Artículo 229.- Concepto de la formalización de la investigación. La formalización de la investigación es la comunicación que el fiscal efectúa al imputado, en presencia del juez de garantía, de que desarrolla actualmente una investigación en su contra respecto de uno o más delitos determinados.
Artículo 232.- Audiencia de formalización de la investigación. En la audiencia, el juez ofrecerá la
palabra al fiscal para que exponga verbalmente los cargos que presentare en contra del imputado y las solicitudes que efectuare al tribunal. Enseguida, el imputado podrá manifestar lo que estimare conveniente.
Artículo 289.- Publicidad de la audiencia del juicio oral. La audiencia del juicio oral será pública...
Individualización de Audiencia de conocimiento de investigación.
Fecha Colina., treinta y uno de agosto de dos mil nueve
Magistrado JUAN CARLOS VALDES PEÑAILILLO
Fiscal MAURICIO VERGARA TORO
Querellantes ULISES MOYA NAVARRETE/MARIANO CASERA UBILLA
Defensor privado LUIS MUÑOZ MARTINEZ
Hora inicio 11:34AM
Hora termino 12:45PM
Sala SALA 3
Tribunal Juzgado de Garantía de Colina
Acta Roberto Maturana
RUC 0700624799-1
RIT 87 - 2008
NOMBRE IMPUTADO | RUT | DIRECCION | COMUNA |
MARCO ANTONIO MUÑOZ CORNEJO (presente) | 0009969237-5 | Calle HAMBURGO 1507 DPTO. 31 Nº 1507 Ignacio Carrera Pinto N° 450 Colina | Ñuñoa. |
PATRICIO ALEJANDRO NUÑEZ ZAMORA(presente) | 0007201135-K | Calle PASAJE BELEN Nº 175 Av. Concepción N° 0264, Colina | Quilicura. |
MARCO ANTONIO MU¥OZ CORNEJO | 0009969237-5 | Calle HAMBURGO Nº 1507 | Ñuñoa. |
Actuaciones efectuadas
Los intervinientes se individualizan
Se apercibe a imputados de conformidad al Art. 26 del Código Procesal Penal.
FORMALIZACIÓN:
Respecto de MUÑOZ CORNEJO: “Entre los meses de octubre y diciembre de 2005, el imputado MARCO ANTONIO MUÑOZ CORNEJO, quien se desempeñaba como director del establecimiento educacional municipal Liceo Politécnico Roberto Fontt, ubicado en calle Ignacio Carrera Pinto N° 450 Colina, confecciono, emitió, firmo y entregó sin estar facultado para ello, 251 documentos de apariencia de licencia de enseñanza media, incluyendo en ellas el membrete de la república de Chile, del Ministerio de Educación, números de registro oficial de licencia de enseñanza media, y decretos fundantes de la misma. Tales instrumentos públicos falsos estaban destinados a algunos miembros de la Iglesia Evangélica Pentecostal quienes cursaron exámenes libres durante el año 2005 bajo el sistema de nivelación de estudios regido por el decreto de educación N° 146 del año 1998; que señala que estas licencias de enseñanza media deben ser emitidas por la Secretaría Ministerial de Educación competente. Posteriormente estos documentos falsos fueron entregados al pastor Julio Herrera Fuenzalida a fin que este los entregara en ceremonias públicas realizadas en la sede de la Iglesia Evangélica Pentecostal ubicada en la comuna de Colina, y en estudios bíblicos de la misma iglesia celebrados en la localidad de Huarinigue, Octava región en el mes de febrero de 2006.
Delito: Falsificación de documentos público. En calidad de autor y grado de desarrollo de consumado.
FORMALIZACIÓN:
Respecto de NUÑEZ ZAMORA: “Durante el mes de enero de 2007 el imputado PATRICIO ALEJANDRO NUÑEZ ZAMORA quien se desempeñaba como director del Colegio Polivalente El Sembrador, ubicado en Av. Concepción N° 0264, Colina, confecciono, emitió, firmo y entregó sin estar facultado para ello, 147 documentos de apariencia de licencia de enseñanza media, incluyendo en ellas el membrete de la república de Chile, del Ministerio de Educación. Tales instrumentos públicos falsos estaban destinados a algunos miembros de la Iglesia Evangélica Pentecostal quienes cursaron exámenes libres durante el año 2006 bajo el sistema de nivelación de estudios regido por el decreto de educación N° 146 del año 1998, que señala que estas licencias de enseñanza media deben ser emitidas por la Secretaria Ministerial de Educación competente. Habiendo así este establecimiento designado dicha secretaría como encargado de la dirección de nivelación de dichos exámenes por parte de la dirección provincial de educación norte. Posteriormente estos documentos falsos fueron entregados al pastor Julio Herrera Fuenzalida a fin que este los entregara a los alumnos en ceremonias públicas realizadas en el mismo establecimiento educacional con participación del imputado.
Delito: Falsificación de documentos público. En calidad de autor y grado de desarrollo de consumado.
Medidas cautelares respecto de ambos imputados
Art. 155 c) del Código Procesal Penal, firma mensual en Fiscalía Local de Colina, la primera de ellas el dentro de los primeros 5 días hábiles del mes de septiembre de 2009 y así sucesivamente
Art. 155 d) del Código Procesal Penal, arraigo nacional
Plazo investigación: 180 días.
Apercibimiento:
RUC | RIT | Ámbito afectado | Detalle del Hito | Valor |
0700624799-1 | 87-2008 | PARTICIPANTES.: Querellado. - MUÑOZ CORNEJO MARCO ANTONIO | - | - |
| | PARTICIPANTES.: Querellado. - NUÑEZ ZAMORA PATRICIO ALEJANDRO | - | - |
Decreta medidas cautelares.:
RUC | RIT | Ambito afectado | Detalle del Hito | Valor |
0700624799-1 | 87-2008 | PARTICIPANTES.: Denunciado. - MU¥OZ CORNEJO MARCO ANTONIO | Escala de duración | Ninguno. |
| | | Tipo de medida | Art. 155 letra c. |
| | | Tipo de medida | Art. 155 letra d. |
| | PARTICIPANTES.: Querellado. - NUÑEZ ZAMORA PATRICIO ALEJANDRO | Escala de duración | Ninguno. |
| | | Tipo de medida | Art. 155 letra c. |
| | | Tipo de medida | Art. 155 letra d. |
Formalización de la investigación:
RUC | RIT | Ámbito afectado | Detalle del Hito | Valor |
0700624799-1 | 87-2008 | RELACIONES.: NUÑEZ ZAMORA PATRICIO ALEJANDRO / Falsificacion o uso maliciosos de documentos pub | Tiempo investigación | 180 |
| | | Grado de participación | Autor. |
| | | Escala | Días. |
| | | Grado de ejecución | CONSUMADO |
| | RELACIONES.: MU¥OZ CORNEJO MARCO ANTONIO / Falsificacion o uso maliciosos de documentos pub | Tiempo investigación | 180 |
| | | Grado de participación | Autor. |
| | | Escala | Días. |
| | | Grado de ejecución | CONSUMADO |
Dirigió la audiencia y resolvió - JUAN CARLOS VALDES PEÑAILILLO. Juez de Garantía Titular de Colina.