"JUEGOS DE TRONOS" Y SUCESIÓN EN LA SUPERINTENDENCIA; CUANDO TODO VALE PARA LLEGAR A SER SUPERINTENDENTE











Preguntas previas:
Como se ha podido ver en el Foro, y como nosotros hemos comprobado, a través de nuestras numerosas fuentes, ha surgido la noticia de que se estaría preparando una sucesión en el cargo de Superintendente. En este sentido, el Sr. Valencia pasaría a ser pastor honorario, y nombraría en dicha función al pastor que preside hoy la comisión de disciplina, el Pastor Presbítero Daniel Sepúlveda.

Esto hace surgir las siguientes interrogantes.

¿Es bueno que el Sr. Valencia deje su cargo de Superintendente?
Por supuesto.

¿Es bueno que el Sr. Valencia nombre su sucesor, conforme a su unilateral voluntad?
De ninguna manera. Pues no tiene autoridad moral para hacerlo, y porque esto es contrario a estatutos.

¿Por qué quiere obrar de esta manera el Sr. Valencia?
Se sabe acorralado, ha perdido autoridad por amparar la corrupción, el nepotismo y el abuso. Los que le apoyaban (por interés o por ingenuidad), ahora ya no le apoyan. Si logra nombrar a su sucesor, puede asegurarse impunidad, y de paso, darle, un último golpe a sus adversarios.

Profundicemos en cada una de estas interrogantes, en lo que sigue del presente artículo, y concluiremos que lo mejor para la Iglesia, es que haya cambio en el poder superior, pero que en este cambio, no incida el actual Superintendente.

1-. La primera pregunta

¿Es bueno que el Sr. Valencia deje su cargo de Superintendente?
Por supuesto.

No se puede ocultar que hoy la IEP vive una crisis profunda. Esta crisis ha sido el producto de años de malas prácticas (nepotismo, amiguismo, abuso), falta de control y transparencia, en la cual todos (si todos), la complaciente y pasiva hermandad, y los ingenuos, cómodos, serviles, y abusivos (algunos comparten sólo algunos de estos adjetivos, algunos todos) pastores han contribuido. No cabe duda que en ambos estamentos ha habido gente que se ha opuesto a este nefasto sistema, pero han sido marginales y sólo son una excepción en la regla general de desidia.

Ahora bien, todo sistema social u organización, tiene un responsable por la formación de la voluntad colectiva que hace funcionar las dinámicas del referido sistema organizativo. En consideración, que en la IEP prima una visión de “jerarquía vertical”, y la doctrina de obediencia absoluta al superior, el primer responsable porqué el sistema no adopte dinámicas corruptas en su funcionamiento es quien se encuentra a la cabeza del ejercicio del poder. Dicho con otras palabras, si bien es cierto que el Superintendente actual puede haber sido; mal asesorado, o derechamente haber ido manipulado, eso no quita su responsabilidad eclesiástica y jurídica por el mando, pues siempre ha tenido deberes de vigilancia, custodia y de garantía, que son ineludibles espiritualmente y jurídicamente en razón de su alto cargo y de sus supremas atribuciones.

En conclusión, como la nefasta reforma del año 2000, el estatuto de la Iglesia concentró todo el poder en la figura del Superintendente (sobre por qué lo llamamos nefasto leer) http://iepcorrupta.blogspot.de/2013/02/el-problema-no-es-el-pastor.html

Y como esta reforma fue en contra de años de tradición, en los cuales la IEP, como corporación (persona jurídica) de Derecho Privado bajo el imperio de los estatutos 2424 mantuvo una división de poderes espirituales (Superintendente y Cuerpo de Presbíteros), administrativo (Presidente de la Corporación y directorio), y en los cuales toda la hermandad en pena comunión era miembro de la iglesia (no como hoy que lo son sólo los pastores), y donde la Conferencia Internacional de Pastores y hermanos delegados era la “autoridad máxima de la iglesia” (sobre esto leer http://iepcorrupta.blogspot.de/2007/03/1-parte-los-estatutos-de-la-persona.html

Entonces no nos queda mas que concluir, que si la iglesia quiere iniciar un cambio de rumbo, debe partir por que el Sr. Valencia haga abandono de su cargo, pues él ha sido la persona que impulsó la concentración del poder sin control y transparencia, y amparó la corrupción (sin perjuicio de la responsabilidad de coautores, y cómplices). Sólo así podrá someter a una reforma la institución

2-. La segunda pregunta
¿Es bueno que el Sr. Valencia nombre su sucesor, conforme a su unilateral voluntad?
De ninguna manera. Pues no tiene autoridad moral para hacerlo, y porque esto es contrario a estatutos.

Ya ahondamos, que el Pastor Valencia no tiene autoridad moral para nombrar a su sucesor. Amparó el nepotismo, el amiguismo y la corrupción, formó parte de ella, y ha desprestigiado a la Iglesia y a él mismo.

Pero lo importante, es que tampoco puede hacerlo, porque los estatutos no se lo permiten.                          
  
   El artículo 21 del estatuto de la Iglesia Evangélica Pentecostal, establece actualmente que el superintendente puede nombrar a su sucesor mediante testamento cerrado, lo cual, debemos señalar, no estaba contemplado en el artículo original aprobado por el Cuerpo de Presbíteros y la Conferencia Internacional de pastores del año 2000, debido que éste fue agregado por el Superintendente Valencia y por su abogado Raúl Romero (solos) en una Notaría de San Miguel, sin estar facultados para ellos y sin consultar al Cuerpo de Presbíteros ni a la Conferencia como corresponde en Derecho.
      Esta grave acusación quedará demostrado con lo que se expondrá, y con los documentos que anteceden.

1.- Los estatutos aprobados en el Acta de Asamblea Constitutiva de fecha 11 de agosto de 2000 (ver documentos), suscrita por el Cuerpo de Presbíteros y la Conferencia de pastores, que dio origen a la Iglesia Evangélica Pentecostal, como persona jurídica de Derecho Público, reducida a escritura pública, el 14 de agosto de 2000 ante el Notario de Santiago, don Luis Poza Maldonado establece.
El Artículo 21 de esta acta disponía lo siguiente: “El cargo de superintendente será vitalicio y, en caso de vacancia, será designado por el Cuerpo de Presbíteros, en una sesión citada especialmente para estos efectos. El Superintendente podrá sugerir en vida su sucesor. “

2.- El Ministerio de Justicia mediante la Providencia 8794 (ver documento), de fecha 17 de noviembre del año 2000 formuló algunas observaciones a los estatutos, entre otras, la señalada en el número 4 de dicho documento: “Al artículo 21, se debe complementar señalando el tiempo que debe transcurrir para considerar vacante el cargo de Superintendente.”.

3.- Por Escritura Pública de Modificación del Acta Constitutiva, otorgada por el Superintendente Eduardo Valencia y por el abogado Raúl Romero (ver documento), el 27 de diciembre de 2000, en la Notaría de La Cisterna, de don Andrés Rodríguez Cruchaga, y en consideración a la observación formulada en la Providencia 8794, excediendo todos sus poderes (estaban autorizados para subsanar vicios no para modificar el contenido de los artículos) proceden a modificar el artículo 21 original y se sustituye por la actual redacción, que es la siguiente:

Artículo 21: “El cargo de Superintendente será vitalicio y, en caso de vacancia, será ungido como tal el pastor presbítero a quien el Superintendente en funciones designe como sucesor, por testamento cerrado.  En dicho instrumento podrá nombrar uno o más reemplazantes, para el caso de que el presbítero designado no pueda o no quiera asumir el cargo. El pastor presbítero designado para ejercer el cargo de Superintendente no podrá estar sujeto a medida disciplinaria alguna, de conformidad a los artículos décimo tercero y décimo cuarto.  Si el Superintendente no designa en vida su sucesor, éste será nominado en sesión extraordinaria del Cuerpo de Presbíteros, dentro de los diez días siguientes de producida la vacancia del cargo.  En esta reunión cada asistente votará, en secreto, por un solo pastor presbítero, proclamándose elegido Superintendente al que en una misma y única votación resulte con un mayor número de votos. La sesión extraordinaria del cuerpo de presbíteros deberá celebrarse con la presencia de un Notario, quien certificará el cumplimiento de todos los requisitos y formalidades necesarios para proceder a la elección y levantará acta de todo lo obrado.”

4.- Al respecto, cabe señalar que, la providencia 8794 de fecha 17 de noviembre del año 2000, no facultaba a don Eduardo Valencia y a su abogado, para “modificar” el artículo 21 del estatuto, esto en buen chileno es una “avivada” de ambos.
La providencia ministerial ordenaba incluir un plazo para la vacancia, y no cambiar el sentido de todo el artículo, en cuanto a permitir al superintendente designar a su sucesor mediante testamento cerrado.
Este cambio del estatuto fue realizado en una Notaría de la comuna de La Cisterna, sin estar facultados para ello, a puertas cerradas, sin asamblea previa, y sin conocimiento del Cuerpo de Presbíteros, tal como varios de ellos lo han manifestado, pasando a llevar al Cuerpo de Presbíteros (sobre esto ver http://iepcorrupta.blogspot.de/2011/01/denunciamos-ante-la-opinion-publica.html  
Por lo cual, la facultad de nombrar un superintendente por testamento (en vida o para después de su muerte) es un invento del don Eduardo Valencia, que lo hizo sin estar facultado para ello y sin conocimiento del Cuerpo de Presbíteros.

Por estas razones, una eventual designación hecha por don Eduardo Valencia deberá ser desconocida, ya que la Unción del Espíritu Santo de Dios no puede reposar sobre una persona que ha sido nombrada con astucia, fuera de la ley y sin consultar al Cuerpo de Presbíteros.

La Iglesia Evangélica Pentecostal no es un bien que se pueda heredar, como parte del patrimonio de una persona, ni puede ser objeto de una declaración como parte de sus derechos. Esta desnaturalización del testamento es anulable ante cualquier tribunal civil por medio de la acción de nulidad correspondiente, cuando se quiera abrir el referido testamento.

Se debe tener presente, que conforme informan nuestras fuentes, el Cuerpo de Presbíteros esta al atanto de esto, y el desconocimiento del nombramiento de un sucesor será hecho a nivel interno, por el propio Cuerpo de Presbíteros, como a nivel de la justicia si fuese necesario en caso que el Superintendente siga adelante con esta idea.  

CONCLUSIÓN: Al no ser el nombramiento de sucesor, más que una mera “sugerencia”, o el sistema de testamento un medio inválido, una vez vacante el cargo de acuerdo a los estatutos legalmente aprobados por la iglesia (Conferencia y Cuerpo de Presbítero), se debe proceder necesariamente a una elección, en la que todos los presbíteros sean candidatos y elijan al sucesor, ante la presencia de un Notario Público, quien deberá actuar como ministro de fe. 

       3-. La tercera pregunta.
¿Por qué quiere obrar de esta manera el Sr. Valencia?
Se sabe acorralado, ha perdido autoridad por amparar la corrupción, el nepotismo y el abuso. Los que le apoyaban (por interés o por ingenuidad), ahora ya no le apoyan. Si logra nombrar a su sucesor, puede asegurarse impunidad, y de paso, darle, un último golpe a sus adversarios.

         En este sentido, debemos decir, que no tenemos nada contra el pastor Sepúlveda, es más, nos parece un pastor de buen testimonio, y su obrar hasta la reunión de Presbíteros en que se invitó al Superintendente a explicar los dineros sacados en la imprenta ha sido óptima.
     El único pero, es que ha pretendido ejercer una autoridad que no tiene. Pues la figura de “Ayudante del Superintendente” no existe en los estatutos. Para, ayudarle en la administración del consorcio de la iglesia existe un Directorio Ejecutivo (con presidente y demás miembros), para ejercer funciones espirituales y de control de la iglesia, existe el Cuerpo de Presbíteros (autoridad máxima junto al Superintendente).
        Si de verdad, el referido pastor desea la reforma, debe seguir en el buen camino de realizar auditorías a todos los estados financieros del consorcio IEP, y a la misma Superintendencia, y ejercer las atribuciones que el estatuto le da a la comisión de disciplina que preside.
      No debe pretender dirigir sus esfuerzos de investigación sólo contra una parte de los que se suponen responsables (los ex asesores del Sr. Valencia), y dejar fuera al “gran responsable” (el Sr. Valencia). En otras palabras, no puede pasar por alto que el Superintendente Valencia no está por sobre los estatutos y puede ser sometido asimismo a disciplina.
         Pero tampoco, y esto es muy importante, no puede pretender el Pastor Sepúlveda, llegar a ser considerado el “sucesor” sobre la base de pactos de impunidad con la actual dirigencia. Negociar poder a cambio de hacer la vista gorda es reproducir la corrupción.
         La medida más sana, siempre será la transparencia absoluta, de todos los estados financieros (publicados abiertamente por internet y el fuego), y luego ver quien ha defraudado y se ha apropiado de bienes de la iglesia y quiénes no.
         Antes de jugar su propio juego de tronos, debe dirigir sus esfuerzos a buscar las raíces de la corrupción y falta de transparencia del sistema, y unirse a todos los siervos de Dios, de recto corazón, que de buena fe, quieren acabar con la corrupción y hacer una profunda reforma de la iglesia.


        CONCLUSIÓN DEL PRESENTE ARTÍCULO.

Por todo lo anterior, el primer paso es desenredar la trenza de la lógica de los bandos, y la lucha de poder que ésta alienta en las altas esferas de la IEP. Para eso, la autoridad máxima de la IEP, el Cuerpo de Presbíteros, debe tomar el control de la iglesia, en conformidad al artículo 20 de los estatutos, y declarar abierto el periodo de reforma estructural de la Iglesia (6 meses).
En este periodo no se debe apurar en la elección de un Superintendente mientras no se desarme la concentración de poder de las actuales reglas vigentes. Para coordinar la reforma debería nombrarse un Presidente del Cuerpo de Presbíteros "de consenso" (un anciano recto e intachable) como “encargado de la reforma”, con todas las atribuciones del Superintendente para llevar adelante los cambios en pro de la desconcentración de poder y la transparencia.
Luego de esto iniciar proceso de cambio de estatutos y reglamentos para implementar reforma. Aprobarlos en los Próximos Estudio Bíblicos, a los cuales se deberá citar a Conferencia Extraordinaria para aprobar las reformas.
El tercer paso será iniciar después de esto la formalización de la reforma ante el Ministerio de Justicia de Chile.
         Finalmente en las Conferencias del año 2015 debería estar implementado todo. Y sólo en este momento, nombrar Superintendente conforme a las nuevas normas reformadas.

Los Editores

NUEVA CRISIS IEP: ESTADOS FINANCIEROS NO TRANSPARENTES, DINEROS PERDIDOS, Y APROPIACIONES INDEBIDAS, UNA TRISTE REALIDAD DE LA IEP Y SU CONSORCIO QUE DEBE SER INVESTIGADA

Se dice que el amor al dinero es la raíz de todos los males, pero en una organización tan grande como lo es la IEP y su consorcio compuesto por la  Corporación Imprenta Eben Ezer, y la Fundación Willis C. Hoover -sostenedora de 2 escuelas particulares subvencionadas que cobran copago-, también, la falta de transparencia en el manejo del dinero es una fuente generadora de numerosos conflictos, aprovechamientos, abuso de confianza, y apropiaciones indebidas.

La Iglesia Evangélica vuelve a vivir una gran crisis, como la que vivió hace no mucho tiempo apropósito de una manejo poco transparente y fraudulento del proceso de entrega de licencias de enseñanza media a distintos hermanos y pastores

(sobre esto ver los siguientes links 

http://iepcorrupta.blogspot.de/2007/09/avanza-la-investigacin-de-la-fiscala-de.html 
y el sumario instruido por la SEREMI de educación en 
http://iepcorrupta.blogspot.de/2009/10/y.html 
también el reportaje periodístico en el cual el entonces SEREMI en el minuto 3:09 
http://www.youtube.com/watch?v=CdjA12IVRXs#t=188 
afirma que las motivaciones del fraude son económicas. Esta causa fue llevada ante los tribunales de justicia en lo criminal, pero el Fiscal del Ministerio Público hasta el día de hoy no ha formalizado por razones técnico legales, esto no significa que se han absuelto a los responsables).

Hoy la crisis amenaza con ser mucho peor, y más profunda, pues involucra millones de pesos de patrimonio IEP y su consorcio. Esta crisis se ha generado por una lamentable conjunción de factores: falta de transparencia con los estados financieros, descuido en los deberes de cuidado del patrimonio, y en algunos casos, derechamente, apropiaciones indebidas de bienes que de la iglesia. Además la crisis ha surgido entre las distintas esferas de poder que dirigen a la IEP.

En esta entrega abordaremos el caso de la turbia relación entre la Iglesia Evangélica Pentecostal y la Corporación Imprenta Eben Ezer, problema que amenaza con desencadenar un gran trance en los altos niveles IEP. Luego en artículos posteriores, con los antecedentes que hemos reunido se abordará a la fundación W.C. Hoover, para finalmente tratar en una tercera entrega los dineros de la Superintendencia

1-.       La IEP y su imprenta
Como todos saben, la IEP aún antes de constituirse a principio de siglo XXI en un Iglesia con personalidad  jurídica de Derecho Público, era una Corporación de Derecho Privado sin fines de lucro (N° 2424), esta desde la primera mitad del siglo XX fundó una imprenta, la Imprenta Eben Ezer, ésta imprenta para poder actuar jurídicamente fue organizada como Corporación sin fines de lucro dependiente en su momento de la Corporación de Derecho Privado Iglesia Evangélica Pentecostal N°2424, y luego con los cambios de estatuto pasó a depender de la Iglesia Evangélica Pentecostal personalidad jurídica de Derecho Público.
La Corporación Eben Ezer fue entregada, en cuanto a su administración y representación legal, siempre a un pastor de la confianza de Superintendente, el que además era nombrado por regla general Pastor presbítero de la iglesia en La Cisterna. Esa fue la historia del Pastor Alfredo Soto Pardo (bajo la Superintendencia del Pastor González), del Pastor Luis Humberto Oyanadel (bajo la Superintendencia del Pastor Silva), y hoy del Pastor Carlos González (bajo la Superintendencia del Pastor Valencia).

No es un secreto, que normalmente quien ha gobernado la Imprenta, ha reunido en torno a sí un gran poder dentro de la IEP, pues la imprenta es una de las “empresas” (lo decimos como unidad productora de manufactura que luego se vende) de la iglesia que más produce. Es de conocimiento público que una serie de productos que luego llena el “mercado cautivo” la hermanad IEP presente en cada iglesia, como himnarios, folletos, expositores, calendarios, y la Revista Oficial “El Fuego de Pentecostés”, mueven varios millones de pesos, y que en sí, la imprenta utiliza una gran capital en inversión, gestión, compra de insumos, ventas y… aquí hacemos un alto ¿entrega ganancias?!.

Como dijimos más arriba, la Imprenta Eben Ezer es un Corporación sin fines de lucro, por ende, TODO los dineros que reúna siempre por ley lo DEBE “reinvertir” para seguir cumpliendo con su misión no lucrativa. Así no DEBE entregar utilidades ni ganancias a NADIE, ni siquiera a la IEP (otra corporación sin fines de lucro), ni mucho menos a personas particulares, esto es, quien la administre (Representante Legal Eben Ezer), o quien mande a quien la administra (Superintendente IEP) o a cualquier otra persona.

Pues bien, es un secreto a voces que la Imprenta siempre ha sido un caldo de cultivo de conflictos, y normalmente la gente que sabe cómo funciona esta, sabe de numerosas historias de corruptela que se han tejido en sus talleres. Por todos es sabido, que es un botín ambicionado por no pocos pastores, presbíteros ansiosos de poder, y que en más de una ocasión ha sido ocupada como caja para cuadrar las cuentas del consorcio en general.

Ahora bien, no obstante lo anterior, hoy la Corporación Eben Ezer amenaza con ser la gota que rebalse el vaso, en cuanto a la corrupción presente al interior de la cúpula de la IEP, y que tal vez desgarre a la Iglesia económicamente, pero también en cuanto a su dirección

2-. La actual administración de la imprenta Eben-Ezer y el origen del conflicto
Cualquiera que conozca la realidad de la iglesia, no puede desconocer que la actual administración del representante legal del la Impenta, el Pastor Carlos González, ha invertido bastante dinero en mejoramiento de la infraestructura y modernización de la maquinaria de la imprenta, como asimismo en su gestión y mantenimiento de un equilibrio financiero que la mantuviese como una entidad viable.

Esto permitió en su momento poder desarrollar la capacidad de imprimir biblias, y otros libros de mayor sofisticación, como himnarios de partituras, entre otros, y hacer funcionar a Eben Ezer conforme a estándares de calidad bastante elevados.

Además para resguardar el cuantioso patrimonio invertido, se contrató una empresa de seguros que respondiese ante robos, incendios, catástrofes naturales y otros siniestros que pudiesen afectar la valiosa maquinaria y el capital invertido. La empresa de seguros, como lo haría cualquier empresa, exigió la colocación de cámaras de seguridad en todo el recinto de la imprenta, y aquí comenzó el conflicto.

Las cámaras comenzaron a captar como distintos personajes, que deben ser investigados en su momento no sólo por la iglesia, sino por los tribunales de justicia, realizaban acciones que pueden llegar a ser consideradas tentativas de algún ilícito. La cámaras dieron cuenta como eso mismos sujetos (que no conocemos), para evitar la vigilancia de las cámaras movían las mismas para que estas no grabaran. 

Link desde minuto 10:18, la cámara de seguridad es movida por un sujeto para ocultar lo que realiza en las dependencias de la Imprenta Eben Ezer, Corporación dependiente de la Corporación de Derecho Público Iglesia Evangélica Pentecostal

Link desde minuto 42:14, la misma conducta en dependencias de la Corporación Eben Ezer


3-. Los estados financieros de la Imprenta Eben Ezer
Las cámaras revelaron, que había irregularidades, pero el conflicto se profundizó aún más, cuando la ex contadora de la Corporación Imprenta Eben Ezer -quien de manera íntegra mantuvo bajo estándares de probidad los balances para la actual administración- descubrió una parte del aprovechamiento de algunos. Dio cuenta de esto a su superior, el Representante Legal de la Imprenta Eben Ezer, y con esto, la bomba explotó.

Y es que la Superintendencia intentaba ocupar la Corporación Eben Ezer como caja pagadora de “utilidades”. Se exigía desde la Iglesia IEP la entrega de cuantiosas sumas de dinero -quien sabe para qué- como un verdadero cheque en blanco, sin justificar si esos dineros  eran para ser reinvertidos (recuérdese que todas son personas jurídicas sin fines de lucro, no puede haber utilidades ni reparto de estas) o si iban destinado a patrimonios de terceros (todo esto igual debe ser investigado).

Uno de los males que hemos siempre denunciado por esta página, la falta de transparencia de estados financieros, balances y todo lo que se refiere a manejo de dineros, estaba generando un problema ya no sólo para la iglesia, sino para todos los que se aprovechan de esta falta de transparencia.

La actitud profesional de la ex contadora, y el respaldo del representante legal de la Imprenta, el Pastor Carlos González, evitaron en un primero momento que el traspaso ilegal de dineros se verificará, no obstante las constantes presiones por parte de la Superintendencia, sin embargo, éstas finalmente terminaron por lograr que se sacara a la contadora, y mermaron la posición política del representante legal de la imprenta.

Surge la pregunta, ¿se verificaron con esto los traspasos ilegales?

4-. La auditoría Sepúlveda   
Conocido es, que en el transcurso del pasado año 2013, el Superintendente Valencia con acuerdo del Cuerpo de Presbíteros decidieron instaurar la figura de un pastor ayudante del Superintendente. Este cargo (no existente en nuestros estatutos) recayó sobre los hombros del Pastor Sepúlveda (Presbítero de la Iglesia de Parral). Para muchos pastores y hermanos, el referido pastor ya se siente “sucesor” en la superintendencia. Sobre este tema, no nos queda mas que recordar la forma legal de elegir a un Superintendente, no se rigen de esta forma en los estatutos. Pero eso es otro tema, que en otra ocasión debe ser analizado  (sobre el particualar ver http://iepcorrupta.blogspot.de/2011/01/denunciamos-ante-la-opinion-publica.html )

No obstante lo anterior, el Pastor Sepúlveda realizó un acto que debe ser resaltado, pues va en el camino correcto. Ordenó la realización de una auditoría a los estados financieros de la imprenta, ésta fue encargada a un profesional neutral. La auditoría entregó sus resultados el pasado sábado 11 de enero ante el Cuerpo de Presbíteros de la Iglesia. El estudió de la cuentas balances de la Imprenta corroboró que la Superintendencia debía más de cien millones de pesos ($100.000.000) a Eben Ezer. Ante esta realidad, el Cuerpo de Presbíteros increpó al Superintendente a dar una respuesta que explicara esto. Pero el Pastor Valencia no pudo ni quiso justificar dónde estaban estos dineros, es más, se sintió interpelado por los Presbíteros, y ante esta situación, de forma amorrada, se retiró de la reunión antes que terminara (la reunión siguió su curso hasta que terminó varias horas después).

En esta reunión de presbíteros terminó de caer también el Pastor González de su puesto como representante legal de Eben Ezer, finalmente su mal entendido concepto de la lealtad a un hombre, al Sr. Valencia, y no al mandato que tiene como ministro de Dios, le termino costando el cargo.

Epilogo; las preguntas que surgen de esta nueva crisis
Surge las preguntas ¿Por qué alguien mueve el lente de la cámara de seguridad de la imprenta?, ¿Cuál es la intención de mover los lentes? ¿Qué cosa se quiere ocultar? ¿Ésta persona, actúa para sí, o para otras personas? ¿Dónde fueron a parar los 100 millones de pesos que la auditoría detectó como dineros que la Superintendencia debe a Eben Ezer? ¿Por qué no han sido explicados sus destinos?

Todas estas interrogantes deben ser aclaradas por las propias autoridades de la iglesia, y por justicia criminal en caso de existir delitos.

Por todo lo antes dicho, invitamos al Pastor Sepúlveda y Cuerpo de Presbíteros a tomar más medidas. Buena cosa ha sido la la auditoría, deben ser aplaudida, pero debe ser extendida también a la Fundación Willis C Hoover, y luego, realizar una gran auditoría general y profunda a todos los estados financieros y balances de la IEP en estos últimos 10 años.

Desde ya conminamos a las autoridades de la IEP, a avanzar en pro de la transparencia.

Las ofrendas, y diezmos son entregadas por la hermandad para “la obra del Señor”, no para el enriquecimiento de nadie, si nada se se teme, ¿por qué no hacer público los estados financieros de todo?

 Los invitamos a publicar en el Fuego, o en una página de internet creada por la propia IEP para esos fines, o si así lo quieren, por este medio la siguiente información:

1. Estado financiero y balance de la Iglesia Evangélica Pentecostal, personalidad jurídica de Derecho Público
2. Estado financiero y balance de la Imprenta Eben Ezer, Corporación de Derecho Privado sin fines de lucro
3. Estado financiero y balance de la Fundación Willis C. Hoover, fundación sin fines de lucro sostenedora de los dos establecimientos de enseñanza básica del mismo nombre. Y asimismo de los estados del pago de subvenciones por parte del Estado, y del destino de los dineros por copago de los apoderados

         Esperemos que en estas próximas Conferencias se actúe enérgicamente contra con la corrupción, venga de donde venga, y que se acabe con la falta de transparencia. Tal vez estemos frente a la histórica oportunidad de iniciar el camino hacia la reforma de nuestra amada Iglesia Evangélica Pentecostal




LOS EDITORES

EL DESEO DE ESTE GRUPO EDITORIAL:

QUE LA IGLESIA SEA REFORMADA CONFORME AL MOLDE DE LAS SAGRADAS ESCRITURAS, Y SIN ESPACIO ALGUNO PARA LA CORRUPCIÓN ESPIRITUAL NI MATERIAL.

Revista Observatorio IEP

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Fe y razón