ CORNEJO (presente)

0009969237-5

Calle HAMBURGO 1507 DPTO. 31 Nº 1507

Ignacio Carrera Pinto N° 450 Colina

Ñuñoa.

PATRICIO ALEJANDRO NUÑEZ ZAMORA(presente)

0007201135-K

Calle PASAJE BELEN Nº 175

Av. Concepción N° 0264, Colina

Quilicura.

MARCO ANTONIO MU¥OZ CORNEJO

0009969237-5

Calle HAMBURGO Nº 1507

Ñuñoa.

Actuaciones efectuadas


Los intervinientes se individualizan

Se apercibe a imputados de conformidad al Art. 26 del Código Procesal Penal.

FORMALIZACIÓN:

Respecto de MUÑOZ CORNEJO: “Entre los meses de octubre y diciembre de 2005, el imputado MARCO ANTONIO MUÑOZ CORNEJO, quien se desempeñaba como director del establecimiento educacional municipal Liceo Politécnico Roberto Fontt, ubicado en calle Ignacio Carrera Pinto N° 450 Colina, confecciono, emitió, firmo y entregó sin estar facultado para ello, 251 documentos de apariencia de licencia de enseñanza media, incluyendo en ellas el membrete de la república de Chile, del Ministerio de Educación, números de registro oficial de licencia de enseñanza media, y decretos fundantes de la misma. Tales instrumentos públicos falsos estaban destinados a algunos miembros de la Iglesia Evangélica Pentecostal quienes cursaron exámenes libres durante el año 2005 bajo el sistema de nivelación de estudios regido por el decreto de educación N° 146 del año 1998; que señala que estas licencias de enseñanza media deben ser emitidas por la Secretaría Ministerial de Educación competente. Posteriormente estos documentos falsos fueron entregados al pastor Julio Herrera Fuenzalida a fin que este los entregara en ceremonias públicas realizadas en la sede de la Iglesia Evangélica Pentecostal ubicada en la comuna de Colina, y en estudios bíblicos de la misma iglesia celebrados en la localidad de Huarinigue, Octava región en el mes de febrero de 2006.

Delito: Falsificación de documentos público. En calidad de autor y grado de desarrollo de consumado.

FORMALIZACIÓN:

Respecto de NUÑEZ ZAMORA: “Durante el mes de enero de 2007 el imputado PATRICIO ALEJANDRO NUÑEZ ZAMORA quien se desempeñaba como director del Colegio Polivalente El Sembrador, ubicado en Av. Concepción N° 0264, Colina, confecciono, emitió, firmo y entregó sin estar facultado para ello, 147 documentos de apariencia de licencia de enseñanza media, incluyendo en ellas el membrete de la república de Chile, del Ministerio de Educación. Tales instrumentos públicos falsos estaban destinados a algunos miembros de la Iglesia Evangélica Pentecostal quienes cursaron exámenes libres durante el año 2006 bajo el sistema de nivelación de estudios regido por el decreto de educación N° 146 del año 1998, que señala que estas licencias de enseñanza media deben ser emitidas por la Secretaria Ministerial de Educación competente. Habiendo así este establecimiento designado dicha secretaría como encargado de la dirección de nivelación de dichos exámenes por parte de la dirección provincial de educación norte. Posteriormente estos documentos falsos fueron entregados al pastor Julio Herrera Fuenzalida a fin que este los entregara a los alumnos en ceremonias públicas realizadas en el mismo establecimiento educacional con participación del imputado.

Delito: Falsificación de documentos público. En calidad de autor y grado de desarrollo de consumado.

Medidas cautelares respecto de ambos imputados

Art. 155 c) del Código Procesal Penal, firma mensual en Fiscalía Local de Colina, la primera de ellas el dentro de los primeros 5 días hábiles del mes de septiembre de 2009 y así sucesivamente

Art. 155 d) del Código Procesal Penal, arraigo nacional

Plazo investigación: 180 días.

Apercibimiento:

RUC

RIT

Ámbito afectado

Detalle del Hito

Valor

0700624799-1

87-2008

PARTICIPANTES.: Querellado. - MUÑOZ CORNEJO MARCO ANTONIO

-

-



PARTICIPANTES.: Querellado. - NUÑEZ ZAMORA PATRICIO ALEJANDRO

-

-

Decreta medidas cautelares.:


RUC

RIT

Ambito afectado

Detalle del Hito

Valor

0700624799-1

87-2008

PARTICIPANTES.: Denunciado. - MU¥OZ CORNEJO MARCO ANTONIO

Escala de duración

Ninguno.




Tipo de medida

Art. 155 letra c.




Tipo de medida

Art. 155 letra d.



PARTICIPANTES.: Querellado. - NUÑEZ ZAMORA PATRICIO ALEJANDRO

Escala de duración

Ninguno.




Tipo de medida

Art. 155 letra c.




Tipo de medida

Art. 155 letra d.

Formalización de la investigación:

RUC

RIT

Ámbito afectado

Detalle del Hito

Valor

0700624799-1

87-2008

RELACIONES.: NUÑEZ ZAMORA PATRICIO ALEJANDRO / Falsificacion o uso maliciosos de documentos pub

Tiempo investigación

180




Grado de participación

Autor.




Escala

Días.




Grado de ejecución

CONSUMADO



RELACIONES.: MU¥OZ CORNEJO MARCO ANTONIO / Falsificacion o uso maliciosos de documentos pub

Tiempo investigación

180




Grado de participación

Autor.




Escala

Días.




Grado de ejecución

CONSUMADO

Dirigió la audiencia y resolvió - JUAN CARLOS VALDES PEÑAILILLO. Juez de Garantía Titular de Colina.






NOTICIAS SOBRE LAS LICENCIAS FALSAS: MINISTERIO PUBLICO FORMALIZA A DIRECTORES DE ESCUELAS QUE LAS OTORGARON POR EL DELITO DE FALSIFICACION

Recordarán toos los que han seguido este largo proceso que el día 3 enero de 2008, en la Cisterna, el Cuerpo de Presbíteros acordó rebajar al entonces Pastór Díacono Julio Herrera a la caliad de Pastor Probando y esperar la decisión de la Fiscalía y del Ministerio de Educación en el bullado caso de las licencias de enseñanza media.

Pues bien, el lunes 31 de agosto de 2009, a las 11.15 hrs, en el Juzgado de Garantía de Colina el Fiscal Mauricio Vergara Toro formalizó a don Marco Escobar Cornejo, Director de Colegio Rigoberto Fontt Izquierdo de Colina y a don Patricio Núñez Zamora, Director del Colegio El Sembrador de Colina, como autores del delito consumado de falsificación de instrumento público, previsto y sancionado en el artículo 193 del Código Penal, el cual señala una pena de 3 años y un día a 10 años de presidio, por otorgar licencias de enseñanza media falsas a miembros de la Iglesia Evangélica Pentecostal, a solicitud del pastor Julio Herrera Fuenzalida.

El Juzgado de Garantía de Colina decretó como medida cautelar la firma periódica de los imputados y el arraigo nacional, por el tiempo que dure el proceso.-

Queda pendiente que el fiscal se pronuncie sobre la formalización de otros imputados.

Esto incia oficialmente el JUICIO PENAL por el caso de las licencias falsas, y sobre la base de esta primera hebra, es decir la falsificación, se responderán a las preguntas:

¿Por qué se falsificó licencias?

¿Por orden de quien se hizo?

¿Se obtuvo ganancias ilícitas con esto? y sis e obtuvieron ¿Dónde fue a parar TODO el dinero?

¿Por qué se ha encubierto esto tanto tiempo?

En breve mas noticias.

EDITORES IEPCORRUPTA.

AVISO IMPORTANTE RESPECTO DEL FUTURO DE LA PAGINA

Estimados hermanos lectores de esta página:

Los mismos dirigientes de la Iglesia han decidido desde hace bastante tiempo, que serán los Tribunales de Justicia quienes determinen la culpabilidad y la responsabilidad penal de los autores, cómplices, y encubridores del fraude de las licencias medias que a tantas personas perjudicó.

Lo ideal, hubiese sido, que la Iglesia por medio de sus instituciones de disciplina interna hubiese determinado previamente la responsabilidad eclesiástica de los pastores involucrados en el fiasco, sin embargo, eso no ocurrió y al parecer no ocurrirá.

Hoy, miramos con perplejidad el punto muerto de equilibrio en que se encuentra sumida la Iglesia, en el cual ni los pastores leales a la cúpula, ni los que se le oponen, tienen el peso para derrocar al bando contrario, y al parecer, quien termina siendo el principal olvidado de todo este aparataje de poder, es como siempre, la hermandad estafada.

La Iglesia estuvo a las puertas de una gran reforma, pero con el correr del tiempo esta se aleja cada vez más...

Si la justicia opera, y determina la culpabilidad -y por ende la responsabilidad penal- por un hecho que se ha comprobado ser contrario a Derecho (al respecto los sumarios administrativos llevados por el MINEDUC han sido categóricos), no les quepa duda que esta página informará el avanzar de la justicia.

Si la imperfecta justicia humana, no es eficaz, solo nos quedara confiar en el recurso al cual todo cristiano siempre acudirá, esto es, confiar en que el Juez Supremo hará justicia.

No publicaremos NADA hasta el día que se formalice a los imputados, si esto no ocurre, publicaremos la respectiva decisión del Ministerio Público respecto del ílicito.

Seguimos creyendo que la Iglesia Evangélica Pentecostal, esta aquejada de un serio problema, y ese problema, es la corrupción, que nace de la falta de transparencia y de la arbitrariedad con que la cúpula de turno puede gobernar a la IEP, pero estamos seguros que la gran responsable de esta situación somos todos nosotros, la hermandad, que dejamos que se haga y deshaga con una Iglesia que siempre fue de nuestra, tanto material como espirituallmente. Somos nosotros los que perpetuamos el antibíblico "obedecer ciegamente" a otro ser humano tan imperfecto como uno mismo, somos nosotros los que perpetuamos que no se rinda una verdadera cuenta de los aportes de los santos a la obra de Dios, somos nosotros quienes hemos permitido tanto abuso, Dios nos juzgue con misericordia a todos...

Dios nos bendiga, tanto a detractores como a simpatizantes de esta página.

LOS EDITORES.

(Esta entrada no admite comentarios, los mismos por favor seguir enviándolos al comentario que sigue).

EL INFORME DE LA "COMISION CORDOVA" RESPECTO DEL FIASCO DE LAS LICENCIAS DE ENSEÑANZA MEDIA

LA VERDAD SEGÚN LA COMISION CÓRDOVA ES LA SIGUIENTE: "LAS LICENCIAS NO ERAN FALSAS".

En la Conferencia de Valparaíso durante la tarde del día viernes 6 de febrero, ante la CONFERENCIA INTERNACIONAL (es decir, la reunión de la asamblea de todos los Pastores de la iglesia), la Comisión investigadora por el caso de las licencias de enseñanza media integrada por los pastores presbíteros Aldo Córdova, Daniel Sepúlveda, Joel Concha y el pastor diacono Bruno Vega rindió cuenta del cometido que se le encargo durante las conferencias del año pasado, en los siguientes términos.

El pastor Aldo Córdova leyó ante más de 300 pastores un documento en el cual describió el proceso de validación de estudios realizado al interior de la Iglesia y se refirió a lo siguiente:

1.- Que el pastor presbítero Eliseo Caro y el pastor diacono Julio Herrera en el año 2004 concurrieron al Liceo Rigoberto Fontt de Colina y obtuvieron su licencia de enseñanza media, a través de un sistema de validación de estudios autorizado por el Ministerio de Educación.-

2.- Que en el año 2005 al interior de la iglesia se dio inicio a un proceso de validación de estudios que comprometió a pastores y esposas de pastores y en el año 2006 a la hermandad de la Iglesia-

3- El pastor Córdova señaló que las licencias de enseñanza media entregadas en el mes de febrero de 2006 en la Conferencia de Guariligue no eran licencias falsas, sino que "eran provisorias", ya que se habrían entregado mientras se tramitaban las oficiales-

Respecto de este punto no podemos pasar por alto que la "Comisión Córdova" olvida que los documentos dicen: “licencia de enseñanza media”
Por su parte, la "Comisión Córdova" olvida que en ninguna parte de los documentos dice licencia provisoria.
También la "Comisión Córdova" olvida el discurso pronunciado por don Eliseo Caro en la ceremonia de graduación, en el que señaló que se trataba de licencias de enseñanza media y que con estas licencias podían postula e ingresar a la Universidad.-
Además la "Comisión Córdova" pasa por alto la fotografía grupal de todos los graduados mostrando sus licencias de enseñanza media y en la que aparecen entregándolas el superintendente Eduardo Valencia, el pastor presbítero Eliseo Caro y el pastor diacono Julio Herrera.-
Y finalmente la "Comisión Córdova" deja en el olvido que todos los pastores conocen perfectamente lo ocurrido en esa ceremonia al interior del Templo de Guariligue.

4.- El pastor Córdova afirmo que las licencias de enseñaza media entregadas en octubre de 2007 en el Estudio Bíblico de Chillán, ya no están prohibidas por la autoridad de educación y que por lo tanto son licencias de enseñanza media legales.-
La "Comisión Córdova" no mencionó frente al pastorado las graves irregularidades de este proceso de validación conocidas por todos, y que existe un sumario administrativo en la Secretaría Ministerial donde se están investigando estas irregularidades, cuyo dictamen se encuentra pendiente.-

5- El pastor Córdova mencionó ante toda la Asamblea de Pastores que el Superintendente recibió del pastor Julio Herrera la suma de $ 10.000.000- (¿¿¿diez millones de pesos!!!) del dinero de los postulantes y que lo habría destinado a la obra del Señor.
Frente a esto, la pregunta que debemos formularnos es la siguiente: ¿Es lícito que el Superintendente haya recibido $ 10.000.000- del dinero de los postulantes?

6-. Por su parte las fuentes señaladas por el pastor Córdova para elaborar su informe no son las autoridades del Ministerio de Educación ni de la Fiscalía, sino que los Directores de los Colegios y funcionarios de rango menor del Ministerio de Educación. Puesto que parece que se busca solo una parte de la verdad, la que pueda favorecer a los responsables del fiasco.

7.- El pastor Córdova señaló que en base a sus antecedentes no habría responsabilidad de ningún pastor, salvo que Julio Herrera tendría que aclarar el asunto del Informe social.
La "Comisión Córdova" no hizo ver que en virtud de este informe social falso presentado por Julio Herrera a la Dirección Provincial de Educación, se evadieron $ 16.000.000 (diez y seis millones de pesos) que no se pagaron al Ministerio de Educación.

8- Finalmente, el pastor Córdova reconoció que está pendiente la resolución de la Fiscalía de Colina-


Una vez terminada su intervención, Córdova se dio un abrazo con el Superintendente, dando a entender que el trabajo de la Comisión había concluido y el Superintendente señaló que todo estaba solucionado y que solo quedaban algunos detalles.-

En síntesis, estos fueron los planteamientos más relevantes del informe de la Comisión encabezada por el pastor Aldo Córdova, quien olvidó muchos antecedentes, con el evidente propósito de realizar una defensa indebida de los responsables del fiasco y los delitos cometidos por medio de este, llegando a sostener que las licencias de Guariligue no eran falsas sino que provisorias y que el Superintendente podía efectivamente recibir de Julio Herrera $ 10.000.000- del dinero de los postulantes, sin recibir ningún tipo de sanción por este acto, amparándose en la obra del Señor-.

Una vez más pensamos, que la Iglesia ha desperdiciado una (tal vez la ultima) gran oportunidad de aclarar los ehcos que tuvieron como víctimas a numerosos MIEMBROS DE LA GREY DE DIOS, y de pastores y sus cónyuges.

Esto es lamentable, no tenemos mas comentarios.


EDITORES IEPCORRUPTA.

ARTICULO SOBRE LOS FALSOS 100 AÑOS DE LA IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL.

AVISO IMPORTANTE: Producto de que la información emanada de las ultimas Conferencias debe ser debidamente procesada y ordenada, para no incurrir en errores que luego se deban enmendar, es que tardaremos un momento en publicar el artículo referente a los cambios y acuerdos de importancia, y la opinión que nos merecen los mismos (sobre todo los referente a hechos de corrupción que han afectado a nuestra iglesia) tomados en el evento antes referido.
Por lo anterior, rogamos a nuestros lectores tener un poco de paciencia, pues dentro de corto plazo publicaremos el artículo en cuestión.


EDITORES IEPCORRUPTA.


REFLEXIONES SOBRE LAS CELEBRACIONES DEL FALSO CENTENARIO DE LA IEP.

o

Reconociendo el verdadero origen de la

Iglesia Evangélica Pentecostal.

I: Introducción.

Es un lugar común dentro de nuestra hermandad y de nuestros pastores, el pensar y sostener que la institución llamada Iglesia Evangélica Pentecostal, surgió en el lejano año 1909, y que por ende esta pronto a cumplir 100 años. Nada más alejado de la realidad.

También, suele afirmarse que en una época existió en nuestro país una gran Iglesia Pentecostal, de la cual se separaron en una lejana época la que hoy es la Iglesia Metodista Pentecostal (o Iglesia de Jotabeche como muchos la llaman), y la Iglesia Evangélica Pentecostal (o segunda Iglesia como los hermanos de la IMP nos llaman). Las versión sobre las razones de la separación de una y otra iglesia, dependen de quien cuente la versión.

Los hermanos de la IEP, suelen afirmar que un ambiciosos pastor llamado Manuel Umaña (primer Obispo IMP), “usurpó” indebidamente el poder, y que desconoció la autoridad del Rvdo. Hoover, llevando adelante una serie de maquinaciones tendientes realizar un “golpe de poder” que lo pusiera en el cargo de Superintendente. Agregan los seguidores de esta versión, que ante la lamentable situación, y luego de un prolongado litigio, se acordó la separación quedándose Umaña con el nombre originario de la iglesia, y los seguidores de Hoover, se quedaron con sus templos, los cuales luego fueron la Iglesia Evangélica Pentecostal. En esta versión, los actuales IMP se separaron de la verdadera autoridad que era Hoover, y por ende, al ser este el iniciador del avivamiento pentecostal, la IEP es la actual portadora de la “tradición pentecostal”, o por lo menos es su corriente principal.

Por otro lado, los hermanos de la IMP, sustentan una versión completamente distinta, afirman que quien provocó el quiebre institucional fueron los seguidores de Hoover, quienes, no respetaron los estatutos vigentes, primero al no someterse el mismo Hoover a un Tribunal Eclesiástico de Presbíteros que lo juzgó y condeno por actos pecaminosos de índole sexual contra la juventud de su iglesia, y luego al no someterse a la Conferencia de la Iglesia. Para esta versión la IMP por su nombre, y por estatutos, es la verdadera depositaria de la “tradición pentecostal chilena”.

Existe una tercera versión, que podríamos llamar más light, o deshuesada, en la cual se deja de lado todo conflicto grave, y se dice que la separación surgió de un desacuerdo en los usos de las iglesias, sobre todo, en la forma de realizar el canto congregacional y coral, en el sentido que algunos gustaban de los instrumentos musicales, y otros no. Los primeros se quedaron como IMP y los segundo como IEP, esta es la versión mas popular, sobre todo entre el “pueblo llano” de ambas iglesia.

II: La Iglesia Metodista Pentecostal y la Iglesia Evangélica Pentecostal, la división entre Umañistas y Hooverianos,

Despejado lo anterior, analicemos con mente fría, sin sentimentalismos -sin sustento racional-, sobre la base de evidencias documentales, lo que ocurrió y provocó el efectivo nacimiento de nuestra iglesia, y la gran separación del pentecostalismo chileno.

Como se sabe, el pentecostalismo chileno, surgió del quiebre que el pastor de nacionalidad norteamericana de la Iglesia Metodista Episcopal Willis C. Hoover tuvo con referida iglesia en razón de una serie de experiencias nuevas que eran rechazadas por dicha institución eclesiásticas, y que hoy suelen denominarse “manifestaciones del Espíritu Santo”, o simplemente “manifestaciones del Señor”. Esta historia se encuentra detalladamente descrita en el llamado “Libro del Avivamiento” escrito por el Rvdo. Hoover, en el cual este relata todo el proceso antes descrito (para una mejor comprensión del presente artículo se recomienda leer los primeros artículos del referido libro).

Ahora bien, una vez consumado el quiebre “institucional” entre Hoover –pastor de Valparaíso- y la Iglesia Metodista Episcopal, otro tanto ocurriría en Santiago con las congregaciones de dicha iglesia en la capital. En efecto, La llamada Primera Iglesia Metodista Episcopal (hoy Jotabeche) y la Segunda Iglesia Metodista Episcopal (hoy Sargento Aldea), por medio de sus respectivos líderes “invitaron” al Pastor Hoover a que fuera su Superintendente, puesto que era el único que contaba con la ordenación de pastor y que además ejercía dicho cargo –el de Superintendente- al interior de la Iglesia Metodista Episcopal.(aunque se debe tener presente que el Superintendente dentro de aquella iglesia era mas o menos parecido a lo que hoy nosotros conocemos como jefe de zona).

Sin embargo, debe recordarse que durante los primeros años, era bastante complicado institucionalizar con persona jurídica una iglesia disidente a la Católica, toda vez, que en Chile aún no existía libertad religiosa, puesto que el Estado era un Estado Confesional (es decir, que se declaraba constitucionalmente Católico). Por lo mismo, la primitiva organización fue bastante irregular, y solo se sustentó en una relación igualitaria entre los distintos pastores que fueron surgiendo de la que desde el comienzo del quiebre se autodesignó Iglesia Metodista Pentecostal.

En este orden de cosas, el Pastor Hoover, tenía que ser ratificado anualmente en su cargo de Superintendente por la Conferencia de Pastores y apoderados y luego cuando se pudo obtener la primera personalidad jurídica, esta situación de ratificación del cargo se mantuvo, y debía hacerse por la asociación de apoderados de la Iglesia Metodista Pentecostal (cuyo primeros estatutos datan del año1929).

Como se puede ver, la situación del Superintendente Hoover, desde 1909 hasta el quiebre con Umaña, era una situación bastante distinta de la que actualmente mantienen nuestro Superintendente, pues el primero, no era vitalicio, sino que tenía una duración anual (sin perjuicio de poder ser reelegido indefinidamente), y además debía pastorear su propia iglesia (la de Valparaíso), y en todo su obrar debía obediencia a lo ordenado por la Conferencia de Pastores, apoderados y delegados de la iglesia.

Sin embargo, con el avanzar del tiempo, el Pastor Hoover, avanzado de edad, comenzó a delegar sus funciones en las figuras de los "ayudantes de Superintendente", los cuales eran los pastores históricos de Santiago, Víctor Pavez –Sargento Aldea- y Manuel Umaña -Jotabeche-. Y es aquí donde la historia de la iglesia, comienza a teñirse de elementos bastantes oscuros que terminaran en el tristemente famoso “cisma de los treinta”.

Ahora bien, ¿Cuáles son los orígenes verdaderos de dicho cisma?, con mente despejada analicemos la evidencia documental histórica que se nos presentan a la vista.

Pero antes de eso, dejemos en claro una serie de puntos que no admiten discusión alguna

La Iglesia Evangélica Pentecostal, como institución, y más específicamente, como Corporación de Derecho Privado adquirió su personalidad jurídica por Decreto Supremo Nº 2424 de junio del año 1940.

La Iglesia Evangélica Pentecostal, en consonancia con lo anterior se originó como organización por un apartamiento, desde el seno de la Iglesia Metodista Pentecostal en la Conferencia de esta del año 1933, debido a un “movimiento separatista” encabezado por el pastor Willis Hoover, quien se desvinculo de dicha misión junto a un grupo de pastores disidentes fieles a él.

Ahora surge una nueva pregunta ¿Cuál fue el motivo de estos pastores para separarse? Y la respuesta, que para muchos es desconocida, es la que queremos hoy junto a nuestros lectores analizar.

Para responder a la pregunta antes formulada, debemos retrotraernos al mes de noviembre de 1932, año en el cual nos encontramos con un anciano pastor Hoover siendo juzgado por un Tribunal Eclesiástico de Presbíteros de la Iglesia que se constituyó en Valparaíso, para juzgar a dicho pastor de actos inmorales de carácter sexual realizados en contra de la juventud. El Tribunal antes descrito finalmente fallo el caso contra el Pastor Hoover de la siguiente manera.

EL ACTA DEL TRIBUNAL ES LA SIGUIENTE:

“El Jurado nombrado para ver el caso de acusación en contra del Pastor Willis C Hoover, constituido en Valparaíso, el 1° de Noviembre de 1932, y designado por el Pastor Hoover, compuesto por los siguientes hermanos: Víctor Gatica, Guillermo Castillo, Oraldo Rojas, Benjamín Hernández, Julio Rodríguez y Manuel Umaña, Superintendente por indicación y presentación del Pastor Hoover para actuar en su caso y, además, fue presentado a la Junta de Oficiales de la Iglesia con esta designación.

Constituidos estos hermanos para oír los testigos de estas acusaciones vistas y oídas en contra del Pastor Hoover, después de oír los numerosos cargos hechos verbalmente y careados con el acusado como ha quedado constancia en las actas.

Por consiguiente, el Tribunal se constituyó en estudio del sumario en todas sus partes, llegando al acuerdo unánime que hubo pecado en las tocaciones y motivo de perversión de la juventud, y por estas causas anteriormente anotadas, queda imposibilitado de servir como ministro de Dios, porque estas actividades de que se le acusa están condenadas por la Santa Palabra de Dios, que es nuestra guía para conducir nuestros pasos al cielo.

La comisión de Pastores, por acuerdo unánime, pide que el Pastor de la Iglesia Willis C.Hoover haga una confesión a la Iglesia en una reunión pública esclareciendo y reconociendo sus faltas de que es acusado y presente la renuncia de su cargo pastoral.

Que el Presidente de la Comisión de Pastores declare a la Iglesia que se pronuncie si su Pastor debe continuar siéndolo en lo sucesivo. Cuya declaración el Presidente no alcanzó a hacer, por haberse adelantado la congregación, lo que dejó de manifiesto que la Congregación estaba preparada de antemano para esta petición, ocasionando esto un gran desorden.

Por lo tanto, acuerda este Tribunal separarle de su puesto.

Presentamos estos fallos a la Conferencia Anual de Pastores, en cumplimiento de nuestro deber y en beneficio de la obra en general.

Firman:-Julio Rodríguez G-Domingo Taucán-Oraldo Rojas-Benjamín Hernández-Manuel Umaña.

Nota.- Dejamos constancia que falta un miembro, G.Castillo, por estar enfermo.

___________

Los señores Oraldo Rojas, Benjamín Hernández, Domingo Taucan y Manuel Umaña reconocieron ante mi como suyas las firmas del presente documento.-Santiago, 24 de Noviembre de 1932.-Los comparecientes reconocieron además la firma de Don Julio Rodríguez y declararon era auténtica.-Vale.

Fdo.-Luis Azocar: Hay un timbre de la Notaría de don Luis Azócar Alvarez.”

(El Acta transcrita precedentemente fue tomada de la Revista Chile Pentecostal, correspondiente a los meses de junio-julio del año 1935, órgano oficial del la Iglesia Metodista Pentecostal).

Por su parte, la Revista Fuego de Pentecostés Nº 56, órgano oficial del grupo de pastores leales al superintendente Willis Hoover, correspondiente al mes de mayo del año 1933, publicó lo siguiente:

“NOSOTROS, LOS QUE FIRMAMOS, MIEMBROS DE LA CONFERENCIA DE LA IGLESIA METODISTA PENTECOSTAL, Y DE LA ASOCIACIÓN DE LOS APODERADOS DE LA IGLESIA DE LA IGLESIA METODISTA PENTECOSTAL. HACEMOS LA SIGUIENTE DECLARACIÓN:

Por cuanto nuestro Superintendente, el Pastor de la Iglesia en Valparaíso. W.C. Hoover, habiendo sido procesado por un tribunal de Presbíteros en Valparaíso, en los días 17, 18 de Noviembre de 1932, compuesto de los Presbíteros Manuel Umaña, Guillermo Castillo, Víctor Gatica, Oraldo Rojas, Julio Rodríguez y Benjamín Hernández, presidido por Manuel Umaña, quien era ayudante de Superintendente en 1932 según acuerdo de la Conferencia de Rancagua de 1929, y fue designado por el Superintendente para actuar en el proceso como superintendente, y ,

Por cuanto dicho tribunal falló el día 18 de Noviembre de 1932 y el Pastor cumplió este fallo en la presencia del Tribunal el día 20 de Noviembre, aún sin ser firmado el fallo; y por cuanto consideramos que dicho cumplimiento de FALLO FINAL DEL ASUNTO constituye el completo término del proceso contra el Pastor W.C Hoover.”

Por tanto, DECLARAMOS que el Pastor W.C Hoover es siempre Pastor de la Iglesia en Valparaíso, como fue declarado por el Presidente del Tribunal que actuó en su caso, Superintendente nuestro, y lo reconocemos como tal. Y

Por cuanto el ayudante de Superintendente alterna entre Víctor Pavez y Manuel Umaña anualmente, por acuerdo de la Conferencia tomado en Rancagua, y en el año de 1933 corresponde al Pastor Víctor Pavez.

Por tanto, DECLARAMOS que Víctor Pavez es Ayudante de Superintendente y le reconocemos como tal. Y

Por cuanto, en la Conferencia Anual, celebrada en la Iglesia de Jotabeche en los días 18-23 de enero, un bloc de miembros, 11 en número, obraron en atropello de toda justicia, cometiendo incorrecciones insoportables , y por causa de estas incorrecciones el Secretario se negó de firmar las Actas de la Conferencia,

Por tanto, DESCONOCEMOS todo acto de dicha Conferencia, y de consiguiente desconocemos su autoridad, especialmente en relación a la Iglesia de Valparaíso, y de su Pastor.

(Firmados): Víctor Gatica, Jose Toro, Samuel Urrutia, Onofre Becerra, Juan Duran, Julio Zumaeta, Víctor Pavez Toro, Guillermo Castillo, Anibal Vilches.

Se adhieren a estos acuerdos aunque no estuvieron presentes en Valparaíso y firman la presente los Pastores Eleodoro Tapia y Carlos Sandoval.”

De la evidencia presentada nótese que la separación surgió, no solo de una pugna de poder, sino también de un incumplimiento de la resolución emitida por un Tribunal Eclesiástico de la Iglesia, así las cosas, la Iglesia Evangélica Pentecostal debe reconocer que su verdadero origen surgió de una separación, y que esa separación estuvo vinculada a hechos bastantes complicados de pugnas no espirutales, sino bastantes mundanas.

Así los que nos paramos frente a l situación del Pastor Hoover nos encontramos ante una gran paradoja hostórica, puesto que podemos concluir; o que el pastor Hoover verdaderamente cometió los graves hechos de que se le acusa, o fue juzgado injustamente por un Tribunal que respondía solo a intereses de cúpula de poder (tal cual como actúa hoy la cúpula de nuestra iglesia).

Pero con todo, mas allá de la posición que tomemos, debemos reflexionar que si bien debemos respetar a los pastores que nos presidieron en el pasado, estos son seres humanos falibles con sus virtudes y defectos y no semi-dioses, que deben ser objeto de nuestra idolatría (se dice por parte de otras iglesias que nosotros adoramos a Dios al Pastor Hoover, y a nuestros Templos); y debemos darnos cuenta que somos aún una iglesia joven, una iglesia pequeña, con apenas 68 años de trayectoria, y que como veremos, no debemos hacer una ostentación vergonzosa por un centenario que no existe, y cuyas falsas celebraciones tienen solo por finalidad engrandecer a los hombres y no a Dios.

III: El falso centenario de la IEP, consideración crítica de las razones "políticas de la celebración".

Visto todo lo anterior, podemos concluir que las celebraciones de los 100 años de la iglesia es UNA VIL Y MAQUINADA MENTIRA, pues la Iglesia Evangélica Pentecostal ni siquiera se imaginaba que existiría en 1909.

Además existe la errada visión de atribuir un movimiento de carácter espiritual a un solo hombre. Se debe recordar que el Espíritu Santo es quien guía a su iglesia, y que su obra dentro de la misma ha estado siempre presente desde la fundación de la Iglesia cristiana.

Luego, existe otra errónea idea, que es que el pentecostalismo es un movimiento aislado y solo chileno, siendo que este movimiento, no ocurrió en 1909, sino que se ingresó a Chile en 1903, y es una repercusión de una serie de movimientos pentecostales ocurridos en Estadios Unidos, en India e inclusive en naciones asiáticas del lejano oriente (leer el Libro del Avivamiento).

Entonces se debe reafirmar que el movimiento pentecostal no puede ser encasillado en el año 1909, sino que responde a un movimiento que surge a finales del siglo 19, y que en nuestra opinión no tiene año ni fecha, pues el Espíritu Santo, no descendió en 1909, sino que siempre ha estado al lado de la Iglesia de Cristo.

Ahora bien, porque tanta pompa y tanta expectación por parte de la cúpula corrupta de la iglesia por celebrar los falsos 100 años.

La respuesta salta a la vista, existen detrás de estas celebraciones, razones políticas de auto reafirmación del poder. Reafirmación que siempre esta presente en las celebraciones masivas, sobre todo si acompaña a estas un pueblo carente de toda critica, como ocurrió en su momento en la Alemania de Hitler en la cual se dieron con bastante ocurrencia estas celebraciones apoteósicas que Sigmund Freud llamó “masturbación política” –refiriéndose a las pomposas concentraciones y celebraciones Nazis de Nuremberg-.

Por lo mismo, podemos concluir, que en Valparaíso, lo que presenciaremos, será un pintoresco desfile de narcisismo institucional. En la cual, colgándose de las gigantografías y de la memoria del Pastor Hoover, nuestros actuales dirigentes procuraran narcotizarse con los vapores de la pleitesía, del agasajo, y de la vacía autocomplacencia.

En Valparaíso, si aún no hay resultados de los juicios penales, se hará cuenta que no existe gente estafada por las propias autoridades de la iglesia, que no existe casos de corrupción, que todo marcha bien. Los presbíteros saludaran a su Superintendente, y dirán en su fuero interno, ojala se muera y quede yo como Superintendente, o ojala no me saquen de mi rica iglesia, y seguirá nuestra lamentable historia, por el carril que la historia nos ha mostrado; una iglesia que no le interesa nada más que el auto complacerse en un centenario que no cumple, en una intachabilidad y respeto que las actuales autoridades le quitaron y en un éxito espiritual con el que ya no cuenta.

Así que antes de despedirnos, queremos desde ya desear a nuestra amada Iglesia Evangélica Pentecostal un feliz cumpleaños número 68 (eso si contamos desde la personalidad jurídica Nº 24/24 del año 1940).

Bibliografía:

Revista Chile Pentecostal de Junio- Julio de 1935-

Revista Fuego de Pentecostés Nº 56 de mayo de 1933 y Nº 79 de abril de 1935.-

El Fuego y la Nieve de Luís Orellana U.

Historia del Avivamiento Pentecostal en Chile. Willis C. Hoover.

(MAS ABAJO PUEDE UD. APRECIAR LA EVIDENCIA DOCUMENTAL EN QUE FUNDAMENTAMOS EL PRESENTE ARTICULO, CON IMAGENES DE CHILE PENTECOSTAL Y DEL FUEGO DE PENTECOSTES ANTES CITADOS).

EDITORES IEPCORRUPTA.


EL DESEO DE ESTE GRUPO EDITORIAL:

QUE LA IGLESIA SEA REFORMADA CONFORME AL MOLDE DE LAS SAGRADAS ESCRITURAS, Y SIN ESPACIO ALGUNO PARA LA CORRUPCIÓN ESPIRITUAL NI MATERIAL.

Revista Observatorio IEP

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