LA ILEGAL FORMA ESTABLECIDA POR NUESTROS ESTATUTOS PARA ELEGIR AL SUPERINTENDENTE DE LA IGLESIA.

EL TESTAMENTO NO ES UNA FORMA VALIDA PARA DESIGNAR AL PRÓXIMO SUPERINTENDENTE.
(El presente artículo fue confeccionado originalmente por un hermano Abogado colaborador nuestro, y ampliado por miembros de nuestro Grupo Editorial).
El art. 21 de los Estatutos actuales de nuestra iglesia establecen la forma de nombrar a un nuevo Superintendente en el caso de que el anterior muera en el cargo, bajo la siguiente formula:

ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO. El cargo de Superintendente será vitalicio y, en caso de vacancia, será ungido como tal el pastor presbítero a quien el Superintendente en funciones designe como sucesor, por testamento cerrado. En dicho instrumento podrá nombrar uno o más reemplazantes, para el caso de que el presbítero designado no pueda o no quiera asumir el cargo.
El pastor presbítero designado para ejercer el cargo de Superintendente no podrá estar sujeto a medida disciplinaria alguna, de conformidad a los artículos décimo tercero y décimo cuarto.
Sí el Superintendente no designa "en vida" su sucesor, éste será nominado en sesión extraordinaria del Cuerpo de Presbíteros, dentro de los diez días siguientes de producida la vacancia del cargo.
En esta reunión cada asistente votará, en secreto, por un solo pastor presbítero, proclamándose elegido Superintendente al que en una misma y única votación resulte con una mayor número de votos. La sesión extraordinaria del cuerpo de presbíteros deberá celebrarse con la presencia de un Notario, quien certificará el cumplimiento de todos los requisitos y formalidades necesarios para proceder a la elección y levantará acta de todo lo obrado.

Es necesario, antes de hacer una crítica jurídica a dicho artículo, que la norma citada, establece el testamento como forma de nombramiento SOLO ante el hecho de la muerte del Superintendente en ejercicio, puesto que el testamento es un acto jurídico "mortis causa", esto es, que solo surte sus efectos una vez fallecido la persona que lo otorga, lo que nos trae como lógica conclusión, que el testamento cerrado, NO PUEDE ser utilizado por el actual Superintendente para nombrar a un sucesor EN VIDA, puesto que si en vida quiere dejar su cargo, necesariamente debe hacer dejación de su cargo, en el órgano que es la máxima autoridad de la Iglesia conforme al artículo 20 de los estatutos, esto es, el Cuerpo de Presbíteros de la Iglesia.

Despejado lo anterior, analicemos la legalidad del citado artículo 21, desde dos puntos de vista;
1º La idoneidad del Testamento para nombrar a la máxima autoridad de la Iglesia (en cuanto al fondo, y en cuanto a la forma).

2º La naturaleza jurídica del cargo ejercido por el Superintendente, y la posibilidad de nombrar sucesor mas allá de sus días (consideraciones éticas y jurídicas).


Veamos el primero de dichos puntos:

1º La idoneidad del Testamento para nombrar a la máxima autoridad de la Iglesia (en cuanto al fondo, y en cuanto a la forma).
En cuanto al fondo, el testamento por expresa disposición legal esta definido en el artículo 999 del código Civil como;
“El testamento en un acto mas o menos solemne, en que una persona dispone del todo o de una parte de sus bienes para que tenga pleno efecto después de sus días, conservando la facultad de revocar las disposiciones contenidas en el mientras viva”.

De una lectura simple del artículo en comento se puede concluir, que el testamento, por expresa disposición del la ley, es un instrumento establecido por el Derecho, para disponer de los bienes, del patrimonio del cual uno es titular, pero en ningún momento es un medio válido para hacer nombramientos de sucesión en un cargo de una personalidad jurídica de Derecho Público, como lo es nuestra iglesia, a menos que pretendiéramos afirmar la insustentable afirmación, de que el Superintendente sería el “dueño” (en sentido patrimonial) de la iglesia.

Algunos detractores de lo expuestos, podrían afirmar que el testamento, es un medio idóneo para hacer declaraciones, junto a las disposición de bienes que se haga en el mismo, a lo cual, se le puede responder, que si bien es cierto nuestra ley permite lo anterior, solo lo permite en casos expresamente señalados, y que se refieren en la mayoría de los casos a cuestiones propias del Derecho de Familia, como el reconocimiento de un hijo (art. 187 Código Civil), designación de un tutor a un hijo o un curador a menor sin padres (art. 353 Código Civil), y otros nombramientos accesorios a las disposiciones patrimoniales que se hace de los propios bienes como; el nombramiento de un partidor, o un albacea testamentario (art. 1324 1227 -respectivamente- del Código Civil).
Concluimos entonces, que el testamento cerrado, no es un medio idóneo jurídicamente hablando, para proceder a nombrar a un futuro Superintendente de la iglesia, o lo que es lo mismo, a una alta autoridad de una Corporación de Derecho Público, toda vez que dicho instrumento, no ha sido establecido por la ley para ser utilizado de dicha manera, por lo que creemos, que malamente, podría solicitarse su ejecución judicial dicho nombramiento, debiéndose urgentemente reformar el artículo 21 de nuestros estatutos por ser el mismo ineficiente conforme a Derecho.

Dejando claro el fondo de la cuestión, y haciendo un analísis en cuanto a la forma, la pretensión de ejecutar un testamento cerrado, que pretenda nombrar a un futuro Superintendente de la forma establecida en el artículo 21 de nuestros estatutos, creemos nosotros que puede ser impugnado ante los Tribunales de justicia por cualquier persona, y con mayor razón, por cualquier miembro de la iglesia, pues adolecería de nulidad absoluta, o por los herederos forzosos del Superintendente, que reclamen que el cargo de Superintendente esta dentro de su legítima.(esto último es una broma claro está, pero que se hace realidad dentro de la “ilógica” regulación de nuestros actuales estatutos).


2º La naturaleza jurídica del cargo ejercido por el Superintendente, y la imposibilidad de nombrar sucesor mas allá de sus días (consideraciones jurídicas y éticas).

Otra consideración de suma importancia a tener en cuenta, es la que el autor principal de este artículo, nos hace en cuanto a la naturaleza jurídica del cargo de Superintendente, conforme al artículo 41 de los estatutos que establecen:

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO PRIMERO. Corresponde especialmente al Superintendente: a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; b) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de las Asambleas Generales o del Directorio; c) Firmar !a documentación propia de su cargo y aquella en que deba representar a la Iglesia; d) Delegar sus facultades a uno o más miembros; y e) Ejercer las demás atribuciones que determinen los estatutos.
Además, el Superintendente podrá, por sí solo, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos mencionados en el artículo cuadragésimo; con la sola excepción que para enajenar y gravar bienes raíces deberá requerir el acuerdo del resto del Directorio.
En el ámbito judicial, el Superintendente tendrá todas las facultades contenidas en los dos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, las cuales se dan por reproducidas integramente (ojo el mandato judicial términa por también por la muerte del mandatario, no así por la del mandante).

De la norma descrita no se puede dudar que este ejerce una representación legal de la iglesia, pero además se deduce que este implícitamente este ejerce un MANDATO de parte de los miembros de la Iglesia reunidos en la Conferencia Internacional, y en última instancia del Cuerpo de Presbítero como autoridad máxima de la Iglesia.
Es en este sentido, es que el artículo 41 antes citado de los estatutos que facultan al Superintendente en ejercicio para designar a su sucesor por testamento cerrado, también no sería idóneo desde un punto de vista jurídico, por esta otra rázón jurídica, que se suma a la descrita en el numeral anterior, en razón de que el MANDATO TERMINA CON LA MUERTE DEL MANDATARIO, cuestión que es expresamente establecido por el Código Civil en el artículo 2163 N° 5, que regulando las causales de termino de los mandatos dispone lo siguiente: “El mandato termina: N°5. Por la muerte del mandante o del mandatario”.
Por lo antes razonado, cuando el Superintendente fallezca, automáticamente su mandato como Superintendente de la Iglesia termina, se extingue por la expresa disposición del artículo citado del Código Civil, una razón más para afirmar que jurídicamente la facultad del artículo 41 de los estatutos NO UNA FACULTAD CONFORME A DERECHO. Creemos que sien el futuro, se pretende hacer valer un testamento cerrado otorgado por el Superintendente, en el cual se designe a su sucesor, este es perfectamente desconocible, y el nuevo Superintendente designado en dicho testamento carecerá de validez jurídica en cuanto a su nombramiento, pudiendo cualquier miembro de la Iglesia interponer acciones judiciales ante los Tribunales de Justicia, para declarar nulo el nombramiento.
Creemos que en caso de fallecimiento o renuncia del actual Superintendente, el Cuerpo de Presbíteros es la autoridad competente que debe elegir al próximo Superintendente, de entre cualquiera de sus miembros, teniendo que ser TODOS LOS PRESBÍTEROS CANDIDATOS PARA QUE EL ACTO ELECCIONARIO SEA ETICAMENTE VALIDO, mediante votación secreta, en presencia de un Notario, tal como lo señala el artículo 21 de los Estatutos para este acto.

Sin perjuicio de lo anterior, y entrando en consideraciones de carácter ético, es una cuestión de público conocimiento que la pretensa posibilidad de nombrar un sucesor para después de sus días por parte del Superintendente es una de las principales causas de la corrupción que aqueja a nuestra iglesia, y de la parálisis crónica de muchos de nuestros presbíteros para actuar contra la misma.
Esta pretensa facultad, propia de las monarquías absolutas, que arrogaban a sus monarcas facultades semi-divinas, facultad que ni siquiera la Iglesia Católica confiere a sus Papas (que son elegidos democráticamente por el Cuerpo de Cardenales), es la que actualmente provoca que la iglesia se haya transformada en cuanto a su dirección superior en una verdadera mafia. Nos explicamos. Los pastores Presbíteros (y muchos diáconos también), con el ánimo de ser considerados para un futuro nombramiento como autoridad máxima de la Iglesia, en muchas ocasiones para no desagradar a la persona de la cual depende su futuro nombramiento, son capaces de numerosos actos contrarios a las Sagradas Escrituras y de nuestros principios morales, para solo no desagradar a su autoridad máxima, desconociendo con esto que la verdadera cabeza de la iglesia es Cristo. Esto genera que el Superintendente se rodee de aduladores, rastreros y personas con intereses mezquinos, que solo buscan un futuro nombramiento, y que personas que de verdad aman el bien de la iglesia y la grandeza del evangelio sean desplazados o trabajando por la iglesia sean confundidos con estos últimos.

CONCLUSIONES: Es urgente un reforma al artículo 41 de los pésimos estatutos que hoy poseemos, pues, una parte importante de la iglesia no estará de acuerdo en aceptar el nombramiento que haga el actual Superintendente, viéndose en la obligación de impugnar ante los Tribunales de justicia el nombramiento ilegal que se haga en utilización del artículo en comento.
Según nuestra opinión, es necesario, que el actual Superintendente haga dejación de su cargo en el Cuerpo de Presbíteros y que este elija al nuevo Superintendente, y por qué no, someter este nombramiento a la ratificación de la Conferencia Internacional de Pastores, para que el futuro pastor Superintendente sea efectivamente nombrado por Dios a través de sus ungidos, que se supone (como ellos afirman) son dirigidos por el Espíritu Santo.

DIOS NOS BENDIGA.
ADELANTE LA REFORMA DE LA IGLESIA.

EDITORES IEPCORRUPTA.



77 comentarios:

  1. Este es un sistema autoritario dictatorial. La Iglesia ya no puede más con este tipo de "autoridades"
    Si, a la reforma ahora y ya.
    FUERA VALENCIA Y SUS CORRUPTOS COLABORADORES.
    Hermano Adán

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  2. Las personas que se estan arreglando y acomodando,para poder seguir adelante,con este grupo de Señores, que tanto dolor y desprestigio han traido a nuestra querida Iglesia Evangelica Pentecostal, Porque ni Pastores les puedo decir ya que el Pastor cuida y proteje y enseña a sus ovejas,cosa que vemos muy poco en las Iglesias solo sean centrado en estrujar los bolsillos de las ovejas. Estos señores sean olvidado que en este Pais llamado CHILE,nadie esta fuera de las leyes, por lo tanto les recuerdo que todos los ciudadanos tenemos deberes ante la ley que cumplir, como por ejemplo esta,ya que estamos en democracia, y si no saben,por ser hijos del Señor tambien tenemos que cumplir con las leyes del hombre y debemos respetarlas y tambien tenemos derechos ante la justicia terrenal,por le tanto no se olviden de ellas, y les recuerdos esta: Por disposición del art. 2163 N° 5 del Código Civil, por lo tanto, no está facultado para designar a su sucesor por testamento.
    Si alguna vez se pretende hacer valer un testamento otorgado por el superintendente en donde designe a su sucesor, se desconocerá al superintendente designado en dicho testamento y se interpondrá un Recurso de Protección ante los Tribunales de Justicia en favor de la Iglesia Evangélica Pentecostal.
    En caso de fallecimiento o renuncia del actual Superintendente, el Cuerpo de Presbíteros es la autoridad competente que debe elegir al próximo Superintendente, de entre cualquiera de sus miembros, TODOS LOS PRESBÍTEROS DEBEN SER CANDIDATOS PARA QUE EL ACTO ELECCIONARIO SEA VALIDO, mediante votación secreta, en presencia de un Notario, tal como lo señala el artículo 21 de los Estatutos para este acto.
    Espero que por lo menos en esta situacion seamos ejemplo y no sigan enlodando mas,el nombre del Evangelio de JESUCRISTO

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  3. Exelente estudio hermanos y colegas.

    De verdad el conocimiento masivo de los etsatutos (que dicho sea de paso la misma cúpula se dio a si misma), esta provocando que la hermandad tome conciencia de la corruptela a la que se esta sometiendo a una iglesia que era limpia como lo era la IEP.

    Gracias a sus constantes y serios estudios jurídicos sobre nuestros estatutos, mas y mas colegas abogados y estudiantes de Derecho que además pertenencen a la hermandad de nuestra iglesia se estan dando cuenta del fiasco que involucra el acutal sistema de gobierno. Estos hermanos en eñl futuro accionaran ante los Tribunales para evitar que la corrupción siga carcomiendo los cimientos que los antiguos nos dejaron por iglesia.

    De verdad nos han abierto los ojos, primeros mostrándonos el artículo 20 de los estatutos que es claro en establecer como autoridad máxima de la iglesia al Cuerpo de Presbíteros, y ahora este artículo 21 que es evidente para todo conocedor de Derecho que es abiertamente ilegal, y declarable nulo o reccurrible de protección en caso de pretender ser puesto en práctica.

    Especial mención quiero hacer a que esta clase de normas, que depositan un poder tan grosero en la persona del Superintendente, son las que tienen a la iglesia sumida en la crisis más profunda que ha conocido su historia.

    Gracias por este espacio, estimados hermanos colegas.

    HERMANO ABOGADO DEL SUR.

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  4. La actitud "pasiva" de muchos presbíteros y diáconos, haciéndose los lesos respecto a la situación de la Iglesia, (como que si aquí no pasara nada), tratando solamente de cuidar su "pega", porque en el fondo muchos son de dudoso llamado y si algunos lo tuvieron se contaminaron por el señor dinero, y actúan de forma servil ante quienes dirigen la IEP, los hace cómplices de la más grande crisis que haya tenido alguna vez nuestra Iglesia.
    A ustedes pastores que leen este blog, les hago un ferviente llamado a recapacitar respecto a su relación con Dios, a considerar la responsabilidad que tienen con la iglesia que tienen a su cargo. Déjense de hacerse los lesos, dejándolo todo en las manos del Señor, (Este es el cuento más recurrido), y hagan algo alguna vez para acabar con esta situación tan incómoda para un inmenso porcentaje de hermanos de la IEP.
    Y esto no por amor a la IEP, sino a USTEDES MISMOS, quienes tienen que dar una cuenta mayor.
    Este pecado se llama NEGLIGENCIA.
    Hermano Ñuñoino

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  5. Estimados Hermanos y Colegas :

    Sin perjuicio de estimar que el testamento en la actualidad es tal vez el mecanismo menos adecuado para la designación de quien deba reemplazar al Superintentente cuando ello sea necesario, debemos tener en cuenta las siguientesconsideraciones a la hora de discutir con un minimo de seriedad:
    Primero: Que el Testamento no solo es un instrumento cuya finalidad sea efectuar disposiciones, estas de caracter eminentemente patrimonial, sino que este además tiene por finalidad efectuar " Declaraciones", termino dentro del cual estimamos se encuadra esta designacion mortis causae.
    Ahora bien, si la designación es efectuada o no en un testatmento no es el problema de fondo, este es el continente, la verdadera discusión debe ser entorno a la fuente originaria del nombramiento y a la naturaleza del cargo, cual es el contenido del problema.
    En efecto hoy, existe la posiblidad que el Superintendente ( fuera el señor Valencia u otro cualquiera ) puede designar unilateralmente a su sucesor. siendo entonces lo importante dilucidar si ese mecanismo es idóneo o no.
    Historizamente en la IEP, el nombramiento se efectuó de este modo ( O quizas siendo mas propio es lo que hemos querido creer ), en que un Superintendente viendo acercarse el fin de sus dias nombraba en vida a su sucesor incluso ungiéndole como tal. Es un hecho de la causa que cuando menos el Superintendente Pastor José Silva fue designado de este modo por su antecesor Francisco Gonzalez Zaldivar. ¿ Es entonces el mecanismo per se indadecuado siendo que todos los superintendentes anterioress desde el pastor Castillo en adelante fueron designados de este modo ?.
    Curiosamente lo que se propone es que el Cuerpo de Presbiteropos o el pastorado en General elija democráticamente al Superintendente, lo cual no asegura una buena eleccion, pues precisamente el unico Superintendente electo de manera democratica entre los presbiterios ( Cuando menos por aclamación), es quien hoy detenta el cargo.
    Lo anterior hace entonces necesaria una mas profunda reflexión sobre este punto, sinceramente no me atrevo a sugerir cual sera la mejor forma de elegir a un Superintendente.
    Segundo: Respecto de la legalidad o ilegalidad del artículo 21 de los Estatutos, o de la procedencia de un recurso de protección, es necesario tener en cuenta que conforme lo establece la ley marco de cultos, los tribunales civiles resultan absolutamente incompetentes para conocer de los conflictos institucionales internos de la Entidad Religiosa, pues el estado ha dejado esa jurisdicción entregada a la propia entidad, razón por la cual resulta alarmante observar la psaividad de muchos de los miembros del gran órgano de control de la Entidad ( Recordemos que frente al escandalo de las licencias de educación media solo fueron los pastores Rojas Dinamarca, VAlenzuela Urra, MOya y Contrreras Vega quienes alzaron su voz decididamente, teniendo como unica consecuencia, merced de la pasividad de los demás pastores, su verdaderodestierro ).
    Por otra parte creo que si lograr un espacio de libertad religiosa ha costado tantos años de lucha debemos precisamente velar porque dicho espacio se mantenga y no pretender que sea PAPA Estado quien intervenga en la resolución de problemas institucionales. En Chile el Estado se encuentra separado de la y las Iglesias y no existe el denominado Recurso de Fuerza, que era institución propia de la época del patronato, por medio del cual quien no se conformaba a una desición eclesista recurria a los Tribunales de Justicia, pues el jefe del Estado, de Algún modo, a nombre del PApa era también jefe temporal de la Iglesia.
    Sepamos valorar y defender la inmunidad de coccion de nuestra Iglesia Frente al Estado y exijamos que quienes deben hacer cumplir las normas internas lo hagan eficazmente.
    Tercero: Por último creo que resulta del todo útil efectuar una conciensuda disusión sobre la necesidad de contar con un patriarca como lo es el Superintendente, quien además no tiene a su cargo el cuidado de una Iglesia en particular, pero que si recibe los diezmos de todos los demás pastores y los administra sin ningún tipo de control ni tributo.
    Quizás llego la hora de volver a los inicios como cuando el Pastor Hoover era primero, pastor de Valparaíso y luego, además Superintendente ( Nunca quizo ser obispo, pues nadie le habia ungido en esa orden pastoral ).

    Honestamente mi intención no ha sido ofender a ninguno de mis hermanos, solo invitarles a una reflexión mayor sobre un tema que no es de modo alguno insignificante.
    Gracias

    Michel MArín Urrutia +
    Abogado

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  6. MUY BUEN ARTICULO. MUY CLARO Y ACTUAL.

    ES UN GRAN APORTE JUSTO EN MEDIO DE TRASCENDIDOS QUE INDICAN QUE EL SUPERINTENDENTE QUIERE ABDICAR EN FAVOR DEL PASTOR CARLOS GONZALEZ ALVAREZ, EN LOS ESTUDIOS BIBLICOS DE VICTORIA A CELEBRARSE DURANTE EL MES DE JULIO 2008.

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  7. mm alguen me dijo q el pastor super intendente era especia como una autoridad de un papa vitalicio
    como es eso?..

    a q se acerca a una "GOBIERNO" modelo de "teocratio" y "denominacional"?
    saludos

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  8. que risa....ahora quieren hacer los estatutos a su pinta.....por favor vayanse y creen su iglesia como quieran y con los estatutos que quieran....despues de esto...que se les va ocurrir????..canbiar las formulas de miembros en plena y probandos?????

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  9. hermanos,tengo entendido que los estatutos por mas que fueron creados entre unos pocos ,son los que mandan y la ley no puede hacer nada, pues estos fueron aceptados por los miembros ,que para su conocimiento solo serian los pastores ,osea los hermanos que sustentamos la obra no tenemos ni voz ni voto .
    Es por eso que todos estos corruptos se adueñaron de la IEP,los presbiteros saben de esto pues ellos votaron y acomodaron los estatutos para su provecho.
    fuera los corruptos (lease presbiteros)

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  10. Estimado hermano y colega Michel Marín Urrutia:

    Por la presente, le hago ver que sus comentarios referentes al tema del testamento, son erróneos, por lo siguiente:
    Usted señaló lo siguiente: “..conforme lo establece la ley marco de cultos, los tribunales civiles resultan absolutamente incompetentes para conocer de los conflictos institucionales internos de la Entidad Religiosa, pues el estado ha dejado esa jurisdicción entregada a la propia entidad..”
    Es erróneo lo señalado por Ud., ya que es evidente que las Iglesias de derecho público están sometidas a los Tribunales de Justicia, por cuanto diversas leyes, distintas a la Ley de Culto, como por ejemplo el Código Civil, Código Tributario, Código Laboral, etc. contemplan acciones penales, civiles o administrativas en contra de personas jurídicas, dentro de las cuales están las Entidades Religiosas, para el caso que infrinjan la constitución o las leyes.
    Además, el art. 19 de la Ley de Culto señala: “La disolución de una persona jurídica constituida conforme a esta ley podrá llevarse a cabo de conformidad con sus estatutos, o en cumplimiento de una sentencia judicial firme, recaída en juicio incoado a requerimiento del Consejo de Defensa del Estado el que podrá accionar de oficio o a petición de parte, en los casos que así corresponda. “. Como vemos, la Iglesia está plenamente sometida a los Tribunales de Justicia y esto no admite duda de ninguna manera.
    Luego Ud. indico: “Por otra parte creo que si lograr un espacio de libertad religiosa ha costado tantos años de lucha debemos precisamente velar porque dicho espacio se mantenga y no pretender que sea PAPA Estado quien intervenga en la resolución de problemas institucionales. En Chile el Estado se encuentra separado de la y las Iglesias y no existe el denominado Recurso de Fuerza, que era institución propia de la época del patronato, por medio del cual quien no se conformaba a una desición eclesista recurria
    a los Tribunales de Justicia, pues el jefe del Estado, de Algún modo, a nombre del PApa era también jefe temporal de la Iglesia.”
    Estimado hermano, en la actualidad el Estado y la Iglesia efectivamente están separados, pero la Iglesia igualmente deber someterse y respetar la ley civil. Hoy día no existe el Recurso de Fuerza, pero si existe el Recurso de Protección.
    Esto, de ninguna manera constituye una amenaza a la libertad de Culto, nadie pude pretender que la libertad religiosa sea sinónimo de irresponsabilidad ante el ordenamiento jurídico, este es un razonamiento contrario a la ética de la Iglesia y al Derecho. Por el contrario, es sabido que a mayor libertad se exige mayor responsabilidad.
    Es evidente que en Chile las Iglesias en cuanto a su personalidad jurídica están sujetas a la ley y a los Tribunales de justicias, en materias tributarias, laborales, penales, administrativas, civiles etc.
    Por lo anterior, me parece preocupante su comentario: “Sepamos valorar y defender la inmunidad de coacción de nuestra Iglesia Frente al Estado y..” Le reitero, las entidades religiosas no tiene inmunidad de coacción frente al Estado, está demás señalarle que en nuestro país nadie tiene dicha inmunidad, salvo los diplomáticos.
    Por lo cual, debido a que, como hemos visto, las entidades religiosas están sometida a la ley civil, y además, a los tribunales de Justicia, debemos analizar si el testamento es un mecanismo legal valido para designar al próximo superintendente, o en realidad, es un instrumento contrario a la ley civil y carece de validez. Al respecto, no cabe duda que el testamento no es un mecanismo legalmente válido para que el superintendente en ejercicio designe a su sucesor, y en consecuencia se deberá proceder a una elección por el Cuerpo de Presbíteros, ya que el superintendente es un mandatario del Cuerpo de Presbíteros y de nuestra Iglesia, cuyo mandato termina con su muerte, según lo señalado en el art. 2163 N°5 de Código Civil, el cual dispone lo siguiente:” El mandato termina: N°5. Por la muerte del mandante o del mandatario”.
    Será labor del jurista elegir la acción legal para el caso que el Superintendente vulnere las normas legales vigentes, nombrando a su sucesor por testamento, infringiendo claramente el art. 2163 N°5 del Código Civil, entre otras.
    En consecuencia, dada la ilegalidad del testamento como mecanismo para designar al próximo superintendente, el art. 21 del Estatuto dispone que se deberá proceder a la elección del próximo superintendente por el Cuerpo de Presbíteros, dónde todos los presbíteros deben ser candidatos para que el acto sea legal.
    Estimado Michel, su comentario histórico tampoco me parece de peso para este análisis legal, por lo demás, Ud. mismo se encarga de desvirtuarlo señalando que el actual superintendente fue elegido por el cuerpo de presbíteros y no designado por su antecesor. En todo caso, le aclaro que los superintendentes anteriores siempre fueron ratificados por el Cuerpo de Presbíteros y no impuestos por un testamento, lo cual es muy diferente a lo recordado por Ud.

    Otro abogado.

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  11. Exelente estudio colegas; adelante hermanos valientes, esta es la pagina que nos representa; se pasaron, fantastico. Que manera de adularse a si mismos y con las mismas falsedades de hace un año "El Superintendente va a renunciar".
    Lo unico que puedo decir: MAS PAJA Y LA PAJA SE QUEMA O LA LLEVA EL VIENTO.

    Nota: Adan, donde estas tu? Muy bien puesto el nombre.

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  12. Solo un recuerdo:
    Aqui se ha insistido en que la iglesia vuelva a la administracion de nuestros antiguos Superintendentes.
    El pastor Hoover designo al pastor Castillo; el pastor Castillo designo al pastor Mourgues; el pastor Mourgues designo al pastor Gonzalez; el pastor Gonzales designo al pastor Silva y el pastor Valencia fue elegido en Reunion de Presbiteros a la muerte del Superintendente Silva Araya.
    Que dicen los abogados tan inteligentes que opinan en este blog?
    Nuestro Superintendente designa a su sucesor, tal como ocurrio a lo largo de toda la historia de la Iglesia, o bien se elige como se eligio a El.
    Con mas candidatos, cuanto deberia durar "la campaña politica previa a las elecciones"?
    Cuando Pablo eligio a Timoteo, hubo elecciones entre varios candidatos? y cuando el propio Pablo fue elegido, acaso no fue el Espiritu Santo quien aparto a Bernabe y Saulo?
    Obviamente estas cosas no se aprenden en la univesidad, como tampoco se aprende el criterio y sentido comun.

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  13. Muy buen artículo estimados hermanos en el Señor.

    Al igual que un hermano anterior, he de disentir con el comentario del Hno. Urrutia, en el sentido de que el artículo no dice que no se puedan hacer declaraciones de voluntad por medio de un testamento, sino que estas declaraciones, para que tengan eficacia jurídica se deben circunscribir a aquellos casos en que la ley expresamente le da eficacia a disposiones que no digan relación con disposición de bienes, esto, porque el mismo artículo 999 al definir al testamento establece que la regla general es que este instrumento sea otorgado para disponer del patrimonio, y por ende, otras declaraciones de última voluntad, por ser normas de excepción para ser eficaces deben estar expresamente establecidas por el legislador, por lo demás esta doctrina es la sustentada por improtantes juristas, como Meza Barros, y Abeliuk.

    Saludos, y gracias por esta iniciativa.

    HNO. EN EL SEÑOR.

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  14. LO QUE VA A PASAR DE MANERA DEFINITIVA ES QUE EL SUPERINTENDENTE PRESUNTAMENTE VA A RENUNCIAR Y VA A PROPONER EN SU REEMPLAZO AL PASTOR PRESBITERO CARLOS GONZALEZ ALVAREZ.

    Y TAL COMO OCURRIÓ EN LA CONFERENCIA DE LA CALERA LOS PRESBÍTEROS AUTOCOMPLACIENTES Y FUNCIONALES A LAS ACTUALES AUTORIDADES VAN A APOYAR LA MOCIÓN. SALVO HONROSAS EXCEPCIONES.

    LA ÚNICA FORMA DE QUE NO OCURRA ESTO ES QUE:

    1.- EL SUPERINTENDENTE NO RENUNCIE Y TODO QUEDE COMO HASTA AHORA.

    2.- QUE DE AQUÍ AL ESTUDIO BÍBLICO DE VICTORIA HAYAN NOVEDADES EN LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA, PORQUE ES MENESTER RECORDAR QUE ESE TEMA SE SIGUE INVESTIGANDO Y EN CUALQUIER MOMENTO PODRÍAN HABER NOVEDADES.

    3.- QUE EN LA EVENTUALIDAD QUE EL SUPERINTENDENTE RENUNCIE Y PROPONGA AL PASTOR CARLOS GONZALEZ ALVAREZ. Y SEA RATIFICADO POR LA FRACCION FUNCIONAL A LAS ACTUALES AUTORIDADES. ESTA RESOLUCIÓN PUEDA SER IMPUGNADA EN LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA. HE AQUÍ EL MÉRITO DEL ARTICULO DE LOS EDITORES DE IEPCORRUPTA. RECORDARNOS QUE ESA OPCIÓN SE PUEDE CONSIDERAR.

    PERO TOMANDO LAS PALABRAS DEL ABOGADO URRUTIA, SE CORRE EL RIESGO DE QUE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA SE DECLAREN INCOMPETENTES RESPECTO A TEMAS INTERNOS DE LA INSTITUCIÓN, COMO YA OCURRIÓ EN EL CONFLICTO DE LA IGLESIA METODISTA PENTECOSTAL.

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  15. Mis amados hermanos, el testamento como mecanismo para designar al próximo superintendente, es contrario a la ley, según ha quedado demostrado.
    Ahora bien, en caso de que el superintendente persista en otorgar un testamento para designar al próximo superintendente, se producirán las siguientes consecuencias:
    El art. 21 del Estatuto dispone que de otorgarse un testamento este tiene que ser Cerrado. El artículo 1025 del Código Civil dispone: “El testamento cerrado, antes de recibir su ejecución, será presentado al Juez. No se abrirá el testamento sino después que el Notario y testigos reconozcan ante el juez su firma y la del testador, declarando además si en su concepto está cerrado, sellado o marcado como en el acto de la entrega.” Si se omiten cualquiera de estas formalidades, el testamento no tendrá valor alguno, según lo dispuesto en el art. 1026 del Código Civil. Este trámite judicial para proceder a la apertura del testamento puede demorar por lo menos un mes, ya que es necesario redactar la solicitud, ingresarla a la I. Corte, que se designe un Tribunal, que este la ingrese a su despacho, cite a las personas y ordene sean notificadas, que un receptor retire el expediente, las encuentre, las notifique, que concurran a la audiencia y luego ordene la apertura del testamento.
    1- Por lo cual, a la muerte del superintendente habría que esperar por lo menos un mes antes de saber quien es la persona designada por él.
    2- Sin embargo, el art. 21 del Estatuto dispone que dentro de los 10 días siguientes al fallecimiento del superintendente se debe proceder a la elección, en caso que el superintendente no haya designado a su sucesor.
    3- En consecuencia, el testamento además de ser ilegal, es impracticable, dado que es imposible que el trámite judicial de apertura del testamento se realice dentro de los 10 días siguientes a la muerte del superintendente.
    4- Cualquier hermano podrá interponer un recurso de protección en favor de la Iglesia Evangélica Pentecostal, para que se cumplan los Estatutos a fin de que la I. Corte de Apelaciones respectiva ordene que se deba llamar a elección, por no corresponder esperar la apertura de un testamento contrario a la ley y haberse cumplido el plazo de los 10 días.
    5- El Consejo de Defensa del Estado estará atento para analizar el desarrollo de los acontecimientos, de acuerdo a la facultad que le otorga el art. 19 de la ley de Culto.
    6- Durante este periodo de tiempo nuestra Iglesia no tendrá superintendente.

    Hermanos, debemos respetar la ley, los tribunales y nuestros estatutos, los cuales deben sujetarse a las leyes, es la doctrina de nuestra amada Iglesia.

    Otro abogado.

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  16. Hermano que se identifica como "Abogado" :
    Amigo Mio, nuestro animo no es hoy , como nunca lo ha sido levantar polémica por quien elabora una interpretación jurídica mas o menos acorde a sus intereses o deseos. Como lo expuse en mi posteo solo quiero llamar a una reflexión mas reposada sobre los temas propuestos. Ciertamente frente a la crisis que hoy enfrenta la Iglesia es muy fácil levantar como argumento, que todo esta malo y hay que hacer tabula raza con la institucionalidad vigente.
    Cuando se elaboraron los nuevos estatutos, con sus virtudes y defectos, fue con el ánimo sincero de muchos de perfeccionar la institucionalidad que existía y con el trabajo de varios que con toda honestidad pretendieron salvar los vacíos que se habían detectado hasta entonces, como por ejemplo dar certeza a la sucesión. Por ello, insisto que lo importante no es el instrumento donde se consigne quien deba ser el sucesor, sino definir si lo que se quiere es que quien sea el titular en ejercicio del cargo pueda designar a su sucesor o este debe provenir d otro órgano, si consta en un testamento o en otro instrumento no es lo importante. Debemos recordar que hasta la reforma de los estatutos no se establecía un sistema de sucesión claro y reitero, el superintendente Valencia fue elegido por el cuerpo de presbíteros por aclamación, hecho que no ha asegurado de modo alguno una admnistración que alcance estándares mínimos de eficiencia y eficacia.
    En este punto incluso la reflexión debe ir mas allá, en el sentido que quizás se esté tan alejado de la gracia que aun cuando se cuente con el mejor mecanismo de eleccion de las autoridades , de todas maneras se caerá en error.
    Debemos, los que conocemos el Derecho, tener la suficiente humildad para reconocer que aun cuando se puedan aportar ideas o pretendidos conocimientos, ello no basta para salir de la crisis. ( Es necesario recordar que la etapa mas oscura del catolicismo fue precisamente cuando los papas electos era abogados de profesión ).
    Respecto de la procedencia de recursos jurisdiccionales para solucionar la crisis, mantengo nuestra tesis en cuanto a que debe hacerse prevalecer el principio de autonomia e inmunidad de coaccion de la entidad religiosa. Efectivamente como usted bien dice existe un ámbito jurisdiccional absoluto donde el estado ha reservado jurisdicción a los Tribunales de Justicia, que es para el caso de disolución de esta, es mas ha señalado expresamente un procedimiento especial para ello. Pero usted debe reconocer que ese es el único ámbito ( junto a los procedimientos por reclamo ante la negativa al registro) donde tiene competencia los tribunales civiles, pues en todo lo demás netamente institucional, conforme el artículo 7º de la referida ley de culto se asegura: ” … En virtud de la libertad religiosa y
    de culto, se reconoce a las entidades religiosas plena
    autonomía para el desarrollo de sus fines propios y,
    entre otras, las siguientes facultades:…
    b) Establecer su propia organización interna y
    jerarquía; capacitar, nombrar, elegir y designar en
    cargos y jerarquías a las personas que correspondan y
    determinar sus denominaciones …” y en ese ámbito el estado no puede ni podrá tener nunca injerencia alguna, ello, claro esta, sin perjuicio de perseguir las responsabilidades en que conforme a la ley común puedan incurrir los ministros de culto.” Lo anterior no supone ni irresponsabilidad ni exclusión en el cumplimiento de las leyes, sino que precisamente obliga directamente a las autoridades llamadas a cautelar la integridad de la institucionalidad de la Iglesia a cumplir con su función, deber al que no se ha dado cumplimiento como es debido ni como el amor a la obra de Dios lo amerita.
    Hermano y colega, sinceramente le invito a seguir en este dialogo; se que hay puntos en los que coincidimos y en otros que discrepamos, pero la única forma en que esta discusión pueda tener alguna utilidad es que sea hecha con humildad y respeto. Le invito a escribir a mi correo a fin que podamos seguir intercambiando ideas mmurrutia1@gmail.com.
    Sin otro particular y solicitando desde ya me disculpe si lo he ofendido en algo se despide atte.
    Michel Marín Urrutia
    Abogado.

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  17. Abogado Michel Marin Urrutia.

    Con todo respeto nos podría decir en pocas palabras hacia donde va Usted con sus argumentos??.

    Algunas preguntas me surgen de sus comentarios:

    1.- ¿Usted es partidario entonces que el nuevo Superintendente sea designado por el Superintendente en ejercicio, en este caso el Pastor Eduardo Valencia o es partidario de una elección abierta en que todos los presbíteros puedan ser candidatos?.

    2.-¿Definitivamente Usted considera que el tema de la sucesión está bien zanjado por los nuevos estatutos?.

    Porque como están las cosas, no creo que sea lo mejor pensar con mucha ingenuidad que las cosas van a suceder de la manera ideal.

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  18. solo mencionar que los superintendentes que nos han dirigido no fueron DESIGNADOS como alguien menciono, sino mas bien presentados al presbiterio como sucesores del superintendente (por parte del mismo) al haber unanimidad entre el cuerpo de presbiteros y hasta el pastor valencia (eleccion para la cual hubo deliberacion pues no habia claridad al respecto) una clara disposicion del Espiritu Santo hacia el presentado entonces se le ungia como superintendente de la iglesia. A la luz de nuestra historia vemos que EN VIDA el superintendente presentaba su propuesta de sucesion, por lo que creo que esto es valido pero no la historia del testamento que parece mas una manipulacion que otra cosa...

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  19. Michel, estas equivocado, los estatutos de la Iglesia y sus órganos de administración deben sujetarse a la ley y a los tribunales de justicia y de eso no cabe duda.
    El art. 7 de la ley de Culto citado por Ud dispone., ” … En virtud de la libertad religiosa y
    de culto, se reconoce a las entidades religiosas plena
    autonomía para el desarrollo de sus fines propios y,
    entre otras, las siguientes facultades:…
    b) Establecer su propia organización interna y
    jerarquía; capacitar, nombrar, elegir y designar en
    cargos y jerarquías a las personas que correspondan y
    determinar sus denominaciones …”
    Esta norma legal nada tiene que ver con que las Iglesias en cuanto a su organización interna no estén sometidas a las leyes de la república, ya que esta norma se refiere más bien a la autonomía de las Iglesias para darse su propia organización interna, libremente, pero dentro de los marcos legales.
    Primer ejemplo, el Estatuto puede disponer que el sucesor sea elegido por todos los miembros de la Iglesia o por alguno de ellos, pero no puede disponer que voten personas absolutamente incapaces, como los dementes o sordomudos que no pueden darse a entender por escrito, ya que esto sería contrario a la ley y nulo.
    Segundo ejemplo, El Estatuto puede disponer que un miembro pueda abandonar la Iglesia mediante aviso escrito o sin aviso previo, pero no puede disponer que para abandonar la Iglesia se deba pagar, por ej.: $ 2.000.000-, ya que esto sería contrario a la ley y nulo.
    Etc.
    A esto se refiere el art.7de la ley de Culto, que autoriza a las Iglesias para que su organización interna sea acordada libremente, pero no es una norma que permita o autorice realizar disposiciones contrarias a las leyes de la República, con inmunidad de coacción del Estado, tal como Ud. erróneamente lo ha señalado, esto es totalmente contrario a los principios legales básicos de un Estado de Derecho.
    En este sentido, el testamento como mecanismo de designación del próximo superintendente infringe el artículo 2163 N° 5 del Código Civil, que dispone:” El mandato termina: N°5. Por la muerte del mandante o del mandatario”.
    Es erróneo lo señalado por Ud., ya que es evidente que las Iglesias de derecho público están sometidas a los Tribunales de Justicia, por cuanto diversas leyes, DISTINTAS A LA LEY DE CULTO, como por ejemplo el Código Civil, Código Tributario, Código Laboral, etc. contemplan acciones penales, civiles o administrativas en contra de personas jurídicas, dentro de las cuales están las Entidades Religiosas, para el caso que infrinjan la constitución o las leyes.
    Además, el art. 19 de la Ley de Culto señala: “La disolución de una persona jurídica constituida conforme a esta ley podrá llevarse a cabo de conformidad con sus estatutos, o en cumplimiento de una sentencia judicial firme, recaída en juicio incoado a requerimiento del Consejo de Defensa del Estado el que podrá accionar de oficio o a petición de parte, en los casos que así corresponda. “. Como vemos, la Iglesia está plenamente sometida a los Tribunales de Justicia y esto no admite duda de ninguna manera.
    En todo caso, Ud. reconoce que es posible perseguir responsabilidades de los ministros de culto que actúan contra la legislación, al señalar: “…,ello, claro esta, sin perjuicio de perseguir las responsabilidades en que conforme a la ley común puedan incurrir los ministros de culto.”, dentro de lo cual esta el ostentar un cargo en virtud de una estructura ilegal de sucesión.

    Otro abogado

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  20. Hermano Anónimo:
    Si el Superintendente MUERE o RENUNCIA,necesariamente debe procederse a la elección del próximio superintendente por el Cuerpo de Presbíteros, en sesión extraordibnaria, en votación secreta,resultando electo el presbítero que en una unica votación obtenga en mayor número de votos, en presencia de un Notario que certifique la legalidad del acto, todo esto en conformidad al art. 21 del Estatuto.
    Por lo cual, en caso de renuncia del superintendente, el pastor Carlos González al igual que todos los presbíteros, tiene que ira a la elección.

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  21. Sugiero a Hnos abogados lo sgte::

    1.- Asesoren al pastorado que requiera sus servicios.

    2. Si estos no los necesitan, pueden hacer lo sgte.

    3. Reunirse y crear algun organismo que defienda los intereses de pastores y hermanos, en cuanto a:

    a) Sistema previsional pastores y viudas
    b) Creación asilo ancianos hermanos necesitados.
    c) Creacíon colegios de alto nivel para nuestros hijos.
    d) otros, en asociacion con otros profesionales de la IEP.
    e) Todo lo anterior, creando alianzas estrategicas con organismos gubernamentales y ONG.

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  22. Estimado Hnos:

    Han llegado numerosos cooreos a nuestra página preguntando cual es nuestra postura ante la eventual renuncia a su cargo de Superintendente del Pastor Valencia en los estudios próximos.

    Al respecto solo podemos decir por ahora;

    1º Que esta no es una noticia confirmada oficialmente.

    2º Que de ser efectivo, creemos que es necesaria y urge de todas maneras un CAMBIO en el mando superior de la iglesia por las distintas razones que para todos es de público conocimiento.

    3º Que dicho cambio debe realizarse dentro del ámbito de legalidad. Es decir, una renuncia plena y absoluta de sus facultades, no una máscara para seguir influyendo sobre el sucesor, ni una forma de escapar de sus responsabilidades durante su mandato.

    4º Que es posible aceptar que proponga un sucesor, pero que de todas maneras este debe ser confirmado por el Cuerpo de Presbíteros, por los 2/3 de sus miembros -por una cuestion de darle amplia base de legitimidad en el cargo-, y en caso de no cumplir con ese qourum, hacer dejación de su cargo EN EL CUERPO DE PRESBITEROS, quien en los mismos estudios, o en las Conferencias deberá proceder a sesionar en Cónclave, para nombrar a un nuevo Superintendente por el 2/3 de los electores, hasta que alguiñen sea elegido con dicho quorum. Mientras nadie reuna dicha mayoría, el Cuerpo de Presbíteros seguirá ejerciendo el interregno de la iglesia.

    5º Algunos de los miembros de nuestro Grupo Editorial es de la opinión que el elegido por el Cuerpo de Presbítero sea ratificado por mayoría simple por la Conferencia.

    6º Que obviamente, el nuevo elegido, no ampare la corrupción, y llame a la reforma de la iglesia de todas maneras.


    Es nuestra opinión, no esperamos que sea la mejor, ni la que en definitiva la que sea tenida en cuenta, pero es lo que creemos mejor, el debate esta abierto, se puede disentir o porfundizar el tema.

    EDITORES IEPCORRUPTA.

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  23. PARA LOS QUE PREGUNTAN QUE PASA SI EL SUPER MUERE ??

    RESPUESTA, SE VA AL MISMISIMO INFIERNO, A GUARDAR UN LUGAR AL SUCESOR QUE EL PONGA, YA QUE SERA DE LA MISMA CALAÑA.

    ESTE HOMBRE NO TIENE NINGUNA MORAL PARA DEJAR UN SUCESOR,NI MENOS ESTA PREPARADO PARA ESO.

    LO QUE SI ES SEGURO ES QUE SE IRA CONVENCIDO QUE SU CUARTO MEDIO ES VERDADERO Y EL FUE UN EXCELENTE ALUMNO.

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  24. esta es una campaña de terror, mire que ahora hacer creer a la hermandad que el Super va a renunciar...uds. mismos escriben estas leseras...AH ...Y POR FAVOR PONGAN ESTE COMENTARIO, YA QUE NO PONEN TODOS...CLARO...LOS FILTRAN.

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  25. CONFORME AL ART. 21 DEL ESTATUTOS
    Si el Superintendente Renuncia, este puede proponer a un sucesor, pero el sucesor propuesto, sea quien sea, tiene que ira a la elección en el Cuerpo de Presbíteros, siendo todos los presbíteros candidatos en dicha elección, resultando electo el que obtenga la mayoría simple de votos, en una única votación. Esto es lo que dispone el art. 21 del Estatuto y es el único procedimiento legal en caso de renuncia.
    Este proceso deberá realizarse estando el Superintendente en ejercicio en calidad de presbítero honorario, debiendo presidir las sesiones el pastor presbítero más antiguo.
    Cualquier otra solución, como las propuestas por los Señores Editores, esto es, que el presbítero propuesto por el superintendente sea confirmado por Cuerpo de Presbíteros por los 2/3 y si no hay acuerdo realizar una elección del Cuerpo de Presbíteros por los 2/3, pueden ser muy atendibles, pero son contrarias al art.21 de los Estatutos y para su ejecución requerirían de una Reforma previa.
    Es evidente que en el estado en que están las cosas, lo único que procede en caso de renuncia del superintendente en ejercicio, es actuar conforme al art. 21 de los Estatutos y proceder en forma inmediata a la elección.

    ABOGADO

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  26. Quisiera aclarar algunas dudsa que se ha planteado en respuesta a nuestro ultimo posteo.
    En Primer lugar por supuesto que no soy ingenuo ni creo que las cosas se vayan a solucionar de forma ideal. Lamentablemente y siempre lo he sosotenido, la institucionalidad de la Iglesia no se encuentra ahora ni nunca, preparada para cuando alguna de sus autoridades se desvia de su vocación ministerial, funciona previendo la actuación de buena fe de sus miembros, pero no prevve antídotos para sus actos realizados con mailicia, No existen en términos practicos contrapesos de autoridad para el evento en que quien maneja las desiciones caiga en dicha desviación. Por ello nuestro reclamo en cuanto que es precisamente el cuerpo de presbíteros, la comisión de disciplina y la de doctrina la que debe velar por la correcta resolución de los conflictos internos de manera autónoma, cosa que lamentablemente no se cumple pues hemos visto que las personas quienes han pedido limpieza han sido amordazadas.
    Respecto de hacia donde van nuestros argumentos y mas alla de mi condición de abogado, es que la reflexión de real importancia no debe ser si el tetstamento es un instrumento válido de designación o no, sino zanjar quien debe hacer esa designación, intimamente pienzo que dejarlo al solo arbitrio del titular en ejercicio, sobre todo cuando este ya lleva demasiados años rodeado de una verdadera camara palaciega ( Delfines ) resulta peligroso. Creo si, que cuando menos algunos de los que diseñaron los nuevos estatutos, lo hicieron de buena fe estableciendo el testamento cerrado como un mecanismo cierto y desconocido hasta la fecha de la muerte del titular. Insisto, Es necesario replantearse la forma de desiganar a quien deba ocupar dicho. Más aún, hemos expresado también que la discusión debe ir encaminada mas allá, a determinar si realmente es necesaria la existencia de la especie de patriarca en que hoy se ha convertido el superintendente o si esas funciones puede cumplirla un pastor que no viva del diezmo de los diezmo, sino que pastoree una iglesia, para asegurar de este modo una mejor redistribución de ingresos y el crecimiento de la misión mediante una mejor inversión de los recursos que capta la superintendencia. En esta postura hemos sido claros desde hace muchos meses.
    Respecto de la inmunidad de coaccion, lamento hermano y colega discrepar de su posición , pero así como yo respeto la suya, exijo el mismo respeto por la mia que viene de un largo y acusioso estudio del tema por ya varios años, tema por descontado opinable. Estimamos que el estado reconoce la plena autonomia de las entidades religiosas para resolver sus dificultades, tesis que ha sido acogida por los Tribunales de Justicia. Esta situación la hemos expuesto, precisamente por la responsabilidad que cabe al Cuerpo de Presbíteros y a las comisiones, especialmente la de disciplina, en la superación de este conflicto, y no lo hemos expuesto con ningún otro ánimo. La resolución de esta urge nazca del propio seno de la Iglesia. siendo obligación de los Pastores Prebíteros mas alla de cualquier otro interes, porque no es posible que por los desaguisados de unos pocos el Nombre del Evangelio sea mancillado como lo ha sido hasta hoy.
    Reitero hermano y colega del sur disentir con su opinión ya que creo que el artículo en lo grueso es obra suya, como insisto la respeto, pero creoo que es preciso no confiar tan ciegamente en la Jurisdicción estatal para resolución del problema. Siendo alumno de Don DAniel Peñailillo le escuche decir en alguna oportunidad, frente a una discuión juridica, siempre opten por la tesis mas exigente, y en este caso en particular es necesario considerar precisamente el escenario en que no se pueda recurrir a los Tribunales para zanjar esta situación.
    Espero se me disculpe si he sido un tanto vehhemento y reitero nuestra invitación a discutir el tema de manera directa ofreciendole nuevamente mi correo mmurrutia1@gmail.com.
    Sin otro particular, se despide atentamente de usted:
    Michel MArrín Urrutia
    Abogado

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  27. EFECTOS
    1- El Superintendente ya no podrá ILUSIONAR a los presbíteros, de incluirlos en su testamento, por ser ilegal esta designación y por que en todo caso el testamento sólo podría abrirse por un juez después de un mes de su fallecimiento.
    2- Este fue un problema que arrastro por años el Cuerpo de Presbíteros y la Iglesia.
    3- Ya que, estaban los ilusionados que obedecían ciegamente al superintendente para que los nombrara superintendente y estaban los que obedecían ciegamente a los ilusionados por ser estos los probables sucesores.
    4- Hoy, el Cuerpo de Presbíteros adquiere PLENAS atribuciones para elegir al próximo superintendente y se libera un poco más de situaciones irregulares.
    5- Los presbíteros que se resisten a reconocer la evidente ilegalidad de un testamento, como medio para designar al próximo superintendente, PROBABLEMENTE SON AQUELLOS QUE TENÍAN LA ILUSIÓN DE SER INCLUIDOS EN EL TESTAMENTO Y VEÍAN POCAS PROBABILIDADES DE SER ELEGIDOS POR EL CUERPO DE PRESBÍTEROS.
    6- EN TODO CASO, LA MAYORÍA DEL CUERPO DE PRESBÍTEROS ESTARÁ DE ACUERDO EN QUE EL TESTAMENTO ES CONTRARIO A LA LEY, Y QUE DEBERÁ PROCEDERSE A UNA ELECCIÓN, DÓNDE CUALQUIERA DE ELLOS PUEDE SER ELECTO.

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  28. Estimados lectores de IEPCORRUPTA, los invito visitar este blog: http://iepdebate.blogspot.com/

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  29. El primer punto, del ultimo comentario de los editores, da absoluta razon al hermano que escribio, que todo este articulo es pura PAJA. Que manera de hacer una tremenda construccion de palabras, basados ni siquiera en un rumos, sino en lo que quisieran ustedes ocurriera.
    Cero objetividad, cero transparencia, cero seriedad y cero verguenza.

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  30. ENLACES DE UNIDAD.
    El sábado 24 y el domingo 25 de mayo, el Coro de Viña estuvo en Puente Alto y el Coro de Osorno estuvo en Chillán, con sus respectivos pastores acompañándolos.
    El domingo 27 de abril, el pastor de Puente Alto y el Pastor de Chillán estuvieron en el Aniversario de la Iglesia en Osorno.
    Los pastores Rojas, Valenzuela, Contreras y Moya, con sus Iglesias, y muchas más, están unidos espiritualmente, por el bien de nuestra amada Iglesia Evangélica Pentecostal, para enfrentar los Estudios Bíblicos en la Victoria.

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  31. Michel, si tu posición es tan válida, entonces el superintendente podría nombrar por testamento a un hermano que no sea pastor o incluso a un mundano, y nadie podría reclamar ante los tribunales de justicia por la inmunidad de coacción.

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  32. Por si no lo sabes hermanito el pastor Valenzuela fuè el menos lesionado de los paladines,(preguntenle al pastor Contreras como lo apoyò cuando tubo que hablar,ni siquiera una palabra, hacerse el tonto es mejor que andar en tren) o sea los otros que sì pusieron las cabezas y quedaron sin nada, lo que està buscando el pastor valenzuela es que suban a presbitero a su hijo de chillan viejo, que no aceptaron en las conferencias de calera por tener lios bastantes turbios .... imaginenselo(los oficiales de chillàn fueron obligados a firmar una carta para mandarla al superintendente diciendo que todo era mentira y que ellos no sabian nada) y de paso quiere traer a su yerno de españa, y asì abdicar como rey en favor de su nepotito y dejar lugar en la iglesia de chillàn viejo para el otro nepotito de españa, està bueno que se sepa la verdad alguna vez.
    basta de engaños y mentiras como siempre ha ocurrido en la iglesia de chillàn.
    preguntenle al superintendente como lo estàn presionando para los estudios de victoria.

    el que sabe sabe

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  33. Hermanos ,pongan todos los comentarios ,porque no pusieron el que escribi en contra de HORACIO CONTRERAS ,no hagan pensar mal ,no sean parciales ,se les nota que estan a favor del conde ,no sera que son hijos ,amigos o COMPLICES,no vengan a sacarselas con bonitas palabras y clases de providad ,no les vienen .TODOS LOS PRESBITEROS DAN ASCO ,INCLUIDO SU horacio .FUERA LOS CORRUPTOS

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  34. HISTORIA FIDEDIGNA DEL ESTATUTO
    En el año 2000, se cambiaron los Estatutos para que el superintendente pudiese designar a su sucesor, y así, el pastor Óseas Gálvez no pudiese ser elegido en ese cargo cuando el superintendente falleciera.
    En aquella época, al superintendente y sus cercanos les interesaba desplazar al pastor Galvez, ya que este pastor no era de su agrado, pero tenía la máxima votación entre el pastorado. Este fue el motivo de establecer la norma, sin mayor preocupación por su validez legal. Lo único que les preocupaba, en aquella época, era bloquearle el paso al pastor Oseas Gálvez hacia la Superintendencia, de esto hay muchas evidencias que lo corroboran y esta es una más.

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  35. EL TESTAMENTO Y LA DEMENCIA SENIL.
    Cualquiera sea el Superintendente que este en ejercicio, por una cuestión relacionada con la edad y por la pesada carga de trabajo, podría caer en DEMENCIA SENIL, y en esa condición otorgar testamento en la notaria que alguno de sus ayudantes le consiga.
    En todo caso, esto es algo a lo que todos estamos expuestos por nuestra condición de seres humanos.
    Si así ocurriese, el testamento otorgado sería inválido y se podría recurrir ante un Tribunal.

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  36. Como se te ocurre hombre que el super va atener demencia cenil ,si saco su cuarto medo con exelentes calificaciones ,sinsiquiera estudiar,para otra vez averigue antes de escribir,jajajaja

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  37. LO MEJOR ES QUE DE TODAS MANERAS EL SUPER VALENCIA DE UN PASO AL LADO. ESO NI DUDARLO.


    PUEDE PROPONER A ALGUIEN, PERO EL PRESBITERIO DEBE RATIFICARLO Y SERIA BUENO QUE POR LOS 2/3 PARA NO DUDAR DE LA BASE DE RESPALDO QUE TENGA EL NUEVO SUPER.


    SI NO SE RATIFICA QUE EL PRESBITERIO ELIJA EL NUEVO SUPER DE CUALQUIER PRESBITERO, Y OJALA CON 2/3 A LO MENOS, PARA QUE EL CANDIDATO ELEGIDO SEA UNO DE CONSENSO POR SOBRE LOS BANDOS EN QUE HOY SE DIVIDE LA IGLESIA.

    ESLO QUE CREO, QUE OPINAN MIS HERMANOS EDITORES Y LOS DEMAS OPINANTES DEL FORO???

    HERMANO DE VALDIVIA.

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  38. No corresponde que el propueto sea sometido a un procedimiento previo de ratificación y en caso de no ser ratificado se vaya a la elección, ya que esto no está previsto en los estatutos. Si el superintendente propone a alguien, el propuesto debe ira a la elección inmediatamente, con todos los demás,conforme a los estatutos.

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  39. SI PERO LA IDEA LA PROPONGO COMO UNA REFORMA A LOS ESTATUTOTOS POR SUPUESTO.

    HERMANO DE VALDIVIA.

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  40. HAY ''HERMANOS''HECE TIEMPO QUE NO ME PONÍA A VER LAS TONTERAS QUE ESCRIBEN....... ME CAUSA CURIOSIDAD LA CANTIDAD DE ABOGADOS QUE HAY EN LA IGLESIA....... POR SIERTO CON TIEMPO DEMAS PARA PERDER SU TIEMPO ESCRIBIENDO LARGAS Y LATOSOS POSTEOS PERO EN FIN........ ABOGADOS FRACASADOS Y CON TIEMPO DE SOBRA HAY MUCHOS

    ESPERANDO QUE ESTEN BIEN Y DIOS HAGA UNA VERDADERA OBRA EN SUS VIDAS ''NO ESTAS DONDE LLEGA UN HERMANITO Y TE DICE TUS PECADOS TE SON PERDONADOS'' SI NO UNA OBRA HECHA POR DIOS YA QUE POR MUCHOS TITULOS QUE TENGAN SE IRAN IGUAL AL INFIERNO POR MALOS PERBERSOS Y SEGUN LA LEY LA INJURIA Y LA CALUMNIA TAMBIEN ES DELITO

    ESPERO PONGAN ESTE COMENTARIO YA QUE NO ES MAS FUERTES QUE OTROS QUE LEY EN DONDE MANDABAN A MI AMADO SUPERINTENDENTE AL INFIERNO

    ADIOOS

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  41. Sres Santisimos :

    bah que estan silenciosos ¿que les paso? no funciono el show de las conferencias , como que no han programado un numerito para los Estudios en Laja . lo siento muchachos no es con espada ni con fuerza , recuerden que hasta el pobre Faraon fue usado por Dios fue el propio Jehova que le endurecio el corazon para llevar su plan a cabalidad , asi que por mas que quieran hacer algo ustedes , no les corresponde sea para bien o para mal Dios ha puesto al pastor Valencia , y el lo está usando para algun proposito , si es para salvacion o para perdicion no nos corresponde lo que si la iglesia es del Señor y el evangelio no lo necesitamos defender pues se defiende por si solo.
    Bueno Dios les bendiga , y esto va en serio Dios les bendiga .

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  42. Estimado Gabriel:
    Resulta bastante penoso tu comentario, pues se aleja del tono respetuoso con el que, a lo menos nosotros hemos asumido este desafio al dialogo.
    No es necesario ser un " Abogado fracasado" al que " Le sobre el tiempo", para postear en este sitio. Mas bien debes saber, que cuendo menos en mi caso el tiempo no me sobra, pero si, en alguna oportunidad me he dado un espacio para plantear alguna reflexión, no con el ánimo de figuración, pues la iglesia no es para ese fin y además porque suficiente figuración y exposición tengo en mi trabajo.
    Pero lo que mas me preocupa es tu actitud, como la de muchos otros que solo quieren observar en silencio, impávidos mientras se barre el suelo con el nombra de la IEP.
    No solo es pecado hacer lo malo, sino que sabiendo hacer lo bueno no se haga.
    El problema que enfrenta hoy la Iglesia es un problema que afecta a todos, por cuanto para la gran mayoria de los Hermanos esta no es solo un lugar para congregarse, sino que el evangelio y dentro de este la vida de Iglesia constituye un eje central en sus vidas.
    No estoy de acuerdo con los comentarios en que falta el respeto a tal o cual persona, o cuando se manda a fulano o sutano al infierno y siempre hemos condeano esas actitudes, por lo mismo te exijo que respetes nuestro espacio de opinión y si ati no te agrada o te es indiferente lo que pase con la Iglesia, entonces para que posteas?.
    Esperando que reflexiones te saluda atentamente :

    Michel Marín Urrutia
    Abogado

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  43. UNA COSA ES VERDAD, Y ES QUE EL PASTOR VALENCIA DEBE RENUNCIAR SI O SI.

    QUIEN VIENE DESPUES Y COMO SE ELIGE ESTA PARA LA DISUCSION, PERO LO QUE NADIE DISCUTE ES QUE SE TIENE QUE RETIRAR SI O SI DEL CARGO EL PASTOR VALENCIA.


    SALUDOS DESDE PICHILEMU.

    HNO. VOLUNTARIO.

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  44. Que falta de respeto mas grande ,bueno y los hermanos a los que estos siverguenzas estafaron NO MERECEN RESPETO,acaso estos seudo pastores son mas ,o valen mas ,las ESCRITURAS DICEN QUE TODOS COSTAMOS EL MISMO PRECIO ,si alguien tiene otro concepto esta muy equivocado.
    FUERA LOS SINVERGUENZAS(lease PRESBITEROS)

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  45. Señores editores porque publican lo que les conviene, días atras envie un comentario hacerca de un caso que me llamo la atención respecto a un hermano de sargento aldea que esta preso en la carcel de san miguel por abusos deshonesto hacia sus hijas y ustedes no lo publicaron, me llamo la atención porque el pastor de sargento aldea y el guia de clase de este hermano que al momento de ser detenido hera mienbro ACTIVO de la iep de sargento aldea. Creo que son un poquito cobarde para publicar ciertos temas

    En todo caso si no creen consegui el numero de causa y este es el siguiente: 80912-S del tercero de san miguel.

    Si me quieren responder escribanme a mi mail.-
    enriquegaray01@gmail.com

    Saludos.---

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  46. Abogado
    Michel Marin Urrutia.

    Soy profesional, hermano, y vinculado a la IEP desde mi nacimiento. Felicito sus comentarios y, veo un aporte positivo en ellos. Es fácil criticar todo y, no contribuir con sugerencias, nuevas ideas para una mayor integración de lo testamentario y la necesaria vinculación social que debe ser la proyección de nuestra amada Iglesia hacia el siglo XXI.
    No soy experto en leyes, mi área es la educación y, es a partir de un amalmagiento de voluntades, conocimiento y la gracia divina, podemos desde nuestras áreas contribuir a hacer mas expansiva la misión evangelica en Chile y el extranjero.

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  47. Estimado Hno.:

    El muy lamentable y delicado el tema del delito de abusos deshonestos del cual Ud. habla, pero como Ud. bien dice, esta situación esta entregada hoy a los Tribunales de Justicia. Es ahí donde debe ser ventilado este asunto, y no en otro lugar, por respeto a la intimidad de las vícitmas y sus familias.

    No se trata de cobardía se trata de respeto.

    EDITORES IEPCORRUPTA.

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  48. "No se trata de cobardía sino de respeto". Frase para el bronce de los editores de iep corrupta.

    Si se van a defender diciendo eso mejor no lo hagan, porque si de respeto se trata, hace rato que dejaron de respetar.

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  49. La propiedad que la Iep habría comprado al lado de la Superintendencia no aparece inscrita en la página del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel (www.conservadorsanmiguel.cl), por favor solicito investigar esta situación, ya que debería estar inscrita a nombre de la Iep, para saber si efectivamente la inscribieron, el precio pagado y pedirles cuenta de la ofrenda y demás dineros recolectados para adquirirla.

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  50. al comentario del 6 de junio parece que andas medio perdido, los estudios son en Victoria y concuerdo contigo LA VERDAD SIEMPRE SE IMPONE.

    Y EN LO QUE SE REFIERE AL TESTAMENTO A MI NO ME GUSTARIA RECIBIR HERENCIA DE DINERO ROBADO A LOS MAS POBRES. QUE SE LLEVE TODA LA PLATA QUE QUIERA, TOTAL AL LUGAR QUE VA SE QUEMARA CON PLATA Y TODO.

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  51. Sres Santisimos :

    bah que estan silenciosos ¿que les paso? no funciono el show de las conferencias , como que no han programado un numerito para los Estudios en Victoria . lo siento muchachos no es con espada ni con fuerza , recuerden que hasta el pobre Faraon fue usado por Dios fue el propio Jehova que le endurecio el corazon para llevar su plan a cabalidad , asi que por mas que quieran hacer algo ustedes , no les corresponde sea para bien o para mal Dios ha puesto al pastor Valencia , y el lo está usando para algun proposito , si es para salvacion o para perdicion no nos corresponde lo que si la iglesia es del Señor y el evangelio no lo necesitamos defender pues se defiende por si solo.
    Bueno Dios les bendiga , y esto va en serio Dios les bendiga .

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  52. ¡Qué mentira tan grande¡
    Al que habla de Sres. Santísimos, le digo que Valencia es como pinochet, cuando tiene que enfrentar algún problema o se va a su parcela de Melipilla o se enferma.
    Y esto es más en serio, él se defiende con sus abogados, que se lo pagamos todos los que diezmamos, jamás se ha defendido solito porque no tiene ninguna excusa para ocultar tanta corrupción, no se olviden que cuando se vió enfrentado a los presbíteros más antiguos quién los enfrentó fue Pradenas.
    A mafioso y corrupto no se la gana nadie.
    FUERA VALENCIA Y TODO SU SÉQUITO DE LA IEP, no los queremos.

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  53. Al de las bendiciones ,mejor eso de que el evangelio se defiende solo digaselo a los corruptos ,porque ellos son los que pagan abogados y cada vez que pueden en vez de predicar la PALABR DE DIOS se dedican a justificarse ,no me diga que estas son calumnias ,pues la mayoria se ha dado cuenta.FUERA LOS CORRUPTOS .

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  54. "LE RECOMIENDO RESPETUOSAMENTE NO SACARME AUN DE JEFE DE BOLIVIA YA QUE ESTOY PREPARANDO HOMBRES QUE PUEDEN SERVIR PARA APOYAR LA OBRA EN BOLIVIA Y SERVIRLE A UD EN TODO LO QUE ESTIME CONVENIENTE UNO DE ESOS HOMBRES ES EL PASTOR GABRIEL MOYA YA QUE HA DEMOSTRADO SUMISIONY OBEDIENCIA CIEGA A MI PERSONA COMO SU JEFE DIRECTO Y ESTA ES UNA SEÑAL CLARA DE SERVIR AL PROPOSITO QUE YA CONVERSAMOS" HNOS ESTAS SON LAS AUTORIDADES QUE NOS GUIAN Y NOS PASTOREAN ANALICEMOS:1."NO SACARME AUN DE JEFE DE BOLIVIA" ¿QUIEN SACA Y QUIEN PONE? ¿SERA EL SUPERINTENDENTE O ES DIOS QUIE HACE LOS CAMBIOS? UNA VEZ MAS DOS DAMOS CUENTA QUE NUESTRAS AUTORIDADES NO LAS DIRIJE EL SEÑOR. 2."PREPARANDO HOMBRES QUE PUEDEN SERVIR", DIOS NO PREPARA HOMBRES SINO HNOS, QUE HAN PASADO DE MUERTE A VIDA, HAN NACIDO DE NUEVO,AHORA EL PASTOR CARO ¿PREPARA HOMBRES QUE SIRVAN? CUANDO EL HOMBRE PREPARA ES PARA BENEFICIO DEL HOMBRE Y CUANDO PREPARA DIOS ES EN BENAFICIO DE EL, A NO SER QUE EL PASTOR CARO SE CREA DIOS. 3."UNO DE ESOS HOMBRES ES EL PASTOR GABRIEL MOYA YA QUE HA DEMOSTRADO SUMISION Y OBEDIENCIA CIEGA A MI PERSONA COMO SU JEFE DIRECTO" HNOS UNA VEZ MAS NOS DAMOS CUENTA QUE EN LA IGLESIA LO QUE IMPORTA ES EL AGRADAR A LAS AUTORIDADES MAS QUE A DIOS, LES INTERESA QUE LES OBEDESCAN CIEGAMENTE, SIN IMPORTAR SI ESTAN ENCUADRADOS CON LA PALABRA DEL SEÑOR Y LO MAS INPORTANTE ES EL EGO PERSONAL DE QUIEN ESTA DIRIJIENDO LA IGLESIA "JEFE DIRECTO". 4.Y POR ULTIMO QUIERO SEÑALAR Y PREGUNTAR CUAL ES EL PROPOSITO DE LO YA CONVERSADO ENTRE ESTOS PASTORES, NO HAY DUDA QUE ENTRE EL SUPERINTENDENTE Y EL PASTOR CARO MAS DE ALGUN PROPOSITO SE TRAEN ENTRE MANOS.
    PARA MEDITAR...

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  55. Mis amados lectores quería dar a conocer la situación en la que está el pastor "presbitero" NELSON PEREYRA si es que se le puede nombrar presbitero.
    éste pastor a dividido a la iglesia de MENDOZA ARGENTINA en dos partes:por un lado los que quieren escalar o estan en algun puesto y lo que quieren que la iglesia sea justa y que las cosas estén en regla.Como puede ser que éste pastor haya hecho firmar un papel a los "OFICIALES"que él tiene,el mismo fue a parar a una conferencia diciendo que la obra en construccion de la casa pastoral estaba legal.
    Como puede ser que el pastor en la condicioón que esta vaya a dar una SANTA CENA DEL SEÑOR JESUCRISTO si es un mentiroso a blasfemado de algunos hermanos y muchas cosas mas que si se nombran queda mal la iglesia yo siendo un joven quisiera estar de nuevo en aquellos años cuando DIOS me hizo conocer su poder y que por culpa de este pastor me hecho abajo ya que nunca me dejo opinar sobre que pensaba sobre el tema espero que esto lo lean los superiores de la iep y le encuentren solucion sin otro motivo me despido cordialmente y que mi DIOS lo llene de su santo poder a todos

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  56. Las 95 tesis de Martín Lutero
    Disputación acerca de la determinación del valor de las indulgencias

    Por amor a la verdad y en el afán de sacarla a luz, se discutirán en Wittenberg las siguientes proposiciones bajo la presidencia del R. P. Martín Lutero, Maestro en Artes y en Sagrada Escritura y Profesor Ordinario de esta última disciplina en esa localidad. Por tal razón, ruega que los que no puedan estar presentes y debatir oralmente con nosotros, lo hagan, aunque ausentes, por escrito. En el nombre de nuestro Señor Jesucristo. Amén.

    Cuando nuestro Señor y Maestro Jesucristo dijo: "Haced penitencia...", ha querido que toda la vida de los creyentes fuera penitencia.

    Este término no puede entenderse en el sentido de la penitencia sacramental (es decir, de aquella relacionada con la confesión y satisfacción) que se celebra por el ministerio de los sacerdotes.

    Sin embargo, el vocablo no apunta solamente a una penitencia interior; antes bien, una penitencia interna es nula si no obra exteriormente diversas mortificaciones de la carne.

    En consecuencia, subsiste la pena mientras perdura el odio al propio yo (es decir, la verdadera penitencia interior), lo que significa que ella continúa hasta la entrada en el reino de los cielos.

    El Papa no quiere ni puede remitir culpa alguna, salvo aquella que él ha impuesto, sea por su arbitrio, sea por conformidad a los cánones.

    El Papa no puede remitir culpa alguna, sino declarando y testimoniando que ha sido remitida por Dios, o remitiéndola con certeza en los casos que se ha reservado. Si éstos fuesen menospreciados, la culpa subsistirá íntegramente.

    De ningún modo Dios remite la culpa a nadie, sin que al mismo tiempo lo humille y lo someta en todas las cosas al sacerdote, su vicario.

    Los cánones penitenciales han sido impuestos únicamente a los vivientes y nada debe ser impuesto a los moribundos basándose en los cánones.

    Por ello, el Espíritu Santo nos beneficia en la persona del Papa, quien en sus decretos siempre hace una excepción en caso de muerte y de necesidad.

    Mal y torpemente proceden los sacerdotes que reservan a los moribundos penas canónicas en el purgatorio.

    Esta cizaña, cual la de transformar la pena canónica en pena para el purgatorio, parece por cierto haber sido sembrada mientras los obispos dormían.

    Antiguamente las penas canónicas no se imponían después sino antes de la absolución, como prueba de la verdadera contrición.

    Los moribundos son absueltos de todas sus culpas a causa de la muerte y ya son muertos para las leyes canónicas, quedando de derecho exentos de ellas.

    Una pureza o caridad imperfectas traen consigo para el moribundo, necesariamente, gran miedo; el cual es tanto mayor cuanto menor sean aquéllas.

    Este temor y horror son suficientes por sí solos (por no hablar de otras cosas) para constituir la pena del purgatorio, puesto que están muy cerca del horror de la desesperación.

    Al parecer, el infierno, el purgatorio y el cielo difieren entre sí como la desesperación, la cuasi desesperación y al seguridad de la salvación.

    Parece necesario para las almas del purgatorio que a medida que disminuya el horror, aumente la caridad.

    Y no parece probado, sea por la razón o por las Escrituras, que estas almas estén excluidas del estado de mérito o del crecimiento en la caridad.

    Y tampoco parece probado que las almas en el purgatorio, al menos en su totalidad, tengan plena certeza de su bienaventuranza ni aún en el caso de que nosotros podamos estar completamente seguros de ello.

    Por tanto, cuando el Papa habla de remisión plenaria de todas las penas, significa simplemente el perdón de todas ellas, sino solamente el de aquellas que él mismo impuso.

    En consecuencia, yerran aquellos predicadores de indulgencias que afirman que el hombre es absuelto a la vez que salvo de toda pena, a causa de las indulgencias del Papa.

    De modo que el Papa no remite pena alguna a las almas del purgatorio que, según los cánones, ellas debían haber pagado en esta vida.

    Si a alguien se le puede conceder en todo sentido una remisión de todas las penas, es seguro que ello solamente puede otorgarse a los más perfectos, es decir, muy pocos.

    Por esta razón, la mayor parte de la gente es necesariamente engañada por esa indiscriminada y jactanciosa promesa de la liberación de las penas.

    El poder que el Papa tiene universalmente sobre el purgatorio, cualquier obispo o cura lo posee en particular sobre su diócesis o parroquia.

    Muy bien procede el Papa al dar la remisión a las almas del purgatorio, no en virtud del poder de las llaves (que no posee), sino por vía de la intercesión.

    Mera doctrina humana predican aquellos que aseveran que tan pronto suena la moneda que se echa en la caja, el alma sale volando.

    Cierto es que, cuando al tintinear, la moneda cae en la caja, el lucro y la avaricia pueden ir en aumento, más la intercesión de la Iglesia depende sólo de la voluntad de Dios.

    ¿Quién sabe, acaso, si todas las almas del purgatorio desean ser redimidas? Hay que recordar lo que, según la leyenda, aconteció con San Severino y San Pascual.

    Nadie está seguro de la sinceridad de su propia contrición y mucho menos de que haya obtenido la remisión plenaria.

    Cuán raro es el hombre verdaderamente penitente, tan raro como el que en verdad adquiere indulgencias; es decir, que el tal es rarísimo.

    Serán eternamente condenados junto con sus maestros, aquellos que crean estar seguros de su salvación mediante una carta de indulgencias.

    Hemos de cuidarnos mucho de aquellos que afirman que las indulgencias del Papa son el inestimable don divino por el cual el hombre es reconciliado con Dios.

    Pues aquellas gracias de perdón sólo se refieren a las penas de la satisfacción sacramental, las cuales han sido establecidas por los hombres.

    Predican una doctrina anticristiana aquellos que enseñan que no es necesaria la contrición para los que rescatan almas o confessionalia.

    Cualquier cristiano verdaderamente arrepentido tiene derecho a la remisión plenaria de pena y culpa, aun sin carta de indulgencias.

    Cualquier cristiano verdadero, sea que esté vivo o muerto, tiene participación en todos lo bienes de Cristo y de la Iglesia; esta participación le ha sido concedida por Dios, aun sin cartas de indulgencias.

    No obstante, la remisión y la participación otorgadas por el Papa no han de menospreciarse en manera alguna, porque, como ya he dicho, constituyen un anuncio de la remisión divina.

    Es dificilísimo hasta para los teólogos más brillantes, ensalzar al mismo tiempo, ante el pueblo. La prodigalidad de las indulgencias y la verdad de la contrición.

    La verdadera contrición busca y ama las penas, pero la profusión de las indulgencias relaja y hace que las penas sean odiadas; por lo menos, da ocasión para ello.

    Las indulgencias apostólicas deben predicarse con cautela para que el pueblo no crea equivocadamente que deban ser preferidas a las demás buenas obras de caridad.

    Debe enseñarse a los cristianos que no es la intención del Papa, en manera alguna, que la compra de indulgencias se compare con las obras de misericordia.

    Hay que instruir a los cristianos que aquel que socorre al pobre o ayuda al indigente, realiza una obra mayor que si comprase indulgencias.

    Porque la caridad crece por la obra de caridad y el hombre llega a ser mejor; en cambio, no lo es por las indulgencias, sino a lo mas, liberado de la pena.

    Debe enseñarse a los cristianos que el que ve a un indigente y, sin prestarle atención, da su dinero para comprar indulgencias, lo que obtiene en verdad no son las indulgencias papales, sino la indignación de Dios.

    Debe enseñarse a los cristianos que, si no son colmados de bienes superfluos, están obligados a retener lo necesario para su casa y de ningún modo derrocharlo en indulgencias.

    Debe enseñarse a los cristianos que la compra de indulgencias queda librada a la propia voluntad y no constituye obligación.

    Se debe enseñar a los cristianos que, al otorgar indulgencias, el Papa tanto más necesita cuanto desea una oración ferviente por su persona, antes que dinero en efectivo.

    Hay que enseñar a los cristianos que las indulgencias papales son útiles si en ellas no ponen su confianza, pero muy nocivas si, a causa de ellas, pierden el temor de Dios.

    Debe enseñarse a los cristianos que si el Papa conociera las exacciones de los predicadores de indulgencias, preferiría que la basílica de San Pedro se redujese a cenizas antes que construirla con la piel, la carne y los huesos de sus ovejas.

    Debe enseñarse a los cristianos que el Papa estaría dispuesto, como es su deber, a dar de su peculio a muchísimos de aquellos a los cuales los pregoneros de indulgencias sonsacaron el dinero aun cuando para ello tuviera que vender la basílica de San Pedro, si fuera menester.

    Vana es la confianza en la salvación por medio de una carta de indulgencias, aunque el comisario y hasta el mismo Papa pusieran su misma alma como prenda.

    Son enemigos de Cristo y del Papa los que, para predicar indulgencias, ordenan suspender por completo la predicación de la palabra de Dios en otras iglesias.

    Oféndese a la palabra de Dios, cuando en un mismo sermón se dedica tanto o más tiempo a las indulgencias que a ella.

    Ha de ser la intención del Papa que si las indulgencias (que muy poco significan) se celebran con una campana, una procesión y una ceremonia, el evangelio (que es lo más importante)deba predicarse con cien campanas, cien procesiones y cien ceremonias.

    Los tesoros de la iglesia, de donde el Papa distribuye las indulgencias, no son ni suficientemente mencionados ni conocidos entre el pueblo de Dios.

    Que en todo caso no son temporales resulta evidente por el hecho de que muchos de los pregoneros no los derrochan, sino más bien los atesoran.

    Tampoco son los méritos de Cristo y de los santos, porque éstos siempre obran, sin la intervención del Papa, la gracia del hombre interior y la cruz, la muerte y el infierno del hombre exterior.

    San Lorenzo dijo que los tesoros de la iglesia eran los pobres, mas hablaba usando el término en el sentido de su época.

    No hablamos exageradamente si afirmamos que las llaves de la iglesia (donadas por el mérito de Cristo) constituyen ese tesoro.

    Esta claro, pues, que para la remisión de las penas y de los casos reservados, basta con la sola potestad del Papa.

    El verdadero tesoro de la iglesia es el sacrosanto evangelio de la gloria y de la gracia de Dios.

    Empero este tesoro es, con razón, muy odiado, puesto que hace que los primeros sean postreros.

    En cambio, el tesoro de las indulgencias, con razón, es sumamente grato, porque hace que los postreros sean primeros.

    Por ello, los tesoros del evangelio son redes con las cuales en otros tiempos se pescaban a hombres poseedores de bienes.

    Los tesoros de las indulgencias son redes con las cuales ahora se pescan las riquezas de los hombres.

    Respecto a las indulgencias que los predicadores pregonan con gracias máximas, se entiende que efectivamente lo son en cuanto proporcionan ganancias.

    No obstante, son las gracias más pequeñas en comparación con la gracia de Dios y la piedad de la cruz.

    Los obispos y curas están obligados a admitir con toda reverencia a los comisarios de las indulgencias apostólicas.

    Pero tienen el deber aún más de vigilar con todos sus ojos y escuchar con todos sus oídos, para que esos hombres no prediquen sus propios ensueños en lugar de lo que el Papa les ha encomendado.

    Quién habla contra la verdad de las indulgencias apostólicas, sea anatema y maldito.

    Mas quien se preocupa por los excesos y demasías verbales de los predicadores de indulgencias, sea bendito.

    Así como el Papa justamente fulmina excomunión contra los que maquinan algo, con cualquier artimaña de venta en perjuicio de las indulgencias.

    Tanto más trata de condenar a los que bajo el pretexto de las indulgencias, intrigan en perjuicio de la caridad y la verdad.

    Es un disparate pensar que las indulgencias del Papa sean tan eficaces como para que puedan absolver, para hablar de algo imposible, a un hombre que haya violado a la madre de Dios.

    Decimos por el contrario, que las indulgencias papales no pueden borrar el más leve de los pecados veniales, en concierne a la culpa.

    Afirmar que si San Pedro fuese Papa hoy, no podría conceder mayores gracias, constituye una blasfemia contra San Pedro y el Papa.

    Sostenemos, por el contrario, que el actual Papa, como cualquier otro, dispone de mayores gracias, saber: el evangelio, las virtudes espirituales, los dones de sanidad, etc., como se dice en 1ª de Corintios 12.

    Es blasfemia aseverar que la cruz con las armas papales llamativamente erecta, equivale a la cruz de Cristo.

    Tendrán que rendir cuenta los obispos, curas y teólogos, al permitir que charlas tales se propongan al pueblo.

    Esta arbitraria predicación de indulgencias hace que ni siquiera, aun para personas cultas, resulte fácil salvar el respeto que se debe al Papa, frente a las calumnias o preguntas indudablemente sutiles de los laicos.

    Por ejemplo: ¿Por qué el Papa no vacía el purgatorio a causa de la santísima caridad y la muy apremiante necesidad de las almas, lo cual sería la más justa de todas las razones si él redime un número infinito de almas a causa del muy miserable dinero para la construcción de la basílica, lo cual es un motivo completamente insignificante?

    Del mismo modo: ¿Por qué subsisten las misas y aniversarios por los difuntos y por qué el Papa no devuelve o permite retirar las fundaciones instituidas en beneficio de ellos, puesto que ya no es justo orar por los redimidos?

    Del mismo modo: ¿Qué es esta nueva piedad de Dios y del Papa, según la cual conceden al impío y enemigo de Dios, por medio del dinero, redimir un alma pía y amiga de Dios, y por que no la redimen más bien, a causa de la necesidad, por gratuita caridad hacia esa misma alma pía y amada?

    Del mismo modo: ¿Por qué los cánones penitenciales que de hecho y por el desuso desde hace tiempo están abrogados y muertos como tales, se satisfacen no obstante hasta hoy por la concesión de indulgencias, como si estuviesen en plena vigencia?

    Del mismo modo: ¿Por qué el Papa, cuya fortuna es hoy más abundante que la de los más opulentos ricos, no construye tan sólo una basílica de San Pedro de su propio dinero, en lugar de hacerlo con el de los pobres creyentes?

    Del mismo modo: ¿Qué es lo que remite el Papa y qué participación concede a los que por una perfecta contrición tienen ya derecho a una remisión y participación plenarias?

    Del mismo modo: ¿Que bien mayor podría hacerse a la iglesia si el Papa, como lo hace ahora una vez, concediese estas remisiones y participaciones cien veces por día a cualquiera de los creyentes?

    Dado que el Papa, por medio de sus indulgencias, busca más la salvación de las almas que el dinero, ¿por qué suspende las cartas e indulgencias ya anteriormente concedidas, si son igualmente eficaces?

    Reprimir estos sagaces argumentos de los laicos sólo por la fuerza, sin desvirtuarlos con razones, significa exponer a la Iglesia y al Papa a la burla de sus enemigos y contribuir a la desdicha de los cristianos.

    Por tanto, si las indulgencias se predicasen según el espíritu y la intención del Papa, todas esas objeciones se resolverían con facilidad o más bien no existirían.

    Que se vayan, pues todos aquellos profetas que dicen al pueblo de Cristo: "Paz, paz"; y no hay paz.

    Que prosperen todos aquellos profetas que dicen al pueblo: "Cruz, cruz" y no hay cruz.

    Es menester exhortar a los cristianos que se esfuercen por seguir a Cristo, su cabeza, a través de penas, muertes e infierno.

    Y a confiar en que entrarán al cielo a través de muchas tribulaciones, antes que por la ilusoria seguridad de paz.
    Wittenberg, 31 de octubre de 1517.


    Oración de Lutero

    Señor Dios, Tú me has puesto en tarea de dirigir y pastorear la Iglesia. Tú ves cuán inepto soy para cumplir tan grande y difícil misión, y si yo lo hubiese intentado sin contar contigo, desde luego lo habría echado todo a perder. Por eso clamo a Ti. Gustoso quisiera ofrecer mi boca y disponer mi corazón para este menester. Deseo enseñar al pueblo, pero también quiero por mi parte aprender yo mismo continuamente y manejar Tu Palabra, habiéndola meditado con diligencia. Como instrumento Tuyo utilízame. Amado Señor, no me abandones en modo alguno, pues donde yo estuviera solo, fácilmente lo echaría todo a perder. Amen.

    Es necesario aclarar que las tesis fueron escritas por lutero cuando aun el Señor no le habia iluminado plenamente con la verdad de la Salvación y no buscaba la ruptura con Roma sino solo volver a la senda antigua.

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  57. ESTIMADOS vean la pagina de la verdad boliviana esta MUY mUYYYYYY buenaaaaaaaaaa

    Para que se den cuenta que esta cupula no es de estos años que intenta quedarce con todos sus bienes y pasar por encima de lo espiritual veanlooooo no se arrepentirannnnnnnnnnnnnn

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  58. al anonimo del 14 de junio, y no te acuerdas cuando estaba Quintul y los hermanos se gastaron la guita
    y continuaron en sus puesto y todos piolas ???

    y todo la guita que se llevo Quintul de la asociacion IEP donde Esta ???

    Y en ese momento te quedastes callado ???

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  59. HNOS HE LEIDO EL GRAN ARTICULO PUBLICADO POR LOS EDITORES Y UDS EN VEZ DE COMENTAR EL ARTICULO ALUDIDO COMENTAN COSAS QUE NO VIENEN AL CASO, QUIZAS ALGUNOS LO HACEN PARA DESVIAR LA ATENCION DE LA REALIDAD, DE LO QUE ESTA PASANDO CON NUESTRA IGLESIA, PERO LO CONCRETO ES QUE EL COMENTARIO NO DEJA DE TENER RAZON, ES VERDAD SE ACTUO EN FORMA ARBITRARIA CONTRA ALGUNOS PASTORES, FUERON JUZGADOS Y AJUSTUCIADOS A LA VEZ, ¿ES ESO AUTRIDAD DE DIOS? ¿FUERON AUTORIZADOS POR EL ESPIRITU SANTO? CREO QUE A TODAS LUCES ALGUNAS AUTORIDADES SE HAN TOMADO LA IGLESIA Y OTRAS HAN HECHO VISTA GORDA DE ESTOS HECHOS Y ELLOS EL CONSEJO QUE DAN ES: "HAY QUE MIRAR AL SEÑOR SOLAMENTE", YO ME PREGUNTO SI DIOS TOMA HOMBRES PARA DIRIGIR LA IGLESIA ¿QUIENES LA ORDENARAN? ¿BAJARAN ANGELES O VENDRA EL SEÑOR MISMO PARA ARREGLAR LA IGLESIA?, HNOS SEAMOS SENSATOS Y NO SEAMOS CIEGOS, ASI COMO DIOS TOMA HOMBRES PARA DIRIGIR SU IGLESIA, DIOS TOMARA HOMBRES PARA ARREGLAR SU IGLESIA, LA PREGUNTA ES ¿QUIEN SERA EL O LOS VALIENTES QUE ALCEN LA VOZ PARA DECIR BASTA, PARAOS EN LOS CAMINOS Y PREGUTAD POR LA SENDA ANTIGUA? Y NO SOLAMENTE PREGUNTAD, SINO QUE TAMBIEN ANDAD POR ELLA. PASTORES DE LA IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL DE UDS DEPENDE EL FUTURO DE NUESTRA IGLESIA, UDS SON, SEGUN ESTATUTOS, LOS QUE DEBEN DE MIRAR AL SEÑORY OBEDECER A LO QUE DIOS LES HA ORDENADO, TENER EL SENTIR DEL PASTOR DE LOS PASTORES, ESE SENTIR DE CUIDAR Y VELAR POR LAS OVEJAS AUN DANDO SU VIDA, NO TEMAN PERDER EL PUESTO, YA QUE SI TODOS SE UNEN, SE DICE QUE LA UNON HACE LA FUERZA. ANIMO PASTORES, ADELANTE , NO TEMAN, POR QUE EL QUE SERA CON UDS, EL DARA LA VALENTIA SI SE DISPONEN EN SUS MANOS. EL ES MAS GRANDE. AMEN.

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  60. Al de los Santísimos:
    Tiene razón, compadre: Dios tiene vasos de honra y de deshonra y parece que últimamente está usando solo los de deshonra...: Valencia, Caro y los otros. ¡Tiene razón! Aún no llega la utilización de los vasos de honra.Mientras... ¡Que Dios guarde el remanente fiel! Pero ¡ay de los de deshonra!
    Uno de los calladitos, mientras tanto.

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  61. Que plata habla usted mi hno digame estoy equivocado en lo que digo usted sabe de una estafa muy clara de el pastor PEREYRA el cual hay faltante de mas o menos 8 mil pesos argentinos estamos hablando que hay pruebas de esa estafa con originales en manos quiere comprobar mi hno haaa esto es para el hermano del 16 de jumio a las 18:19 espero su respuesta y si le da verguenza llameme a este numero y se lo explico 2615452523 muchas gracias hermano

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  62. ESTAN LLAMANDO A DECLARAR A LOS CORRUPTOS ,TIEMBLEN LOS QUE DEFENDIAN LO INDEFENDLBLE.
    TODOS LOS QUE METIAN LAS MANOS AL FUEGO VAYAN A COANIQUEM.

    EL ESPARTANO

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  63. lo único que se, es que david calló delante de DIOS MUUUXAS VECES Y NUNCA PERDIÓ LA UNCIÓN..............( a buen entendedor pocas palabras) DIOS le bendiga a todos los que han tomado su salvación tan pero tan livianamente ........les saluda alguien que mira a CRISTO por sobre todas las cosas.

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  64. Anónimo dijo...
    lo único que se, es que david calló delante de DIOS MUUUXAS VECES Y NUNCA PERDIÓ LA UNCIÓN..............( a buen entendedor pocas palabras) DIOS le bendiga a todos los que han tomado su salvación tan pero tan livianamente ........les saluda alguien que mira a CRISTO por sobre todas las cosas.

    20 junio, 2008 18:32

    HNO EN CUANTO A LO DE DAVID TIENES RAZON, DIOS QUE LO UNGIO REY, DIOS SIEMPRE LO PRESERVO REY, NOTESE "REY", LA LABOR DE PASTOR ES DISTINTA Y HOY NOS RIGEN ESTATUTOS, Y EL VARON QUE ES TOMADO POR DIOS, DEBE DE CUMPLIR REQUISITOS BASICOS QUE ESTAN EN LA PALABRA DE DIOS, Y ESTA NOS DICE:RETEN LO QUE TIENES PARA QUE NINGUNO TOME TU CORONA", SE PUEDE PERDER TODO AQUI EN LA TIERRA Y TAMBIEN EN LOS CIELOS. DIOS TE BENDIGA

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  65. Que pena, que gente caiga tan bajo publicando la peor foto del super.
    ¿No piensan acaso que llegaremos todos a ser viejitos?
    Dios es justo muchachos, Dios es real y el no dejara nada de lo que nosotros hagamos y que mas aun, sabiendo hacer el bien no lo hayamos hecho.
    Dios haga brillar su rostro sobre este anciano pastor y que si ha faltado ante Dios y la Iglesia Dios le pueda levantar ya que EL ES EL QUE JUZGA, pero USTEDES CHIQUILLOS CREO QUE HAN CAIDO EN UNA BAJEZA TERRIBLE.
    QUE PENA ME DAN USTEDES, QUE ESTANDO LLENOS DE VIDA Y DE SALUD NO PUEDAN SER MAS PRECAVIDOS O MAS HUMILDES PARA CRITICAR, POR FAVOR DENSE UNA MIRADITA HACIA ADENTRO O MIREN SUS FAMILIAS, ¿ESTA TODO EN ORDEN? SI ESTA TODO BIEN DEN GLORIAS A DIOS PERO POR FAVOR NO CAIGAN TAN BAJO.
    YO SOY UN CRITICO DEL SISTEMA ACTUAL, CREO QUE HAY ERRORES Y FALTAS GRAVES QUE RECONOCER, PERO DE AHI A CAEr TAN BAJO SIENDO HASTA IRREVERENTES, ESTO ES MUY PENOSO Y ME PRODUCE SENTIMIENTOS DE LASTIMA Y DE PEDIR MISERICIORDIA A DIOS POR USTEDES, POR SUS PADRES, POR SUS HERMANOS, POR SUS HIJOS, ¡NIÑOS POR FAVOR RECAPACITEN! ESTAMOS ANTE UN DIOS QUE NO NOS DA FACULTAD PARA JUZGAR SINO MAS BIEN PARA PREOCUPARNOS DE NOSOTROS PRIMEROS. CANALICEN SUS CRITICAS EN LA ORACION, EN VUESTRAS IGLESIAS, HABLEN CON SUS PASTORES, PIDAN REUNIONES CON LOS JEFES DE ZONA, POR ULTIMO CREEN UN DEBATE SERIO Y RESPONSABLE, PERO POR FAVOR NO SEAN TAN CRUELES.
    SE LOS PIDE UN HUMILDE PASTOR DE LA REGION METROPILITANA, SOY JOVEN COMO USTEDES, SOY CRITICO COMO MUCHOS DE VOSOTROS, TAMBIEN HE VISTO INJUSTICIAS, INCLUSO CON MI PADRE, PERO TAMBIEN ES CIERTO QUE MI DIOS ES REAL Y JUSTO.
    POR FAVOR NO PUBLIQUEN MAS BASURA Y ELEVEN ORACIONES DE ARREPENTIMIENTO Y TRATEN DE FILTRAR ESTOS FOROS PARA QUE NO SEAN USTEDES INSTRUMENTOS DE DESTRUCCION, POR FAVOR PUBLIQUEN MI COMENTARIO Y AUNQUE ENTIENDO QUE ME RESPONDERAN ALGUNOS DURAMENTE O TAL VEZ NO ME CREAN QUE SOY PASTOR, PERO POR FAVOR PUBLIQUEN ESTE COMENTARIO.
    LES INVITO A TODOS A QUE NOS UNAMOS EN UNA ORACION AL PADRE PARA QUE EL NOS DE SOLUCIONES, PARA QUE DE TODO ESTO SALGA ALGO PROVECHOSO Y QUE PRONTO DIOS NOS DE UN GRAN AVIVAMIENTO Y QUE EL SANE TODAS NUESTRAS HERIDAS, HERMANOS QUE SE SIENTEN OFENDIDOS, HERMANOS QUE ESCRIBEN SIN MEDIR EL DAÑO QUE HACEN, HERMANOS QUE HAN SIDO TAN IRREVERENTES, LES INVITO A TODOS A ORAR DE 23:30 EN ADELANTE TODOS LOS DIAS, ES URGENTE, ES NECESARIO Y PRIORITARIO QUE DIOS NOS UNA EN UN MISMO SENTIR.
    AMADO, MIRA A TU ALRREDEDOR, MIRA A LOS TUYOS, MIRATE A TI MIESO, ¿ERES ACASO EL MISMO DE ANTAÑO? ´¿RECUERDAS CUANDO CORRIAS A SERVIR AL MAESTRO SIN MIRAR ATRAS?
    CUANTO NO LLORARA EL MAESTRO POR NUESTRAS NEGLIGENCIAS, CUANTO NO LLORARA EL MAESTRO POR NUESTRO ESTADO.
    PASTOR QUE LEES ESTE FORO, HERMANO O HIJO DE PASTOR QUE LEES Y QUYE LE CUENTAS A TU PADRE PASTOR, INVITA ATODOS A ORAR PARA QUE SATANAS NO SIGA DIVIDIENDONOS Y POR FAVOR ENTIENDAN QUE NO QUIERO HECHARLE TIERRA AL PECADO, SINO QUE DIOS NOS SANE A TODOS.
    NOS QUEDAN SOLO MESES PARA LLEGAR AL CENTENARIO Y ¿DONDE ESTAMOS?
    ENVIANOS FUEGO SEÑOR, LLENANOS DE TI PARA QUE PODAMOS PERDONAR, PARA QUE PODAMOS RECONOCERNOS, PARA QUE PODAMOS PEDIR PERDON.
    SATANAS QUIERE QUE SIGAMOS DENIGRANDONOS ¿QUIEN QUIERE SEGUIR SUS PASOS Y SEGUIR USANDO ESTE MEDIO PARA ALEJAR LAS ALMAS DE CRISTO? OJALA NINGUNO
    ¿EN CAMBIO CUANTOS QUIEREN COMENZAR A UNIRSE A ESTE HUMILDE MENSAJE DE UNION A TRAVES DE LA ORACION Y DEL AYUNO?
    ESTAN TODOS INVITADOS, DESDE EL QUE LEE POR CURIOSIDAD HASTA NUESTROS PASTORES SEA LA INVESTIDURA QUE TENGAN, DIOS ES EL MISMO AYER HOY Y POR LOS SIGLOS.
    DIOS NO PUEDE SER BURLADO POR NADIE, MAS BIEN BUSQUEMOS LA JUSTICIA EN ÉL
    AMADOS, VIENE AFLICCION A CHILE, VIENE DOLOR A LAS FAMILIAS, VIENE SUFRIMIENTO, VIENE ANGUSTIA Y UNA GRAN DESTRUCCION POR UN DESASTRE NATURAL, PERO AHI ESTARAN LOS CRISTIANOS PARA DAR AYUDA, ALIENTO, PARA PREDICAR SOBRETODO A LOS CONOCEDORES, A LOS HIJOS DE LA PROMESA, NO ESPERES ESTAR SUFRIENDO PARA SERVIR A DIOS EN LO QUE ÉL TE HA ENTREGADO, HOY QUE ESTAS JOVEN SIRVE Y PREPARATE NO SOLO EN CRITICAS PUBLICAS Y ANONIMAS QUE SOLO PRODUCEN AMARGURA, ANTES MAS BIEN, PREPARATE PARA MISIONAR QUE AUN NOS FALTA POR HACER ANTES QUE EL MAESTRO VENGA POR SU IGLESIA
    AL SEÑOR PRETENECE LA GLORIA, AMEN
    UN PASTOR POR MISERICORDIA

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  66. Se ve que tiene harto tiempo ud pastor para escribir pues donde veo escribe lo mismo,REPITO ,NO SACAMOS NADA CON ORAR PELANDONOS LAS RODILLAS ,SECANDONOS LA LENGUA PIDIENDO ,SI ESTOS SINVERGUENZAS NO SE ARREPIENTEN Y RECONOCEN TODO EL DAÑO QUE HAN HECHO,le aconsejo parta diciendole esto mismo a sus jefes ,asi cuando la hermandad vea el cambio tengalo por seguro se va a comenzar con la reconciliacion.

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  67. Se ve que tiene harto tiempo ud pastor para escribir pues donde veo escribe lo mismo,REPITO ,NO SACAMOS NADA CON ORAR PELANDONOS LAS RODILLAS ,SECANDONOS LA LENGUA PIDIENDO ,SI ESTOS SINVERGUENZAS NO SE ARREPIENTEN Y RECONOCEN TODO EL DAÑO QUE HAN HECHO,le aconsejo parta diciendole esto mismo a sus jefes ,asi cuando la hermandad vea el cambio tengalo por seguro se va a comenzar con la reconciliacion.


    Hijito: La Vida pastoral no es facil, yo por ejemplo manejo entradas (que son dineros que debo administrar sabieamente ya que los hermanso los han dado "Al Señor") que sin afan de quejarme no son comparables con las que tenia antes de ser ministro, ya que por mis responzabilidades en una compañia, casi rozaba el $1.000.000, lo que me alcanzaba para mantener a mis familia y ademas podia ahorrar. Dios me bendijo en mi trabajo permitiendome adquirir 2 propiedades y 2 vehiculos, mas otro bien raiz en la 4ta regios, los cules en estos momentos 2 de ellos son arrendados.
    Ahora en cambio (solo para vuestra informacion, no para quejarme) las entradas no superna los $220.000 por concepto de diezmos, mas las entradas de la escuela dominical que es de entre $4.000 y $5.000 por domingo (total mensual aprox. de $20.000), mas las ofrendas del dia domingo (solo una ofrenda)$8.000 por reunion general, es decir $32.000 mensual, y por ultimo las ofrendas de dia de semana que nunca superan los $1.200 o $1.500 que son en total 3 ofrendas semanales quedan un total mensual aprox de $18.000.
    En conclusion, las entradas maximas de la Iglseia en xxxx que Dios me concede administrar son de $290.000, supongamos que llegue a $300.000 Hermanos, no todo lo que brilla es oro dice un antiguo adagio, ahora restemos los gastos:
    1- Diezmo de los Diezmos $22.000
    2- Luz $65.000
    3- Agua $32.000
    4- Telefono $18.000
    5- Gas $32.000 (casa pastoral)
    6- Abarrotes $70.000
    7- Colegios (5 niños) $$70.000 apr.
    8- Verduras, Pan Etc. $90.000
    Solo en esos Items llevamos ya gastados $399.000

    Gracias a Dios que yo percibo las siguientes entradas
    A- Arriendo prop. 4ta reg. $220.000
    B- Arriendo casa Stgo. $180.000
    C- Ariiendo (ayuda) dept. $50.000 "Este departamento se lo arriendo a un matrimonio Joven y con ese monto practicamente se pagan los gastos comunes del departamento.
    Total ingresos personales del pastor $450.000
    Gastos cubiertos por los ingresos extra del Pastor:
    1.- Gastos comunes dept. $45.000
    2.- Provision contribuiciones a pagar 2 veces al año por las propiedades (las 3) $80.000 mensual en cta. de ahorro solo para pagar estos conceptos mas basura y mantenciones anuales como techumbres, pinturas, Etc.
    3.- Gastos de bencina del vehiculo (solo les puedio decir el año 2005)para traslado de mis hijos al colegio, las predicas y despues de las reuniones acercamos a los que moran en las lejanias y a los ancianos. $120.000
    4.- Provision de gastos (ahorro para pagos) patente automovil, rev, tecnica, manetnciones $30.000
    5.- Flores, elementos de aseo y mant. templo y 2 locales $40.000
    6.- Ayuda a enfermos $80.000
    7.- Ayuda ajefes de familia sin trabajo $80.000
    8.- Celular del pastor $16.000
    Los gastos adicionales suman como siguen:

    Quedamos con un saldo en contra de $99.000 de las entradas de la Iglesia versus algunos gastos, por lo tanto serian -$99.000
    mas los otros gastos que suman $491.000, lo que da un total sumando el saldo en contra mas los ingresos extra del pastor (como particular) de -$140.000.
    No he querido contemplar gastos de vestuario de mis hijos, de mi esposa, la salud, los traslados de mi esposa a los locales, los gastos imprevistos de funerales (gracias a Dios siempre la Iglesia aporta), y de todas formas ya estabamops con una cifra negativa.
    PERO DIOS NUNCA NOS HA ABANDONADO Y SIEMPRE NOS MULTIPLICA, ¿QUE PASA CON ESOS PASTORES QUE NO TIENEN INGRESOS PERSONALES DE ANTES QUE FUERAN PASTORES?
    JOVENCITOS, NO SEAN TAN APRESURADOS, ESTE INFORME QUE YO LES HE DETALLADO LO CONOCEN LOS OFICIALES DE MI IGLESIA (SON SOLO 3)Y MI JEFE DE ZONA.
    HE QUERIDO ENTREGAR ESTE INFORME PARA LOS QUE CRITICAN SIN MEDIR SUS DICHOS, Y PARA QUE ENTIENDAN QUE AUN NO LES PUEDO REBELAR MI IDENTIDAD YA QUE DE SEGURO CREARIA UN SENSACIONALISMO Y MIS HIJOS PODRIAN SALIR PERJUDICADOS, YA QUE ALGUNOS DE USTEDES ME HAN DEMOSTRADO QUE NO TIENEN EL CRITERIO NECESARIO PARA DEBATIR O CRITICAR CON LA GRACIAS DEL SEÑOR.
    RESPECTO A COMO ME CONECTO A INTERNET Y CON QUE TIEMPO, ESO ES MUY SIMPLE, AL TENER 5 HIJOS Y POR MI TRABAJO (ANTES DE ESTE SANTO MINISTERIO) DIOS ME BRINDO ALGUNAS COMODIDADES COMO LO ES EL COMPUTADOR Y EL NOTEBOOK, Y TENGO UNA CONEXION A INTERNET QUE NO DESCONOZCO NI SIQUIERA ANTE MIS SUPERIORES. LO DEL TIEMPO ES MUY SENCILLO, VIENDO QUE MIS HERMANOS(LA MAYORIA NUEVOS EN EL SEÑOR) ME COMENTABAN ACERCA DE LO SUCEDIDO, ME DECIDI A LEER LOS FOROS, PERO SOBRE TODO LO HICE POR UNA HERMANA QUE MUY AFECTADA ME COMENTABA QUE AL SUPERINTENDENTE LO TRATABAN MUY MAL, Y SINCERAMENTE PENSE QUE LA HERMANA EXAGERABA, PERO ME DIO MUCHA PENA COMO ERA UNA REALIDAD LO QUE ELLA DECIA.
    EN UN NUEVO MENSAJE LES CONTARE UN POCO ACERCA DE LA RUTINA DE UN PASTOR (POR LO MENOS DE LA MIA)
    DESDE YA LES ANTICIPO QUE SOMOS HOMBRES IGUAL QUE USTEDES, CON NECESIDADES, CON DESEOS, CON ACTIVIDADES A VECES UN POCO INGRATAS, PERO EN LAS COTIDIANAS SOMOS MUY NORMALES.
    DIOS LES BENDIGA Y ESPERO QUE LAS CRITICAS SEAN CONSTRUCTIVAS PARA PODER SEGUIR ABRIENDO SURCOS DE ELIMINAR TABUES DENTRO DE NUESTRA IGLESIA.
    DIOS LES BENDIGA A TODOS

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  68. Aviso a mis amados hermanos del foro:

    Soy por misericordia del Señor un sencillo hermano Pastor, joven, comun y corriente, que ha querido expresar aliento, compartir sus vivencias y porque no decirlo debatir con altura de miras y bajo la prespectiva ed la comunion cristiana acerca de los temas que atañen a nuestra querida IEP.
    He sido criticado en algunos casos injustamente y en otros con razón, pero para evitar malos entendidos, les comunico que mis intervenciones serán entre las 08:30 y las 09:30 am y las 13:30 y las 15:00 horas. Esto ya que en las mañanas de 06:00 a 08:00 hay actividades como la oracion de 06:00 a 07:00, luego el desayuno y el traslado de los hijos al colegio.
    Por la tarde, almorzamos con mi esposa a las 12:45 y luego despues de las 15:00 horas hay que retirarlos del colegio.
    Aclaro esto ya que no quiero que nos aboquemos a criticar insulsamente y por deporte, sino mas bien les invito al debate serio y ojala comentando que todos estamos orando por el bien de la IEP, porque si amamos realmente la IEP no queremos que esta se divida ni que las almas de escandalicen por nuestras peleas y por criticas que muchas veces carecen de fundamentos, y les insisto, soy un pastor que no quiere tapar el sol con un dedo, reconozco que han exisitido errores, pero esto se arregla en primer lugar con respeto y coherencia, con gracias del Señor y aunque me digan que soy porfiado; hay que pelarse las rodillas orando.
    Animo hermanos, que el Dios de Paz os guarde.

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  69. Pobre no es, viejo si ,pidale que se saque otra foto donde salga la piscina , la parcelita y que vaya al peluquero para que asi salga mejor ,QUE SE LAVE LOS OJOS CON COLIRIO Y COMPRE ORO REFINADO ,que se arrepienta pues le queda muy poco y llegara el dia que tendra que comparecer ante el gran tribunal y ahi nadie se justificara.

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  70. AL QUE ESCRIBE COMO EL QUE SABE SABE. EL PASTOR MIGUEL TAPIA, MINTIÓ RESPECTO DE UN SUPUESTO TERTIMONIO DEL PASTOR CONTRERAS, SOBRE EL HIJO DEL PASTOR DE CHILLAN SVP. EL HERMANO DE CHILLAN CC, DUEÑO DE UNA EMPRESA DE PLASTICOS, QUIEN ALOJÓ AL PASTOR TAPIA EN EL ESTUDIO BIBLICO, INICIÓ UNA CAMPAÑA DE FALSEDADES Y CALUMNIAS CONTRA EL PASTOR DE CHILLÁN VIEJO A QUIEN TRATA DE TERMINATOR, PARA LO CUAL SE HIZO AYUDAR POR EL OFICIAL DE CHILLÁN VS. CC, ES UN CONOCIDO ESTAFADOR, Y ES AMIGO DEL PASTOR TAPIA DE TALCA.
    EL PASTOR DE CHILLAN SOLITO PIDIO LA RENUNCIA AL SUPER LEYENDO UNA CARTA EN LAS CONFERENCIAS DE QUILLOTA, ESTABA CORDOVA Y GONZALEZ Y EL SUPER.ASI QUE ES MENTIRA QUE EL PASTOR VALENZUELA BUSQUE ACOMODOS.
    EL PASTOR DE CHILLAN PIDIÓ PUBLICAMENTE LA ORACION PARA QUE DIOS GUIE A LA IGLESIA EN ESTOS ESTUDIOS Y DEJO MUY EN CLARO QUE DIOS ESTABA CON LOS ANTERIORES SUPERINTENDES, Y DEL ACTUAL SUPERINTENDENTE NO DIJO NADA. LOS QUE LO CONOCEN SABEN QUE SI NO DIJO NADA DEL ACTUAL SUPERINTENDENTE ES PORQUE CONSIDERA QUE DIOS NO ESTA CON EL SUPER.
    EL QUE SABE DE VERDAD. DICE AL QUE SABE QUE SABE, QUE NO SABE NADA.

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  71. Al que escribe sobre el pastor Valenzuela, se nota que no lo conoces. No presentó a sus hijos al ministerio, no presentó a su yerno al ministerio, no postula a su hijo al presbiterio. No le interesa que sea ungido por Valencia, pues las manos del super son manos que ya no bendicen.

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  72. El Pastor que postea que viene gran destrucción a Chile por un desastre natural, se tardó mucho en profetizar, porque el desastre lo provocó un hombre natural de apellido Valencia y sus mafiosos colaboradores. En Bolivia, lo provocó un hombre natural de apellido Caro.
    La Iglesia necesita hombres espirituales que la levanten con todo el poder de Dios. Mientras más rápido se vayan los corruptos, más pronto se levantará la AMADA IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL.
    Hermano Adán

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  73. HERMANITOS "EL QUE SABE SABE" Y "EL QUE SABE DE VERDAD" NO NECESARIAMENTE SABEN. DEJEN DE DENOSTARSE PUBLICAMENTE Y DEJEN DE DENOSTAR AL PASTOR VALENZUELA. AMBOS PARECEN SER DE ESOS HERMANITOS QUE SE ABANDERIZAN HUMANAMENTE, UNO CON UNA POSICIÓN DE INCOMPRENSIÓN Y FALTA DE AMOR HACIA SU PASTOR Y EL OTRO, DE INFANTILISMO CREYENDO QUE SU PASTOR NECESITA QUE LO DEFIENDAN, CUANDO DIOS ES TESTIGO DE SUS SIERVOS Y POR LO TANTO, SI EL SIERVO DE DIOS ESTÁ EN LA LUZ Y EN LA JUSTICIA, EL ES SU ESCUDO. ELEVEMOS EL DEBATE.

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  74. HE LEIDO LO COMENTADO CON MUCHO INTERES DURANTE EL MES DE JUNIO, TODO LO RELACIONADO A LOS TEMAS QUE SE TRATAN REFERENTE A NUESTRA I.E.P EN CHILE.
    BUENO AMADOS HERMANOS CHILENOS NO SE SORPRENDAN TANTO CON LOS QUE LES PASA A UDS. EN RELACION A LO QUE NOS SUCEDE ACA EN ARGENTINA, PERO PUNTUALMENTE EN MENDOZA.
    LA IGLESIA EN MENDOZA POR AMOR DE DIOS HA TENIDO HASTA EL AÑO 2005 GRANDES SIERVOS DE DIOS. EL AMADO PASTOR JORGE ROJAS DINAMARCA QUIEN ENCENDIO LA ANTORCHA DE LA I.E.P, LE SECUNDO EL AMADO PASTOR VICTOR PINO VIELMA Q.E.P.D Y POR ULTIMO EL AMADO PASTOR JOSE BALDOVINO QUINTUL OJEDA, HASTA AHÍ TODO BIEN…
    DESPUES LA IGLESIA DE MENDOZA HA CAIDO EN UN SISTEMA NO PENTECOSTAL, DIGO ASI PORQUE HA CAMBIADO TODO; DESDE EL PULPITO (QUE ES UN LUGAR SANTO) EL PASTOR DENIGRA A LOS HERMANOS, SUCEDE ALGO EXTRAORDINARIO, O ESTA CON EL PASTOR Y HACE LO QUE EL DICE, O PASA A SER ENEMIGO DE EL Y DE SU ENTORNO (EN OTRAS PALABRAS NO PUEDE EXISTIR EL LIBRE ALBERDRIO) ENTONCES LO EMPIEZA A INTERPONER CON LOS DEMAS MIEMBROS DE LA IGLESIA, ES DECIR HOY LA IGLESIA DE MENDOZA ESTA DIVIDIDA, LO MISMO QUE PASO EN LA AMADA IGLESIA DE SAN JUAN MIENTRAS ESTE PASTOR LA ESTUVO PASTOREANDO.
    EJEMPLO: UNA FAMILIA ANTIGUA EN LA IGLESIA, LA CUAL EL JEFE DE HOGAR, HERMANO QUE POR 15 AÑOS FUE OFICIAL DE LA IGLESIA, PRESIDENTE DEL GRUPO CORAL POR 11 AÑOS CONSECUTIVOS, HOY DONDE ESTA? SE HA IDO A OTRA IGLESIA CON TODA SU FAMILIA BUSCANDO AMOR Y VIDA ESPIRITUAL. PREGUNTA: EL PASTOR LO FUE A VISITAR, HABLO CON EL? NO, LOS OFICIALES LE SUGIRIERON QUE FUERA A VISITARLO PERO EL NUNCA TIENE TIEMPO, OTRAS FAMILIAS MAS ESTAN EN LA MISMA CONDICION.
    ESTO SERA UNA PRUEBA QUE DIOS HA MANDADO A LA IGLESIA DE MENDOZA O EL PASTOR A EQUIVOCADO SU CAMINO???????
    MAS DE ALGUNA VEZ ESTE PASTOR HA DICHO QUE EL HNO QUE NO ESTE DE ACUERDO CON EL MEJOR QUE SE VAYA DE LA IGLESIA, QUE SIMPATICO…
    LA IDONEA ESPOSITA DEL PASTOR EN CLASE GRAL DE DORCAS INSTA A LAS HNAS A COLABORAR Y LA QUE NO LO HACE ELLA DICE PUBLICAMENTE QUE ESE DINERO QUE NO DA LES SERVIRA PARA REMEDIO, PARA SUS HIJOS O ESPOSO, QUE BENDICION QUE LES IMPARTE A SUS HNAS DORCAS. YO CREO QUE MAS QUE BENDICION ESO SE LLAMA MALDICION.
    EL PASTOR DESDE EL PULPITO LE MIENTE A LA IGLESIA, Y MAS DE ALGUNA VEZ HA DICHO “DIOS ESTA CON NOSOTROS PORQUE ESTA LLEGANDO GENTE NUEVA A LA IGLESIA”, INDIRECTAMENTE COMO APROBANDO SU ACTUAR. TENGAMOS EN CUENTA QUE SI LLEGA GENTE NUEVA ES PORQUE EN EL MUNDO HAY MUCHA NECESIDAD Y PORQUE LA OBRA DE AMOR AVANZA YA QUE ES DE DIOS Y NO DEL PASTOR, PERO LA HERMANDAD ALGO MAS ANTIGUA ESTA CANSADA DE TANTA HIPOCRESIA, YA QUE CONOCE EL PROCEDER REAL DE LA IGLESIA, Y LO COMPARA CON EL ACTUAL QUE SOLO SE TRATA DE PEDIR DINERO, DA MUCHA PENA…
    CON TODO RESPETO A SU UNCION PERO ESTE PASTOR COMO PERSONA ES UN POBRE SEÑOR, QUE HA TRANSFORMADO LA SANA DOCTRINA DE LA QUE HABLARA EL APOSTOL PABLO, PARA MANIPULAR LA CONCIENCIA DE SUS HNOS. HA CONVERTIDO LA OBRA DEL EVANGELIO DEL SEÑOR EN UNA EMPRESA CONTRUCTORA (CASA PASTORAL), A EXPENSAS DE LOS HUMILDES BOLSILLOS DE SUS HNOS, POR UN LADO U OTRO CARGANDO A LA HERMANDAD DE TRABAJOS “LLAMADOS BENEFICIOS POR GRUPOS O LOCALES” Y CUOTAS EXTRAS FUERA DE LOS DIEZMOS.
    “SEÑOR DANOS SIERVOS TUYOS CON CORAZON DISPUESTO A TU OBRA, SABIOS, HONESTOS, HUMILDES, CON LIDERAZGO IDONEO, CON AMOR POR LAS ALMAS Y ALGO MUY IMPORTANTE NO DIRIJIDOS POR SU ESPOSAS, YA QUE NO LAS HAS PUESTO PARA ESO”.

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  75. HERMANOS DE MENDOZA EN PRIMER LUGAR LES SALUDO CON MUCHO CARIÑO,ME HA DADO MUCHA PENA AL SABER LA SITUACION QUE ESTA VIVIENDO SU IGLESIA Y PIENSO QUE NUNCA USTEDES DEBIERAN HABER PERMITIDO VENDER LA OTRA IGLESIA QUE TENIAN EN LAMADRID YO PIENSO QUE LA VIDA LES CAMBIO A TODOS CON LA VENTA DE ESA PROPIEDAD CUANTO LE COSTO AL PASTOR JORGE ROJAS ADQUIRIR ESA PROPIEDAD TAMBIEN EN TENER ALMAS Y LUEGO A LOS DEMAS PASTORES QUE ESTUVIERON DESPUES DE EL ,USTEDES BIEN SABEN QUE LA IGLESIA NO ERA CHICA Y LO OTRO ERA MAS ACOGEDORA MAS CENTRAL PARA TODOS ,AHORA CUANDO LLEGO ESTE PASTOR VIENEN PROBLEMAS YA QUE EL NO ESTUVO EN LA OTRA IGLESIA Y PIENSA QUE ESTA EN UNA CATEDRAL PERO USTEDES BIEN SABEN QUE NO ES ASI Y POR ESO CREO QUE HAY MUCHA NOSTALGIA AL COMPARAR LA OTRA IGLESIA LOS OTROS SIERVOS Y EL SIERVO DE AHORA QUE LE DA LO MISMO CON EL PENSAMIENTO DE USTEDES ,CREO TAMBIEN QUE ESTO QUE ESTA SUCEDIENDO EN LA CABEZA DE LA IGLESIA ESTA AFECTANDO A TODOS YA QUE AHORA ALGUNOS PASTORES SE CREEN DUEÑOS Y SEÑORES Y NO QUIEREN ACEPTAR QUE ESTAN EQUIEVOCADOS PERO HERMANOS SI ESTAN ORANDO NO DEJEN DE HACERLO QUE EL SEÑOR NO PERMITIRA QUE SIGAN SUCEDIENDO ESTAS COSAS QUE IMPIDEN LA GLORIA DE DIOS ANIMO HERMANOS ,SE DESPIDE DE USTEDES UNA HERMANA EN CRISTO

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  76. VAYA,VAYA,VAYA.COMO SALEN SOLITOS LOS QUE ESTAN DESPRESTIGIANDO AL PASTOR SAMUEL,PERO NO CREO QUE SEAN ELLOS ESO SALIO DE LA SUSANA RODRIGUEZ Y MARIDO,CALAÑITA DE LA IGLESIA QUE NO HALLAN QUE HACER NI DECIR VAN DONDE MAS CALIENTA EL SOL ,MIRENLA EN LA IGLESIA JUNTO ALA DUPLA DE SUS HERMANAS,DIGNAS HIJAS DE SUS PADRES QUE TODA LA VIDA HAN MURMURADO,DE UN CUANTO HAY ,ESO ES NATURAL DE HIJOS DE CRISTIANOS QUE NUNCA HAN MADURADO Y LES MOLESTA EL GRAN CRECIMIENTO DE LA IGLESIA EN CHILLAN VIEJO,DONDE REALMENTE SE TRABAJA,SE VISITAN ENFERMOS,LOS POBRES LAS CARCELES,YA HAY UNA PERSONA CONVERTIDA DE LA CARCEL DE MUJERES.SE TRABAJA CON LA JUVENTUD.PODRIA CONTAR TANTAS COSAS DE LA MARAVILLOSA IGLESIA DE CHILLAN VIEJO,YA QUE PERTENEZCO A ELLA A PESAR DE SER DE CHILLAN PERO SON MAS TRANSPARENTES .EN FIN LAS COSAS CAEN POR SU PROPIO PESO.LO MAS PROBABLE QUE CON TODOESTO TAMBIEN SANCIONEN AL PASTOR ,PERO CREO QUE DONDE VAYA DIOS LE AYUDARA.
    HNO CUERDO,REALISTA Y OBJETIVO.

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  77. Mientras estaba en mi oficina, en un descanso quize conectarme a Internet, lamentablemente me encontré con cosas tan desagradables y de tan bajo nivel, ¿cómo es posible que en una congregación donde hay hermanos (as) salvadas y lavadas por la sangre de nuestro Señor Jesucristo, estemos descalificando y denostando?. Leí lo que se habla a cerca de la hrna. Susana Rodríguez y familia, creo que no corresponde hablar mal sobre todo de sus padres que son ancianos y antiguos en la Iglesia, a demás de ser fieles a Dios, y como nos dice su palabra que debemos amar y respetar a los ancianos. El tema del Pastor Samuel, me consta que ella lo conversó personalmente con él, quedando muy en claro del por qué se hizo ese comentario. Cuando yo,veo a la hermana Susana y su Esposo llegar a la Iglesia, me gozo porque veo que realmente ellos aman a Dios y a su Pastor quien les preside. Ocupemos estas páginas para hablar de lo que edifica y no lo que puede destruir, ya que Internet está al alcance de cualquier persona.
    HERMANA SUSANA SI ES QUE USTED HA LEIDO LO QUE SE PUBLICO, NO DESMAYE. SIGA ADELANTE, PORQUE HAY UN DIOS QUE TODO LO SABE, TODO LO ESCUDRIÑA HASTA LO MAS OCULTO, Y SE QUE SU CONCIENCIA ESTA TRANQUILA.
    AMIGOS INCONDICIONALES DE SU IGLESIA QUE CONOCEN LA TRAYECTORIA DE USTED Y SU HONORABLE FAMILIA.

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Revista Observatorio IEP

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