¡NOTICIA URGENTE!: DESESPERADA CAMAPAÑA PROMOVIDA POR LA CUPULA DE LA IGLESIA QUE TIENE POR FIN OCULTAR PRUEBAS ,ENTORPECER Y OBSTRUIR A LA JUSTICIA.




LA ILEGAL CARTA ENVIADA A TODO EL PASTORADO POR EL SUPERINTENDENTE.

Como es de conocimiento público -aunque algunos quieran obviarlo-, existe desde hace bastantes meses, un investigación llevada adelante por la Fiscalía Local de Colina, en razón del gran fraude que significó el proceso de entrega de licencias medias que tuvo por vícitimas a gran parte de miembros de nuestra hermandad, a pastores e inclusive a gente exterior a nuestra iglesia.
Dentro del marco de esta investigación, el fiscal de la causa, haciendo uso de sus facultades legales, y en virtud de la función del Ministerior Público, de investigar los hechos constitutivos de delitos, ha ordenado la citación a declarar, como testigos de los hechos, a una gran cantidad de pastores de la Iglesia Evangélica Pentecostal, con el único fin de que estos aporten antecedentes que sirvan para el esclarecimiento de la verdad de los hechos rlacionados con el proceso de entrega de licencias falsas.
Ahora bien, el Pastor Presbítero Superintendente, Eduardo Valencia Martínez, emitió la circular que encabeza el presente artículo, no obstante que el día 3 de enero del presente año 2008, en reunión solemen en la Iglesia de la Cisterna, él, junto al Cuerpo de Presbíteros, prefirieron guardar silencio y no hacer nada, frente a la denuncia que se le presentaron sobre las patentes irregularidades cometidas en el proceso de entrega de licencias medias patrocinado por la cúpula de nuestra iglesia, dejando la resolución de dichas denuncias, y de los hechos referidos al las autoridades competentes, entiéndase, el Ministerio de Educación y el Ministerio Público a través de la Fiscalía Local de Colina, y los Tribunales de Justicia en lo penal (ver Revista Fuego Enero 2008 en la cual se hace un comunicado a la hermandad sobre dicha desición).

Ahora bien, cuando durante estos últimos días, comenzaron a llegar citaciones a prestar testimonio ante el Ministero Público, a varios pastores de nuestra iglesia, por parte de la Fiscalía de Colina, el Superintendente Eduardo Valencia Martínez, (en un acto consideramos, que tiene el único fin de entorpecer, y obstruir a la justicia y al órgano investigador referido -al cual el mismo encargo junto a sus cercanos la aclaración de los hechos denunciados-) procedió a enviar al pastorado en general, la "Circular" (que publicamos mas arriba).

La referida circular -de pésima redacción hay que decirlo-, manifiesta una forma de proceder reprochable, y no propia de una institución que se dice a sí misma ser una iglesia cristiana evangélica, y que tiene un claro fin obstructor de la justicia.

Analicemos algunas de las partes de la referida Circular;

Parte diciendo, "que ante problemas judiciales que han afectado a nuestra iglesia"

COMENTARIO: Los problemas referidos, no han afectado a la iglesia, sino que a miles de víctimas que fueron estafadas por medio de un proceso fraudulento que tuvo claros fines lucrativos ilegales. Y los responsables de dicho fraude (o "problemas" en el lenguage eufemísmico del redactor de la circular) no ha sido la "Iglesia", sino que determinadas personas naturales, que fueron en definitiva quienes idearon dicho fraude y lo ejecutaron a través de todo Chile.

Luego agrega, "que para establecer la falsedad de los hechos imputados, nos hemos visto en la obligación de contratar con los servicios de un Estudio Jurídico".

COMENTARIO: Esta afirmación es de suma gravedad, y debería llamar al escándalo a todos los miembros de nuestra iglesia;

Primero: porque la autoridad máxima de la I.E.P., en forma unilateral, establece la falsedad de los hechos, sobre los cuales, el mismo Cuerpo de Presbíteros -en la sesión de La Cisterna antes aludida- encargó su esclarecimiento a los órganos correspondientes de la justicia (entiéndase al Ministerio Público). Lo que configura una falta total de respeto a la palabra empeñada, y a las desiciones del Cuerpo de Presbíteros, autoridad máxima de la Iglesia conforme al ya tan mentado artículo 20 de los estatutos.

Segundo: Porque el Superintendente no le preocupa el esclarecimiento de un fraude que afectó a miles de hermanos perteneciente a la congregación "de su iglesia", sino que todo lo contrario, contrata un estudio jurídico, CON DINEROS DE LA IGLESIA, para evitar que la hermandad víctima de un delito provocado por personas determinadas (ojo, no por la institución como tal) quede impune.
En ningún momento, le interesa su hermandad estafada, solo le interesa la impunidad de unos pocos que provocaron tamaño fraude.
La iglesia no se puede prestar a financiar una defensa que no le corresponde hacer, la iglesia solo debe aportar antecedentes "fidedignos" para el mejor esclarecimiento de los hechos, y por ende, las personas que se sientan imputadas o responsables de los delitos cometidos a través del proceso fraudulento de entrega de licencias medias se defiendan por sus propios medios, y en su légitimo derecho de defensa, contrate los servicios de un abogado particular o de la defensoría penal pública o licitada, pero que no salgan de las ARCAS de la iglesia los dineros para pagar los honorarios de su defensa, pues estos sería una burla a HERMANOS que aportan con sus diezmos y ofrendas con el UNICO fin de hacer avanzar la obra de envangelización (sin contar que los mismos hermanos estafados diezman a la iglesia lo que torna mas grave la situación), y que por ende NO DEBEN ser utilizados en un fin que a todas luces, no corresponde. Debe recordarse que a lo mas son de 3 a 4 personas los responsables del gan fraude, y que en su momento serán formalizados, no más.

La circular continúa diciendo; "al recibir una citación para presentarse ante la Fiscalía, deben comunicarse inmediatamente con la Superintendencia y con el Jefe de Disciplina don Daniel Sepúlveda G.", quien los pondría en contacto con el asesor jurídico contratado por ellos... (seguir hasta el final del párrafo)".

COMENTARIO: He aquí una de las partes de los mas oscuros propósitos de la circular comentada, pues revela la intención de alinear en un solo FALSO TESTIMONIO a todo el pastorado y la hermandad. Porque la circular en forma implícita amenaza por medio de la remisión al Jefe de la comisión de Disciplina (que debería investigar las denuncias de las irregularidadas que afectó a hermanos de la iglesia), con el claro fin de sancionar a aquellos pastores y membresía, que conforme a su conciencia, vayan y se presenten ante la Fiscalía a declarar.

El parrafo penúltimo de la circular, manifiesta que los citados, se deben comunicar con las personas antes citadas "para evitar contradicicones, incoherencias o desconcocimientos de la materia, que pueda causar un perjuicio a amados pastores..."

COMENTARIO: Esta parte de la carta devela el málevolo fin obstructor de la justicia. Pues lo que busca en el fondo es preparar un libreto sobre la base del cual declare la gente que decida asistir a la fiscalía.
Se debe hacer presente, que el Ministerio Público, es el único órgano encargado exclusivamente de la investigación de los hechos constitutivos de delito (ver Código Procesal Penal art. 3), por lo que es, este órgano, quien a la larga DEBE DECIDIR sobre la pertinencia, y coherencia de los testimonios rendidos.

Por lo demás la fiscalía cita a los pastores de las iglesias, no para dar su testimonio como peritos expertos en materias de educación o para que digan si jurídicamente consideran si hubo o no fraude, sino que aporten hechos tan precisos y claros, somo si se cobró dinero por las licencias, si se rendieron las pruebas ante profesores autorizados para tomarlas, o si se entregó licencias sin tomar prueba alguna, o si se tomaron, quienes las tomó, y cuestiones siplemente de hecho, nunca de Derecho.


La cúpula busca entorpecer la investigación, no busca aclarar los hechos, no busca la justicia, sino la vergonzosa impunidad, en desmedro de su propia hermandad víctima del fraude.

Por último, el párrafo final, y como guinda de la torta, las erróneas razones jurídicas en las cuales se pretende fundamentar la circualar (y que demuestran una total falta de conocimiento del Derecho vigente), que cita expresamente "el artículo cuarto y 98 del Código Procesal Penal"



COMENTARIO: El 98 citado, NO TIENE NADA QUE VER, con la citación hecha a los pastores a declarar a la Fiscalía. Pues la citada norma, se refiere a la declaración del imputado como medio de defensa (es decir una persona formalizada por sus posibles responsabilidades en un delito).

Los pastores citados, NO ESTAN SIENDO CICTADOS COMO IMPUTADOS, sino en su calidad de testigo de los hechos, a los responsables de los hechos se les citará previa formalizaciónen en su momento, dentro de la etapa judicializada de la presente investigación, y conforme a las normas establecidas en el artículo referido y a las establecidas en el artículo 326 del Código Procesal Penal.

Por tanto, esténse tranquilos los citados, ustedes no estan imputados ni acusados de nada, solo se les cita para declarar "CON LA VERDAD" los hechos que ustedes y todos conocemos.


CONCLUSIONES.

Esta campaña por entorpecer a la investigación y obstruir a la justicia ES VERGONZOSA, e inaceptable. Frente a estos graves hechos, por conciencia cristiana, apelando a su discernimiento espiritual, por los altos valores de la Sana Doctrina establecidos en la Palabra de Dios, acorazados con la verdad, sobre la base de nuestros deberes como ciudadanos, se debe aportar a la investigación de un hecho fraudulento, volvemos a repetir, CON LA VERDAD (sin quitar ni agregar nada).

La citación hecha por la fiscalía a varios pastores de la iglesia es personal, y cada pastor que fue citado, por imperativo cristiano y como hombres que pretenden obrar con justicia, debe concurrir a declarar CON LA VERDAD. La Iglesia no tiene atribuciones y no está autorizada para interferir en estas diligencias decretadas por el órgano público encargado de investigar los hechos constitutivos de delitos.

Repetimos y hacemos enfáis, en caso que Ud. sea notificado para concurrir ante cualquier institución perteneciente al ámbito de la Justicia, es un deber presentarse, y prestar su declaración sin torcer la verdad de los hechos.

Recuerde que su declaración, Y TODOS SUS ACTOS quedarán sellados para siempre en los libros del Tribunales de justicia DIVINO, allí quedará revelado si ud. es un verdadero cristiano y si tuerce la verdad, quedará el testimonio de un falso cristiano tanto en el cielo como aquí en la tierra.

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Para terminar, hacemos la recomendación que hicimos hace algún tiempo en un estudio jurídico que hicimos sobre el tema, respecto de los Ilícitos que es recomendable que no induzcan a cometer los pastores de la Cúpula dirigiente a otras personas.

Dijimos en dicha oportunidad algo, que hoy vemos no se tomo en cuenta, pues manifestamos:

"Es recomendable que la Cúpula de la Iglesia no proceda a dar ordenes a los pastores (sobre todos subalternos) y a la hermandad en el sentido de que se oculten pruebas, no se coopere como testigo, o cualquier medida que tenga por fin entorpecer la investigación del Ministerio Público a través de la Fiscalía Local de Colina, puesto que de obrar así se estaría induciendo a cometer los siguientes delitos:


1º "Encubrimiento (o favorecimiento real del delito)", del artículo 17 del Código Penal nº 1 y 2 que rezan;
Art. 17 Son encubridores los que con conocimiento de la perpetración de un crimen o de un simple delito o de los actos ejecutados para llevarlo a cabo, sin haber tenido participación en él como autores ni como cómplices, intervienen, con posterioridad a su ejecución, de alguno de los modos siguientes:1° Aprovechándose por sí mismos o facilitando a los delincuentes medios para que se aprovechen de los efectos del crimen o simple delito.
2° Ocultando o inutilizando el cuerpo, los efectos o instrumentos del crimen o simple delito para impedir su descubrimiento.

Y SOBRE TODO LA COMISION DEL DELITO DE;

2º "Obstrucción a la justicia", del artículo 269 bis del Código Penal que reza en lo pertinente;
Artículo 269 bis: El que, a sabiendas, obstaculice gravemente el esclarecimiento de un hecho punible o la determinación de sus responsables, mediante la aportación de antecedentes falsos que condujeren al Ministerio Público a realizar u omitir actuaciones de la investigación, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de dos a doce unidades tributarias mensuales.La pena prevista en el inciso precedente se aumentará en un grado si los antecedentes falsos aportados condujeren al Ministerio Público a solicitar medidas cautelares o a deducir una acusación infundada.El abogado que incurriere en las conductas descritas en los incisos anteriores será castigado, además, con la pena de suspensión de profesión titular durante el tiempo de la condena.

3º "Perjurio o falso testimonio", de los artículos 206 y 212 del Código Penal que rezan;
Artículo 206.- El testigo, perito o intérprete que ante un tribunal faltare a la verdad en su declaración, informe o traducción, será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales, si se tratare de proceso civil o por falta, y con presidio menor en su grado medio a máximo y multa de veinte a treinta unidades tributarias mensuales, si se tratare de proceso penal por crimen o simple delito (hasta 5 años de cárcel).Artículo 212.- El que fuera de los casos previstos en los artículos precedentes faltare a la verdad en declaración prestada bajo juramento o promesa exigida por ley, será castigado con la pena de prisión en cualquiera de sus grados o multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales.

Parece que esto ultimo ya se olvido, así como también se olvido los tiernos consejos del FUEGO de hace algunos meses dados, por la misma persona que firma la presente circular, y que hace una demostración pública de ser una persona que nos es de una sola línea, sino que actua con dobleces, pues como se explica que en Fuego diga...

..."Si nosostros cometemos injusticia, la Iglesia perdera su confianza en nosotros". "Muchas veces la congregación está desalentada, y esto es porque no somos ejemplo"."Debemos examinarnos a nosostros mismos, donde esta nuestra falencia". "Dios nos haga ser sabios, para actuar delante de la congregación"."Honremos el ministerio, porque un día tendremos que dar cuenta -de él-, delante de Dios"...

Y ahora salga con esta circular.
DIOS NOS BENDIGA.

EDITORES IEPCORRUPTA.

EL DESEO DE ESTE GRUPO EDITORIAL:

QUE LA IGLESIA SEA REFORMADA CONFORME AL MOLDE DE LAS SAGRADAS ESCRITURAS, Y SIN ESPACIO ALGUNO PARA LA CORRUPCIÓN ESPIRITUAL NI MATERIAL.

Revista Observatorio IEP

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Fe y razón